viernes, 30 de agosto de 2024

A 20 años del lanzamiento de los 21 Puntos Basicos por el Derecho a la Comunicación

El jueves 29 de agosto, en la sede de SiPreBA –Sindicato de Prensa de Buenos Aires–, se realizó un encuentro para conmemorar los 20 años de la Coalición por una Comunicación Democrática. La Coalición es un colectivo que impulsó, con su compromiso y militancia, los 21 puntos que hicieron posible la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, reemplazando la normativa de la dictadura cívico militar instaurada el 24 de marzo de 1976. En la oportunidad se trazó el recorrido y las luchas de la organización desde su fundación en 2004 y luego de un fructífero debate, el plenario emitió un documento con viejos y nuevos reclamos:

Por una comunicación plural, federal y democrática
Hace 20 años lanzamos un colectivo multisectorial y federal destinado a democratizar la palabra y dejar atrás las normas de la dictadura militar en materia de medios de comunicación social.  Propusimos entonces una agenda para equilibrar las voces en los medios, limitar la concentración, defender y fomentar el rol de los trabajadores, promover nuevos actores e impulsar la producción nacional informativa y cultural.

La plataforma de 21 Puntos de la Coalición por una Radiodifusión Democrática se debatió en foros en todo el país y se convirtió en ley en 2009 con el acompañamiento de las mayorías populares, de legisladores de diversos partidos y el compromiso de la máxima autoridad del PEN, entonces a cargo de Cristina Fernández de Kirchner.

Se trató de una norma respetuosa de los estándares internacionales sobre libertad de expresión, condición que le valió el reconocimiento mundial y un fallo de plena constitucionalidad por parte de la Corte Suprema de Justicia en 2013. Su articulado estableció una Comisión Bicameral parlamentaria, una Defensoría del Público, en representación de las audiencias, y un Consejo Federal multisectorial.

Sin embargo, su aplicación careció de políticas acertadas y su implementación fue sistemáticamente saboteada por una justicia complaciente con los poderes económicos y mediáticos. Diversas maniobras judiciales impidieron la adecuación legal en los medios con posición dominante de mercado hasta que el gobierno elegido en 2015 inició su desmantelamiento por decreto. Desde entonces la autoridad de aplicación perdió su independencia y quedó sometida a la voluntad del Ejecutivo.

Se impuso un régimen de mayor concentración de mercado, pérdida del federalismo y desconocimiento de la comunicación como derecho humano, que no fue modificado por el turno gubernamental desarrollado entre 1919 y 2023.

La actual gestión de Milei agravó, mediante el abuso de decretos y facultades extraordinarias, la desprotección de los derechos ciudadanos y el avasallamiento de los derechos laborales mediante políticas de flexibilización y ajuste. El crecimiento de la pobreza, a más del 55% en apenas seis meses, la desocupación y la recesión económica, fueron acompañados por amenazas a empresas, insultos a periodistas y cierres de medios. Se avanzó por decreto hacia el desmantelamiento de los medios públicos, se congelaron los fondos de fomento a la cultura y fueron intervenidos los órganos regulatorios del audiovisual y de la comunicación digital. Los medios universitarios son víctimas también del ajuste y el desfinanciamiento.
"Desde 2015 a esta parte hemos vuelto a retroceder. La verdad es preocupante y hoy nos pone en una situación en donde si repasamos cada uno de esos 21 puntos, nos damos cuenta que se están avasallando absolutamente todos", aseguró María Ana Mandakovic, secretaria de Organización de FATPren y adjunta de la CTA Autónoma Nacional
A 20 años del lanzamiento de la Coalición asistimos al desguace del sistema público de medios y de su carácter federal, así como al levantamiento de la producción local en las provincias para su reemplazo por conferencias del vocero presidencial en Casa Rosada. Existe un verdadero apagón informativo, que cuenta con el silencio cómplice de medios que antes reclamaban por la no injerencia gubernamental.

El Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom), Radio y Televisión Argentina (RTA), el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) y el sector de contenidos públicos han sido intervenidos por decreto y vaciados de funciones y personal. Otros, como la agencia de noticias Télam, fueron clausurados.

Los ámbitos de la comunicación y la cultura se encuentran en un estado de emergencia laboral y productiva afectando a medios y productoras en todo el país. Están pisados los fondos previstos por ley para la promoción del cine y el audiovisual nacional, así como el teatro, la música independiente, el sistema de medios comunitarios e indígenas y la conectividad a internet en zonas con vulnerabilidad social o geográfica. A ello se suma el uso discrecional y disciplinador de la publicidad oficial.

Hace 20 años luchamos con la rémora oscurantista de la dictadura. Hoy nos desafía el mundo de las redes, las plataformas y los avances sin regulación de la Inteligencia Artificial sobre el trabajo, las profesiones y los contenidos. Un nuevo sujeto social, político y cultural reclama nuevas agendas y mecanismos de representación.
Por eso, la Coalición por una Comunicación Democrática (CCD) plantea, a 20 años de su creación, los siguientes puntos:
Cese inmediato de las intervenciones en los medios públicos y el Ente Nacional de Comunicaciones y su reemplazo por las autoridades legalmente previstas en las normas que regulan el sector.

Restablecimiento del pleno funcionamiento y control de los fondos de fomento sectorial creados por ley y con financiamiento propio para el cine, la televisión, la cultura y el mundo digital.

Respeto al federalismo informativo mediante el cumplimiento de las cuotas de producción local y nacional, el restablecimiento de las corresponsalías de la agencia Télam, de las delegaciones de ENaCom en todo el país y la devolución de los contenidos locales a las filiales de Radio Nacional.

Sanción de una ley de publicidad oficial que termine con la discrecionalidad de fondos reservados para grupos “amigos” mientras se asfixia a los medios independientes, comunitarios y comerciales de todo el país. La ley deberá tener como finalidad tanto la obligación de informar los actos de gobierno como el apoyo a un sistema independiente, público y privado, que garantice el pluralismo informativo.

Actualización y modernización de las leyes 26.522 y 27.078 para contar con un marco regulatorio que extienda los servicios del mundo digital en el campo social y geográfico, creando condiciones de equidad fiscal y fomento para los productores nacionales frente a las plataformas globales que hoy dominan la deliberación democrática en lo informativo y la circulación de bienes y servicios culturales.

Fomento del trabajo argentino en los ámbitos de la comunicación y la cultura con estabilidad laboral y respeto por las normativas vigentes.

Pleno funcionamiento del Fondo de Servicio Universal conjuntamente con la defensa de la empresa argentina de satélites (ARSAT) para el mayor despliegue de la red de fibra óptica con sentido federal así como el desarrollo de la soberanía científica y tecnológica en el campo de las tecnologías de la información y la comunicación.
Los históricos 21 Puntos Basicos por el Derecho a la Comunicación
1.- Toda persona tiene derecho a investigar, buscar, recibir y difundir informaciones, opiniones e ideas, sin censura previa, a través de la radio y la televisión, en el marco del respeto al Estado de derecho democrático y los derechos humanos.

2.- La radiodifusión es una forma de ejercicio del derecho a la información y la cultura y no un simple negocio comercial. La radiodifusión es un servicio de carácter esencial para el desarrollo social, cultural y educativo de la población, por el que se ejerce el derecho a la información.

3.- Se garantizará la independencia de los medios de comunicación. La ley deberá impedir cualquier forma de presión, ventajas o castigos a los comunicadores o empresas o instituciones prestadoras en función de sus opiniones, línea informativa o editorial, en el marco del respeto al estado de derecho democrático y los derechos humanos. También estará prohibida por ley la asignación arbitraria o discriminatoria de publicidad oficial, créditos oficiales o prebendas.

4.- Las frecuencias radioeléctricas no deben transferirse, venderse ni subastarse. Nadie debe apropiarse de las frecuencias. Las frecuencias radioeléctricas pertenecen a la comunidad, son patrimonio común de la humanidad, y están sujetas por su naturaleza y principios a legislaciones nacionales así como a tratados internacionales. Deben ser administradas por el Estado con criterios democráticos y adjudicadas por períodos de tiempo determinado a quienes ofrezcan prestar un mejor servicio. La renovación de las licencias estará sujeta a audiencia pública vinculante.

5.- La promoción de la diversidad y el pluralismo debe ser el objetivo primordial de la reglamentación de la radiodifusión. El Estado tiene el derecho y el deber de ejercer su rol soberano que garanticen la diversidad cultural y pluralismo comunicacional . Eso implica igualdad de género e igualdad de oportunidades para el acceso y participación de todos los sectores de la sociedad a la titularidad y gestión de los servicios de radiodifusión.

6.- Si unos pocos controlan la información no es posible la democracia. Deben adoptarse políticas efectivas para evitar la concentración de la propiedad de los medios de comunicación. La propiedad y control de los servicios de radiodifusión deben estar sujetos a normas antimonopólicas por cuanto los monopolios y oligopolios conspiran contra la democracia, al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el pleno ejercicio del derecho a la cultura y a la información de los ciudadanos.

7.- El público tendrá derecho a acceder a una información plural, así como a la diversidad cultural. Para ello se deberá garantizar la indemnidad intelectual y estética de los trabajadores de la comunicación y de todos aquellos que participan en la producción de bienes culturales.

8.- En los casos de una integración vertical u horizontal de actividades ligadas, o no, a la comunicación social, se deberán establecer regulaciones que promuevan el pluralismo, respeten las incumbencias profesionales y derechos intelectuales de los artistas y demás trabajadores de la comunicación y el espectáculo.

9.- Deberá mantenerse un registro público y abierto de licencias. El registro deberá contener los datos que identifiquen fehacientemente a los titulares de cada licencia, y los integrantes de sus órganos de administración además de las condiciones bajo las cuales fue asignada la frecuencia. Las localizaciones radioeléctricas no previstas en los planes técnicos deberán ser puestas en disponibilidad a pedido de parte con la sola demostración de su viabilidad técnica.

10.- No podrán ser titulares de licencias de servicios de radiodifusión ni integrantes de sus órganos directivos, quienes ocupen cargos electivos oficiales nacionales, provinciales o municipales, funcionarios públicos de los distintos poderes, miembros de las Fuerzas Armadas y de seguridad, como así tampoco aquellos que hayan tenido participación comprometida con violaciones a los derechos humanos.

11.- Existen tres tipos de prestadores de servicios de radiodifusión: públicos, comerciales y comunitarios de organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro. Quedará prohibido todo tipo de discriminación o cercenamiento a causa de la naturaleza jurídica de la organización propietaria, en cuanto a potencia, cantidad de frecuencias disponibles o limitaciones a los contenidos. Todos los servicios de radiodifusión podrán contratar publicidad en igualdad de condiciones, ya que así se respetan los derechos humanos económicos, sociales y culturales.

12.- Los medios estatales deberán ser públicos y no gubernamentales. Deberán proveer una amplia variedad de programación informativa, educativa, cultural, de ficción y de entretenimiento garantizando la participación ciudadana y la atención a las necesidades de la población. En todas las regiones del país se destinará una frecuencia a la recepción gratuita del canal de TV pública nacional y de Radio Nacional; y de igual forma se reservará al menos una frecuencia para una radio y una emisora de TV provincial y una emisora de FM municipal . Los servicios de la radiodifusión universitaria constituyen un sistema público de gestión autónoma y se reservará no menos de una frecuencia de radiodifusión a cada una de las Universidades públicas nacionales.

13.- Los planes técnicos deberán reservar al menos el 33% de frecuencias, en todas las bandas, para entidades sin fines de lucro. En estos casos tendrá que prevalecer como criterio de asignación de frecuencias el plan de servicios y la inserción de las entidades en su comunidad.

14.- La ley establecerá cuotas que garanticen la difusión sonora y audiovisual de contenidos de producción local, nacional y propia. Esto implica producción realizada por actores, músicos, directores, periodistas, artistas, investigadores y técnicos argentinos, y reglamentará la obligación de inversión en producción propia y en la compra de derecho de antena de películas nacionales.

15.- La explotación de los servicios de radiodifusión es indelegable y debe ser prestada por el propio titular de la licencia.

16.- Las repetidoras y cadenas deben ser una excepción a la regla de modo tal de priorizar el pluralismo y la producción propia y local, salvo para las emisoras estatales de servicio público o la emisión de acontecimientos de carácter excepcional.

17. La publicidad sonora y audiovisual será de total producción nacional y deberá siempre diferenciarse de los contenidos de la programación, no estará incluida en esta, se difundirá en tandas claramente identificadas al inicio y al final por la señal distintiva del medio y no inducirá a estafas y engaños a la comunidad.

18. Los sistemas de distribución de señales deberán incluir en su grilla de canales las emisoras de TV de aire de la localidad, el canal público nacional y un canal con producción informativa local y propia.

19. La autoridad de aplicación deberá respetar en su constitución el sistema federal y estará integrada además por organizaciones de la sociedad civil no licenciatarias y por representantes de las entidades representativas de los trabajadores de los medios y de las artes audiovisuales.

20.- Se creará la figura de la Defensoría del público, con delegaciones en las provincias, que recibirá y canalizará las inquietudes de los habitantes de la Nación. Deberá incluirse un capítulo que garantice los derechos del público. Estos podrán ser ejercidos directamente por los habitantes de la Nación o a través de la defensoría del público.

21. En la nueva ley se deberá contemplar la normalización de los servicios de radiodifusión atendiendo a las necesidades de aquellos impedidos de acceder a una licencia por las exclusiones históricas de la ley 22.285 y la administración arbitraria de las frecuencias por parte del Estado nacional.
Fundamentos
Ratificando que los derechos humanos son la piedra fundamental de la vida en democracia.

Convencidos de que los procesos de consolidación de democracia y justicia en nuestro continente son plenamente dependientes del ejercicio del derecho a la información de modo universal.

Convencidos de que la libertad de expresarse, opinar e informarse es fundamental para el desarrollo de los pueblos, y para mantener vivas sus culturas y diversidades, a las que se debe respetar para alcanzar una plena convivencia entre las naciones americanas. Convencidos de que cuando no hay democracia, junto con el derecho a la vida y a la libertad física se atenta siempre contra la posibilidad de expresión e información de las mayorías.

Convencidos de que sólo el pluralismo garantiza el ejercicio de los derechos fundamentales en el estado de derecho.

Considerando que en diversas declaraciones los sectores representativos de la vida democrática de nuestro continente han afirmado el valor de la pluralidad.

Considerando que en la Declaración y Plan de Acción de Santiago de UNESCO (1992) se han reivindicado el rol y la importancia de los medios comunitarios en la construcción de la ciudadanía.

Inspirados en la importancia para nuestro continente de la Convención Americana de Derechos Humanos en materia de libertad de expresión e información.

Reconociendo el alcance universal en materia de sujetos, medios y mensajes con que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha interpretado el artículo 13 de la Convención.

Reconociendo la importancia que alcanza la Declaración de Principios de Libertad de Expresión de la CIDH, al fijar estándares de interpretación del artículo 13 de la CADH. Reconociendo los valores asentados por la Relatoría de Libertad de Expresión de la OEA desde su instalación, en la búsqueda de ampliar los sectores amparados por su intervención.

Reconociendo la importancia del capítulo referido a las radios comunitarias del Informe 2002 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Recordando que la libertad de expresión es un derecho fundamental reconocido en la Declaración Americana sobre los Derechos y Deberes del Hombre y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Resolución 59(I) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, la Resolución 104 adoptada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, La Ciencia y la Cultura (UNESCO), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y que todos estos acuerdos representan el marco legal y político al que se encuentran sujetos los Estados Miembros de la Organización de Estados Americanos.

Recordando los dichos de la Declaración de los tres relatores de Libertad de Expresión (de la OEA, de la ONU y el Representante de la Organización de Seguridad y Cooperación en Europa para la Libertad de los Medios de Comunicación (OSCE)) realizada en Noviembre de 2001, titulada Desafíos a la Libertad de Expresión en el Nuevo Siglo se expide sobre el punto diciendo: Radiodifusión: La promoción de la diversidad debe ser el objetivo primordial de la reglamentación de la radiodifusión; la diversidad implica igualdad de género en la radiodifusión e igualdad de oportunidades para el acceso de todos los segmentos de la sociedad a las ondas de radiodifusión. Enfatizando que el Relator de Libertad de Expresión de la OEA señala que la utilización de los medios tradicionales de comunicación masiva no siempre se presentan como medio accesible para la difusión de las necesidades y reivindicaciones de los sectores mas empobrecidos o vulnerables de la sociedad. (y que) En este sentido, los medios comunitarios de comunicación y difusión vienen insistiendo desde hace tiempo para incluir en las agendas nacionales, estrategias y contenidos que atiendan a las necesidades de éstas comunidades.

Recordando que también dice el Informe 2002 que Dada la importancia que pueden tener estos canales de ejercicio de la libertad de expresión comunitarias, resulta inadmisible el establecimiento de marcos legales discriminatorios que obstaculizan la adjudicación de frecuencias a radios comunitarias. Igualmente preocupante resultan las prácticas que, aún en los casos de funcionamiento en el marco de la legalidad, importan amenazas de cierre injustificadas, o incautación arbitraria de equipos.

Enfatizando que las normas técnicas aplicables a la radiodifusión deben facilitar y no obstaculizar la libre circulación de informaciones, de obras radiofónicas y audiovisuales y opiniones de conformidad al art. 13. 3 de la Convención Americana.

Considerando que la Relatoría entiende que los Estados en su función de administradores de las ondas del espectro radioeléctrico deben asignarlas de acuerdo a criterios democráticos que garanticen una igualdad de oportunidades a todos los individuos en el acceso a los mismos, en virtud del Principio 12 de la Declaración de Principios de Libertad de Expresión.

Ver también: 21 Aportes para el anteproyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual

Corte Suprema de Brasil ordena la suspensión de Twitter

El Tribunal Supremo de Brasil ordenó este viernes la suspensión del gigante de las redes sociales X de Elon Musk en Brasil después de que el multimillonario de la tecnología se negara a nombrar a un representante legal en el país, según una copia de la decisión vista por The Associated Press.

La medida agrava aún más la disputa que ambos mantienen desde hace meses en torno a la libertad de expresión, las cuentas de extrema derecha y la desinformación.

El juez Alexandre De Moraes había advertido a Musk el miércoles por la noche que X podría ser bloqueada en Brasil si no cumplía con su orden de nombrar un representante, y estableció un plazo de 24 horas. La compañía no tiene representante en el país desde principios de mes. De Moraes dijo que la plataforma seguiría bloqueada hasta que cumpliera.

Brasil es un mercado importante para X, que ha luchado con la pérdida de anunciantes desde que Musk compró la antigua Twitter en 2022. El grupo de estudios de mercado Emarketer afirma que unos 40 millones de brasileños, aproximadamente una quinta parte de la población, acceden a X al menos una vez al mes.

X había publicado en su página oficial de Asuntos Gubernamentales Globales a última hora del jueves que esperaba que X fuera cerrada por de Moraes, "simplemente porque no cumpliríamos sus órdenes ilegales de censurar a sus oponentes políticos".
"El mayor accionista de Twitter International Unlimited Company, Elon Musk, demostró su total falta de respeto por la soberanía brasileña y, en particular, por el Poder Judicial, posicionándose como una verdadera entidad supranacional, inmune a la legislación de cada país", escribió el ministro.
"Cuando intentamos defendernos en los tribunales, el juez De Moraes amenazó a nuestra representante legal brasileña con encarcelarla. Incluso después de que dimitiera, congeló todas sus cuentas bancarias", escribió la empresa. "Nuestros recursos contra sus acciones manifiestamente ilegales fueron desestimados o ignorados. Los colegas del juez de Moraes en el Tribunal Supremo no quieren o no pueden hacerle frente".

X se ha enfrentado a de Moraes por su reticencia a cumplir las órdenes de bloqueo de usuarios.

Las cuentas que la plataforma ha cerrado anteriormente por órdenes brasileñas incluyen a legisladores afiliados al partido derechista del expresidente Jair Bolsonaro y a activistas acusados de socavar la democracia brasileña.

Musk, un autoproclamado "absolutista de la libertad de expresión", ha afirmado en repetidas ocasiones que las acciones de la justicia equivalen a censura, y la derecha política de Brasil se ha hecho eco de su argumento. A menudo ha insultado a De Moraes en su plataforma, calificándolo de dictador y tirano.

Los defensores de De Moraes han afirmado que sus acciones contra X han sido legales, han contado con el apoyo de la mayoría de los miembros del tribunal y han servido para proteger la democracia en un momento en el que está en peligro. Su orden del viernes se basa en la ley brasileña que exige que las empresas extranjeras tengan representación en el país para que puedan ser notificadas cuando haya causas judiciales contra ellas.

Dado que los operadores están al tanto del ampliamente publicitado enfrentamiento y de su obligación de cumplir una orden de de Moraes, además del hecho de que hacerlo no es complicado, X podría estar fuera de línea tan pronto como 12 horas después de recibir sus instrucciones, dijo Luca Belli, coordinador del Centro de Tecnología y Sociedad de la Fundación Getulio Vargas, una universidad de Río de Janeiro.

X cerró oficina en Brasil hace dos semanas
X cerró su oficina en Brasil el 17 de agosto, alegando que Moraes amenazó con arrestar al entonces representante legal de la empresa en el país.

La plataforma justificó haber recibido órdenes judiciales de Moraes –en secreto judicial– que mencionaban, entre las penas en caso de desobediencia, la detención de la entonces responsable de la oficina X en Brasil, Rachel de Oliveira Villa Nova Conceição.

La oficina en Brasil fue cerrada, pero X continuó, durante los días siguientes, ofreciendo el servicio de la plataforma a los usuarios brasileños.

Estas citaciones alegadas por X, que se referían a la detención del representante legal, aún no se han hecho públicas.

El requisito de que las plataformas de redes sociales tengan un representante legal en Brasil se aplica a todos. La gran mayoría ya se ha adherido a esta regla. OX se ha mostrado reacio. Telegram, por ejemplo, recibió como plazo el 24 de 2023 para designar un representante en Brasil. Y él respondió.

En los últimos años, la Justicia y las instituciones democráticas han estado buscando formas de evitar que el funcionamiento de las redes viole los principios del derecho y la democracia en Brasil. El movimiento sigue la intensificación de las redes en la rutina de los brasileños y las nuevas situaciones que resultan de ello.
¿Cómo deja de funcionar una red social en Brasil?
El ministro del Supremo Tribunal Federal, Alexandre de Moraes, notificó a la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (ANPD), que deberá transmitir la determinación a los operadores de cortar el acceso a X en todo el territorio nacional en un plazo de 24 horas, entre ellos Starlink, el satélite del operador de Internet Musk.

La orden también establece que empresas como Apple y Google deberán eliminar la aplicación X de sus tiendas online en un plazo de 5 días.

El ministro también afirmó que cualquier persona o empresa que utilice subterfugios como una VPN para acceder a la red social está sujeta a una multa de 50.000 reales por día.

El proceso para desconectarse de una red social no es instantáneo y debe seguir algunos pasos antes de que el usuario pierda el acceso.

¿Cómo desconectar una red social?
Anatel transmite la orden de bloqueo a los operadores de internet vinculados a la agencia. En la práctica, los operadores son responsables de cortar el acceso a X e impedir que los clientes accedan a todos los servidores de redes sociales, tanto a los que se accede a través del navegador como a los que están almacenados en el teléfono móvil.

No es necesariamente automático: cada operador realiza sus propios procedimientos técnicos para cumplir con la medida, lo que puede llevar algún tiempo, según el director de tecnología de la empresa de telecomunicaciones Sage Networks, Thiago Ayub.

Hay más de 20 mil proveedores en Brasil, según el Ministerio de Comunicaciones. Entre ellos, Starlink, cuyas cuentas fueron bloqueadas por Moraes a finales de julio (29), por falta de un responsable de la red social en el país.

Esto se debe a que, el día 17, X anunció el lanzamiento de su taller en Brasil y el retiro de su representante por estar en desacuerdo con las decisiones judiciales de Moraes.

La implicación de Starlink también se debe a que el ministro también ordenó a X pagar las multas pendientes, que se aplicaron por la desobediencia de la red al eliminar perfiles que, según los tribunales, infringían la ley al difundir información falsa y ataques contra ellos.

¿Se han suspendido otras redes en Brasil?
Sí, otras plataformas han sido suspendidas por los tribunales del país. WhatsApp, por ejemplo, fue objeto de decisiones similares en 2015 y 2016.

Telegram, a su vez, fue suspendida en Brasil durante unos días en 2022 y 2023 por incumplir decisiones judiciales.

Una de las órdenes, que dejó la aplicación fuera de línea durante dos días, fue emitida por Moraes después de que el servicio no lograra eliminar tres perfiles utilizados para difundir noticias falsas.
Fuentes: Agencia Associated Press, O´globo

miércoles, 28 de agosto de 2024

La ONU condena a Argentina por violar los derechos de un periodista a la libertad de expresión y a un juicio imparcial

El caso resuelto por el Comité de Derechos Humanos de la ONU, cuyo dictamen revelado en Ginebra se acompaña a continuación, concierne a Juan Gasparini, autor de la presente difusión. Se vincula a los procedimientos judiciales por la apropiación de bienes cometidos en perjuicio de desaparecidos, sobrevivientes y familiares, durante la última dictadura de las Fuerzas Armadas en Argentina (1976-1983), perpetrada por militares que operaban desde el centro clandestino de detención y exterminio de la ESMA en Buenos Aires, y sus cómplices civiles. 

Ningún tramo de los expedientes judiciales por robo de bienes en la denominada "megacausa ESMA", han sido definitivamente juzgados. Se han tomado declaraciones anticipadas a ciertos testigos de los hechos, y relatos de sobrevivientes y familiares. 

Los presuntos autores del expolio, no han sido debidamente indagados en un juicio oral y público, con sentencia definitiva. Siguen pendientes, las elevaciones a juicio emprendidas por el fiscal, Eduardo Raúl Taiano, titular del la fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 3, fechadas el 26 de diciembre de 2007, 2 de diciembre de 2008, 8 de enero de 2009, 28 de diciembre de 2009, y 15 de abril de 2010, en torno a los crímenes impunes de la ESMA. Las víctimas y sus deudos, continúan esperando justicia.

El Comité toma nota del reconocimiento por parte del Estado parte de que la comunicación es admisible, en la medida en que cumple con la competencia ratione temporis, que carece de litispendencia internacional y que el autor agotó los recursos internos", indicó la resolución de la ONU, la cual también señaló que "el Comité observa que el autor impugnó la decisión condenatoria hasta llegar a la Corte Suprema", por lo que "el artículo 5.2.a. del Protocolo Facultativo no es un obstáculo a la admisibilidad de la presente comunicación".

A su vez, indicó que "el Comité considera que la queja relativa a la violación del artículo 14, párrafo 5, es incompatible ratione materiae dado que dicho artículo no se aplica a los procedimientos de determinación de derechos y obligaciones de carácter civil, ni a ningún otro procedimiento que no forme parte de un proceso de apelación penal" y que "la queja relativa a la violación del artículo 14 del Pacto debido a que la Corte Suprema rechazó sin motivación alguna el recurso del autor es inadmisible por falta de suficiente sustanciación".

Las notas periodísticas de Juan Gasparini, fueron publicadas y no cuestionadas judicialmente: cobertura del diario Clarín, Buenos Aires, 7 de enero de 2001, 25 de febrero de 2001, 4 de marzo de 2001, y El Litoral, 7 de marzo de 2001. También en "La delgada línea blanca", libro de investigación periodística de Juan Gasparini y Rodrigo de Castro, Premio de Literatura de no ficción, Walsh internacional, Gijón, España, 15 de julio de 2001.   

Dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU
Documentación sobre el caso resuelto por el Comité de Derechos Humanos de la ONU, cuyo dictamen revelado en Ginebra da cuenta de la condena del Estado argentino por violar los derechos de un periodista a la libertad de expresión y a un juez imparcial:

Prensa Rosario repudia la violenta amenaza recibida por el periodista Hernán Cabrera

El Sindicato de Prensa Rosario (SPR), expresa profunda preocupación y repudio por la violenta amenaza recibida por el periodista Hernán Cabrera (LT8 y La Capital) quien recibió un mensaje privado a través de una cuenta de IG que le pertenece, denominada newellsalminuto. Por ese medio un usuario identificado como lautarocorvalán74 lo insultó y le expresó que desea que le "desaparezca algún familiar, deseo con toda mi vida que aparezcas colgado o con un balazo en la cara, escoria de la humanidad, si te tuviera enfrente te llenaría los ojos de sangre…", "alejate de Ñuls".

El contenido brutal del mensaje se originó al parecer en una nota publicada por Cabrera en La Capital con el título "¿La mesa de fútbol es la solución para resolver la crisis futbolística en Ñuls?" y será elevado a través de una denuncia al Ministerio Público de la Acusación para su correspondiente investigación. El SPR lamenta otro episodio de violencia relacionado con el fútbol, una profunda muestra de intolerancia que ataca a nuestro compañero y al trabajo periodístico.

Nos solidarizamos con Hernán Cabrera a quien acompañaremos en todas las instancias que sean necesarias.
Rosario, 28 de agosto de 2024
Sindicato de Prensa Rosario

Skydance se prepara para sellar fusión con Paramount

La multinacional del entretenimiento Paramount Global espera completar su fusión con Skydance a lo largo del primer semestre de 2025, después de que Edgar Bronfman haya retirado su oferta sobre la productora de películas como 'Titanic' y dueña de Telefe
Cargada con más de US$14.000 millones de deuda, la icónica compañía de Hollywood ha luchado por competir en el streaming y ha sufrido a medida que las audiencias de la televisión por cable cancelaban sus suscripciones.

Skydance Media, del productor David Ellison, se convertirá en el nuevo propietario de Paramount Global después de que el heredero de Seagram Co., Edgar Bronfman Jr., se retirara, poniendo fin a uno de los concursos de adquisición más dramáticos de la industria.

El histórico estudio de Hollywood dijo que espera completar el acuerdo con Skydance en la primera mitad de 2025 al confirmar la retirada de Bronfman a última hora del lunes. También puso fin a su periodo de “go-shop” que le permitía buscar otros postores. Las acciones de Paramount cayeron un 5,4% en las primeras operaciones de este martes en Nueva York.

Ellison, hijo del cofundador de Oracle Corp Larry Ellison, pretende dar un nuevo impulso a la atribulada Paramount, matriz de CBS y MTV. Cargada con más de US$14.000 millones de deuda, la icónica compañía de Hollywood ha luchado por competir en el streaming y ha sufrido a medida que las audiencias de la televisión por cable cancelaban sus suscripciones y abandonaban canales tradicionales como CBS y Nickelodeon. Está reduciendo su plantilla en EE.UU. en un 15% y cerrará los estudios de televisión Paramount este mes.

A primera hora del lunes, el grupo de Bronfman dijo que se había retirado de la guerra de ofertas tras presentar la semana pasada una propuesta de US$6.000 millones por la empresa de entretenimiento y rebatir una oferta de más de US$8.000 millones de Skydance. El grupo informó a Paramount de que abandonaba el proceso, según un comunicado emitido el lunes.

El equipo de Bronfman, que incluía a múltiples personas adineradas, se retiró en parte debido a un plazo ajustado para presentar documentos financieros, según una persona familiarizada con el asunto, que pidió no ser identificada porque las deliberaciones eran privadas. Un portavoz de Skydance declinó hacer comentarios.

Al elaborar su propuesta, Bronfman presentó inicialmente una oferta de US$4.300 millones el 19 de agosto que incluía una oferta para comprar National Amusements Inc, el holding de la familia Redstone que controla Paramount, por unos US$2.400 millones. Aumentó su oferta global a US$6.000 millones dos días después.

Paramount ya había acordado una fusión con Skydance, la empresa de entretenimiento fundada por Ellison. Ese acuerdo inició un periodo de “go-shop” de 45 días en el que otros postores podían intentar hacer una oferta mejor. La oferta de Bronfman llegó justo al final del periodo y provocó que el comité especial encargado de considerar las ofertas ampliara la ventana hasta el 5 de septiembre.

Las propuestas eran similares en algunos aspectos. Ambas pagarían unos US$2.400 millones para adquirir National Amusements, y ambas acordaron invertir dinero directamente en Paramount para que la empresa pudiera reducir su deuda.

A partir de ahí, las ofertas diferían. Bronfman ofreció comprar acciones de Paramount a los inversores actuales a un precio ligeramente superior, pero en una cantidad global mucho menor que la que propuso Ellison. Ellison aceptó comprar acciones de Paramount por valor de US$4.500 millones a los inversores.

También planea fusionar Skydance en Paramount a una valoración de US$4.750 millones. Bronfman argumentó que la valoración de Skydance era demasiado alta y dilutiva para los accionistas. Bronfman ofreció eliminar las dos clases de acciones de Paramount, dando a todos los inversores voz y voto en las decisiones de la empresa.

Detalles
Luego de una negociación algo complicada debido a que Edgar Bronfman Jr. (ex director ejecutivo de Warner Music Group) y Steven Paul (creador de Baby Geniuses, una franquicia cinematográfica) presentaron ofertas para comprar Paramount, este conglomerado de medios y estudio cinematográfico al fin cerró su ventana de 45 días, a lo largo de los cuales se podían presentar ofertas para comprar National Amusements, su empresa matriz. 

La compradora es Skydance, un estudio de Hollywood que acordó comprar la participación de Shari Redstone, accionista controladora de Paramount, y los demás accionistas, además de recapitalizar la empresa. La empresa que nacerá de la combinación se llamará New Paramount. 

El acuerdo está valorado en 8.000 millones de dólares, en contraste con los 4.300 millones que supuestamente ofreció Bronfman Jr., e implica la fusión de ambas empresas. Paramount (nacida de la fusión de Viacom y CBS y valorada en 25.000 millones de dólares) le dará a David Ellison, fundador de Skydance, poder de voto (será su presidente director ejecutivo) a cambio de una cuota adicional a la vez que aceptó pagarle 400 millones de dólares por cuota de ruptura a Skydance si se rompe el trato. 

Entre los términos establecidos, se determinó que las firmas de capital privado RedBird Capital Partners y KKR, parte del conglomerado comprador, invertirán junto con este no solo los 8.000 mil millones en Paramount y National Amusements, sino que también inyectarán 1.500 millones de dólares de capital en Paramount, signado por problemas económicos los últimos 10 años, a raíz de la caída de la industria de la televisión por cable y el aumento del streaming (y las plataformas on demand), de las que la empresa es dueña de Paramount+ y Pluto TV, que –hasta ahora– no han podido reemplazar las ganancias del negocio de cable.

Las firmas legales que asesoraron esta transacción son Latham & Watkins LLP (Nueva York, Chicago y Century City), por Skydance Media y Skydance Investor Group; Sullivan & Cromwell LLP (Los Angeles y Nueva York), por RedBird Capital Partners; Ropes & Gray LLP (Boston y Nueva York), por National Amusements, Inc., Cravath, Swaine & Moore LLP (Nueva York), por el Comité Especial de Paramount Global (creado en enero para evaluar medidas estratégicas, incluida esta venta), y Simpson Thacher & Bartlett LLP (Nueva York, Houston y  Palo Alto), por Paramount Global. En Argentina, Beccar Varela asesoró a Skydance Media, en la confección y revisión de ciertos documentos mediante los cuales se instrumentó la transacción como en lo relativo a los requerimientos regulatorios. 

Las empresas prometen que New Paramount (valorada en 28.000 millones de dólares) será líder en medios y tecnología y “un destino de primer nivel para los narradores de historias, dedicado a contenido de alta calidad y posicionado para mejorar la rentabilidad, fomentar la estabilidad e independencia de los creadores y permitir una mayor inversión en áreas de crecimiento.” También tienen la meta de convertir a New Paramount en un “híbrido tecnológico para poder satisfacer las demandas y necesidades del mercado en evolución”. Cuando la operación concluya, Jeff Shell, actual presidente de RedBird Sports & Media y ex director ejecutivo de NBCUniversal, será el presidente. 

En materia de las propiedades intelectuales que ambas poseen, Skydance, aportará Top Gun: Maverick, Misión: Imposible - Dead Reckoning, Transformers: Rise of the Beasts, The Adam Project, The Tomorrow War, Fountain of Youth, Grace and Frankie, Foundation, Reacher (la serie), los videojuegos The Walking Dead: Saints & Sinners y Marvel 1943: Rise of Hydra y todo lo que ha producido –y producirá– por medio de Skydance Television (que provee productos a Netflix, Amazon Prime Video y Apple TV+), Skydance Games, Skydance Animation y Skydance Sports (joint venture con la NFL).

Paramount lleva consigo una de las bibliotecas de títulos de cine y televisión más extensas de la industria (alimentada por 100 años) y todas las carteras de CBS, Paramount Pictures, Nickelodeon, MTV, Comedy Central, BET, Paramount+ y Pluto TV, mientras National Amusements aportará las marcas de salas de cine Showcase, Cinema de Lux, Multiplex, SuperLux y UCI, con 759 pantallas en América Latina, EE. UU.y Reino Unido.

Asesores legales de la transacción
Beccar Varela asesora a Skydance
Beccar Varela asesoró a Skydance Media en la fusión con Paramount Global para crear New Paramount, una nueva compañía líder en medios y tecnología valuada en US$28 mil millones. La firma del acuerdo tuvo lugar el pasado 7 de julio y se espera que el cierre de la transacción se produzca en la primera mitad de 2025.  

New Paramount será una empresa de primer nivel orientada a la creatividad, que ofrecerá contenido de alta calidad y estará posicionada para mejorar la rentabilidad, fomentar la estabilidad y la independencia de los creadores, permitiendo una mayor inversión en áreas de crecimiento.

Beccar Varela asesoró a Skydance en Argentina, desempeñando las tareas de due diligence y asistencia legal, tanto en la confección y revisión de ciertos documentos mediante los cuales se instrumentó la transacción como en lo relativo a los requerimientos regulatorios.  Latham and Watkins coordinó la operación en las diferentes jurisdicciones.
 
Skydance Media es una compañía de medios estadounidense con sede en California, fundada por David Ellison en 2010 para crear entretenimiento de alta calidad para audiencias globales, incluyendo cine, televisión, videojuegos, animación y deportes.

Paramount Global es una empresa líder mundial en medios, streaming y entretenimiento que crea contenido y experiencias premium para audiencias de todo el mundo.

Asesores de Skydance en Argentina
Beccar Varela: equipo liderado por los socios María Shakespear y Ramón Moyano, junto a la asociada senior Luciana Liefeldt y el asociado Tomás Burllaile. También participaron los socios Florencia Rosati, María Eduarda Noceti y Agustín Waisman; las abogadas senior Mariana Lamarca Vidal y Alejandra Bouzigues; y los asociados Juan Pazos y Tomás Caputo. 

Asesores de Skydance en Estados Unidos
Latham & Watkins LLP:  equipo liderado por los socios Justin Hamill, Bradley Faris, Ian Nussbaum, Max Schleusener, Rick Offsay, y Liliana Paparelli Ranger, junto a las asociadas Lauren Lefcoe y Rachelle Polsky. También participaron los socios Pardis Zomorodi, Katharine Moir, Julie Crisp, Makan Delrahim, Katherine Rocco, Matthew Brill y Elizabeth Park.

Asesores de RedBird Capital Partners:
Sullivan & Cromwell LLP: Socios Alison Ressler, Eric Krautheimer, Ari Blaut, Isaac Wheeler, Juan Rodriguez, Mitchell Friedman y Renata Hesse.

Asesores de National Amusements, Inc.:
Ropes & Gray LLP: Socios Jackie Cohen, Byung Choi, Peter Welsh, Scott Pinarchick y Jane Goldstein. Consejeros Tristan VanDeventer y Aileen Kim.

Asesores de Paramount Global:
Simpson Thacher & Bartlett LLP: Socios Eric Swedenburg, Katherine Krause, Jamin Koslowe, Jonathan Goldstein, Brian Steinhardt, Hui Lin, Jonathan Lindabury,  Lori Lesser y Sara Razi. Consejeros Kristy Fields, Krista McManus, Dennis Loiacono y Michael Isby. Asociados Elias Rosenblatt, Muaaz Maksud, Millen Trujillo, Guanxiong Xu, Andrew Mandelbaum, Yifan Emma Wang, Jiha Min, Patrick Wolff, Nathan Utterback, Bobbie Burrows y Daniel Owsley.

Asesores del Comité Especial de Paramount Global:
Cravath, Swaine & Moore LLP: Socios Faiza J. Saeed, Daniel J. Cerqueira, Claudia J. Ricciardi, Andrew J. Pitts, George E. Zobitz, Lauren Angelilli, Jonathan J. Katz, Christine A. Varney, Noah Joshua Phillips, David J. Kappos, Matthew Morreale y Benjamin G. Joseloff. Of counsel Nicole M. Peles. Asociados Alexander E. Greenberg, Carol S. Lin, Katharine E. Waldman, Natan Sebhat, Danielle A. Solaru, Juan P. Castaño, Kelly N. King, Kathryn Kennedy Bleday, Carlos Nicholas Obando, Carolyn Liziewski, Jana I. Hymowitz and Anna Mikaelyan, Carys J. Webb and Sarah R. Brathwaite y Star S. Gulant. Asociados extranjeros Moritz Evertz y Aleine Obregón. Abogados Joyce Law, Lauren Piechocki, Oscar Porter y Kenya Rowser.

martes, 27 de agosto de 2024

Telegram: Debate sobre la libertad de expresión tras la detención de su fundador

Tras la detención de Pável Valérievich Dúrov por las autoridades francesas, resurge la controversia por la escasa supervisión que la aplicación ejerce con sus más de 900 millones de usuarios
Pável Valérievich Dúrov, quien fundó la plataforma de comunicación online Telegram, en un evento en 2014 en San Francisco

Por: Adam Satariano, Paul Mozur y Aurelien Breeden, Adam Satariano reportó desde Londres, Paul Mozur desde Taipéi, Taiwán, y Aurelien Breeden desde Sigottier, Francia.

Telegram, fundada en 2013 por el emprendedor ruso Pável Valérievich Dúrov, ha crecido hasta convertirse en una de las mayores herramientas de comunicación en línea del mundo y es fundamental en la vida cotidiana de países como Rusia, Ucrania e India para enviar mensajes, obtener noticias independientes e intercambiar opiniones.

El crecimiento de la empresa, que ahora cuenta con más de 900 millones de usuarios, se ha visto impulsado en parte por su compromiso con la libertad de expresión. La escasa supervisión que Telegram ejerce sobre lo que la gente dice o hace en la plataforma ha ayudado a las personas que viven bajo gobiernos autoritarios a comunicarse y organizarse. Pero también ha hecho de la aplicación un refugio para la desinformación, el extremismo de extrema derecha y otros contenidos nocivos.

Muchos se sorprendieron cuando los medios de comunicación franceses informaron el sábado de que Dúrov había sido detenido en Francia por cargos relacionados con la difusión de material ilícito en el servicio. Un funcionario judicial francés, que habló bajo condición de anonimato por ser una investigación en curso, confirmó el domingo por la noche que Dúrov estaba bajo custodia policial. A medida que la noticia se extendía por la red durante el fin de semana, la noticia de su detención se convirtió en un punto álgido del debate sobre la libertad de expresión en internet.

Elon Musk, propietario de X, que ha adoptado un enfoque similar de no intervención en la moderación de contenidos, publicó "#FreePavel" en su cuenta de X. "Es 2030 en Europa y te ejecutan por darle 'me gusta' a un meme", agregó.

Leonid Volkov, antiguo asesor de Aleksei A. Navalny, el líder de la oposición rusa que murió en prisión el año pasado, escribió en Telegram que, aunque la plataforma se había convertido en una herramienta útil para los delincuentes, Dúrov debía ser liberado. "Dúrov no es 'cómplice' de los delitos cometidos por los usuarios de Telegram", dijo.

La reacción a la noticia de la detención puso de manifiesto el aumento de la preocupación por la libertad de expresión, la censura y la supervisión gubernamental de los contenidos en línea, en un momento en que se ha intensificado el escrutinio regulador de la libertad de expresión en internet en todo el mundo. Los gobiernos nacionales, especialmente los de la Unión Europea, han intensificado la presión sobre las empresas para que aborden la desinformación, el extremismo en línea, la seguridad infantil y la difusión de material ilícito.

Telegram lleva mucho tiempo en el punto de mira de las fuerzas del orden de todo el mundo porque organizaciones terroristas, narcotraficantes, traficantes de armas y grupos extremistas de extrema derecha lo han utilizado para comunicarse, reclutar y organizarse.

Dúrov, de 39 años, fue detenido en el aeropuerto de Le Bourget, cerca de París, tras aterrizar en un avión privado procedente de Azerbaiyán, según la prensa francesa. El funcionario judicial francés dijo el domingo por la noche que se había prorrogado su detención. Según la legislación francesa, las 24 horas iniciales de detención pueden ampliarse hasta 96 horas, en función de la gravedad de las acusaciones penales.

Representantes de la policía francesa y del Ministerio del Interior declinaron hacer comentarios.

En una declaración en Telegram el domingo, la empresa dijo: "Telegram acata las leyes de la UE", y añadió: "El CEO de Telegram, Pavel Dúrov, no tiene nada que ocultar".
Con un patrimonio estimado de US$ 9.150 millones según Bloomberg, y armado con una variedad de pasaportes y residencias, Durov ha tenido durante una década una vida sin fronteras, un hombre que suele hacer viajes sin camiseta para asegurar la libertad de comunicación de las miradas indiscretas de los gobiernos, elegidos democráticamente o no.
En una entrevista en Telegram, George Lobushkin, un ex secretario de prensa de Dúrov que permanece cerca de él, escribió: "Este es un ataque monstruoso a la libertad de expresión en todo el mundo".

La detención de Dúrov podría intensificar las tensiones con Rusia. La embajada rusa en Francia dijo en un comunicado el domingo que había pedido aclaraciones a las autoridades francesas sobre las noticias de la detención.

Vladislav Davankov, vicepresidente de la Duma Estatal, cámara del Parlamento ruso, pidió la liberación de Dúrov. Dijo que la detención podría ser un intento de acceder a la información que posee Telegram y que "no puede permitirse", según Meduza, una organización de noticias rusa independiente.

Dúrov, cuyo patrimonio neto fue estimado por Bloomberg en más de 9000 millones de dólares, ha evitado en gran medida el tipo de escrutinio público al que se enfrentan los altos ejecutivos de otras grandes plataformas en línea, como Elon Musk de X, Mark Zuckerberg de Meta, Shou Chew de TikTok y Sundar Pichai de Google.

La detención de Dúrov tiene pocos precedentes. Aunque la Unión Europea y el Gobierno de Estados Unidos han convocado e interrogado a dirigentes de otras empresas de medios sociales, rara vez se ha detenido a un gran líder tecnológico por lo que ocurre en esos sitios. En 2016, las autoridades brasileñas detuvieron a un alto ejecutivo de Facebook después de que la empresa no entregara información de WhatsApp en el marco de una investigación sobre tráfico de drogas.

Tras la detención de Dúrov en Francia, podría ser de especial interés la información que Telegram decida compartir o retener. Las autoridades francesas podrían tratar de obligar a Telegram a compartir información con ellos sobre canales criminales que, por ejemplo, se utilizan para vender armas de fuego o coordinar ataques terroristas. Una medida así podría poner a prueba la afirmación de Telegram a sus usuarios de que salvaguarda estrictamente su información.

De nacionalidad rusa, Dúrov abandonó Rusia en 2014 tras perder el control de Vkontakte, el rival de Facebook en ese país. El año anterior había fundado Telegram, vendiéndola como una forma sin censura y secreta de comunicarse. La empresa tiene ahora su sede en Dubái, Emiratos Árabes Unidos, y Dúrov tiene nacionalidad francesa y de los Emiratos Árabes Unidos, según Telegram.

Telegram funciona como una aplicación de mensajería estándar, como iMessage o WhatsApp, pero también alberga canales y grupos en los que un gran número de personas pueden difundir ideas y comunicarse.

La popularidad de Telegram se debe en parte a las medidas que adoptó para permitir el alojamiento de enormes grupos de chat de hasta 200.000 personas, en un momento en que otras redes sociales, como WhatsApp, estaban tomando medidas para reducir el tamaño de los grupos en un esfuerzo por combatir la desinformación. Otras funciones, como el intercambio de archivos de gran tamaño, la ausencia de límites a la hora de compartir enlaces y los bots que pueden interactuar con los usuarios dentro de los canales, han contribuido a convertirla en una poderosa herramienta de organización y coordinación social.

Estas capacidades, combinadas con la mínima moderación de la aplicación, la han convertido en un refugio para personas y grupos que estaban vetados en otras plataformas como Twitter y Facebook.

Telegram gana dinero mediante compras dentro de la aplicación, publicidad, suscripciones y otras promociones. En marzo, Dúrov declaró a The Financial Times que Telegram estaba a punto de generar ganancias y estaba considerando hacer una oferta pública inicial.

La noticia de la detención de Dúrov fue inmediatamente recibida con críticas por los seguidores del servicio, que lo consideraron un ejemplo de cómo los gobiernos intentan censurar la libertad de expresión en internet. En general, Dúrov ha mantenido un perfil bajo y no ha concedido muchas entrevistas a los medios de comunicación. En su canal personal de Telegram, reflexiona sobre diversos temas, como su estilo de vida ascético, los países a los que viaja y, más recientemente, cómo como donante de esperma tiene ahora más de 100 hijos biológicos. En Instagram publica de vez en cuando fotos suyas sin camiseta.

Aunque Dúrov se presenta como un cruzado de la libertad de expresión, muchos expertos en seguridad han dicho que Telegram no está suficientemente cifrado. Los analistas de la desinformación también afirman que, por su moderación, la aplicación se ha convertido en un importante vector de difusión de propaganda terrorista y extremismo de extrema derecha.

Dúrov ha relacionado la creación de Telegram con un enfrentamiento que tuvo con los servicios de seguridad rusos, de quienes dijo que irrumpieron en su apartamento para obligarle a retirar material político de la oposición en Vkontakte. Más recientemente, abandonó sus planes de emitir una criptomoneda a través de Telegram tras el escrutinio de la Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos.

Tras abandonar Rusia en 2014, Dúrov dijo que viajó a Berlín, San Francisco, Londres, Singapur y otras ciudades antes de convertir Dubái en la sede de Telegram. En un momento dado, Rusia intentó prohibir Telegram, pero los problemas de la empresa parecieron aliviarse después de que un alto ejecutivo de la compañía apareciera en 2020 en un panel tecnológico con el primer ministro de Rusia.

Tucker Carlson, el presentador de extrema derecha que entrevistó a Dúrov este año, dijo que la detención era "una advertencia viva para cualquier propietario de plataforma que se niegue a censurar la verdad a instancias de los gobiernos y las agencias de inteligencia".

Adam Satariano es corresponsal de tecnología para el Times afincado en Londres.
Paul Mozur es corresponsal mundial de tecnología del Times afincado en Taipéi. Anteriormente escribió sobre tecnología y política en Asia desde Hong Kong, Shanghái y Seúl. 
Aurelien Breeden es reportero del Times en París, desde donde cubre noticias de Francia.
Foto: Jim Wilson/The New York Times
Fuente: The New York Times

    lunes, 26 de agosto de 2024

    Milei rechaza el reclamo del Sindicato de Televisión contra el decreto que suspendió la publicidad oficial

    El Presidente de la Nación, Javier Milei, ha firmado el Decreto 750/2024, que rechaza el reclamo presentado por el Sindicato Argentino de Televisión, Telecomunicaciones, Servicios Audiovisuales, Interactivos y de Datos (SATTSAID) contra el Decreto 89/23. Este decreto, emitido el 26 de diciembre de 2023, suspendió por un año las campañas institucionales de publicidad y comunicación de la Administración Central, con excepciones para actos obligatorios por normativa vigente y situaciones de fuerza mayor.

    SATTSAID impugnó el decreto argumentando que vulnera derechos adquiridos por trabajadores y afecta a empresas vinculadas a los medios de comunicación, disminuyendo sus ingresos y, por ende, el bienestar de los trabajadores. El sindicato alegó que la suspensión de la pauta oficial viola la Constitución Nacional y la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, y que el Poder Ejecutivo no tiene competencia para eliminar gastos del presupuesto.

    El Gobierno sostiene que la pauta oficial no es la única herramienta para comunicar actos de gobierno. “Existen otros canales, medios y herramientas igualmente útiles”, afirmó el Presidente. La Secretaría General de la Presidencia, encabezada por Karina Milei, sigue garantizando la comunicación de los actos de gobierno, asegurando que la suspensión no implica incumplimiento de las obligaciones del Estado.

    SATTSAID argumentó que la suspensión afecta derechos adquiridos y vulnera la Constitución, además de limitar los ingresos de los medios de comunicación. Sin embargo, el decreto destaca que el sindicato no demostró legitimación o perjuicio concreto. También se alude al fallo "Editorial Perfil" que reafirma la discrecionalidad del Estado en la asignación de pauta publicitaria.

    Sin embargo, el Presidente determinó que SATTSAID carece de legitimación para cuestionar el decreto, ya que no representa directamente los intereses de los medios afectados. La resolución también destaca que no se ha demostrado un perjuicio concreto al sindicato y que la suspensión de la pauta oficial está dentro de los derechos discrecionales del Estado, considerando la necesidad de austeridad en el contexto económico actual.

    El decreto reafirma la facultad del Gobierno para gestionar la pauta publicitaria y señala que el reclamo agotó la vía administrativa.

    domingo, 25 de agosto de 2024

    El abuso silenciado: La lucha contra la desestimación judicial

    Un tribunal de Reconquista absolvió a un hombre acusado de abuso sexual con acceso carnal agravado, basando su decisión en argumentos vinculados al desacreditado Síndrome de Alienación Parental (SAP), a pesar de que no lo mencionaron explícitamente. Este síndrome ha sido rechazado por la Asociación Americana de Psiquiatría y la Federación de Psicólogos de la República Argentina. La madre del niño agredido teme que sus dos hijos sean obligados a revincularse con el padre al que temen. En los Tribunales de Reconquista, las acusaciones contra las madres parecen ser más frecuentes que la consideración de los testimonios de los menores. En mayo, un tribunal pluripersonal, integrado por los jueces Norma Noemí Senn, Martín Gauna Chapero y Santiago Banegas, absolvió a César Manuel Lebus del mismo cargo. Aunque no se mencionó el SAP, los jueces sugirieron que el niño, hoy de diez años, podría haber tenido un "falso recuerdo" o "memoria implantada", aplicando así conceptos sin respaldo científico. En las Señales dialogamos con Andrea Adobato, integrante del Foro Reconquista Alcemos la Voz
    ¿Cuando comenzó el caso de César Lebus y cuál fue la acusación inicial?
    El caso de Cesar Lebus viene desde el año 2022 y es una denuncia que hace la mamá, luego de un proceso muy doloroso y muy largo. Por episodios que ocurren en su familia, finalmente puede tomar conciencia que sus hijos estaban viviendo situaciones de abuso sexual por parte de su papá, el marido de ella, el señor César Lebus.

    Ya habían tenido un episodio previo, en el año 2018, en la que el niño había manifestado a su mamá que el papá había intentado abusarlo sexualmente. Le había bajado el pantalón y había intentado acceder a sus genitales. El niño empezó un tratamiento psicológico y el papá lo que respondió en su momento era que seguramente había estado viendo algún tipo de video pornográfico en el celular, en su propio celular.

    En ese momento la mamá terminó creyendo el relato del padre. Ahora se da cuenta de lo difícil que es creer al interior de una pareja que aparentemente todo funciona bien, que pueda pasar una cosa así. Luego vuelve a reiterarse esta situación en un paseo en la camioneta del papá, en la que el niño abusado va adelante y en realidad el que empieza a denunciar la situación es el hermano más pequeño que va en la camioneta sentado atrás, un niño de tres años que empieza a expresar a la madre lo que había pasado, y quien incluso interviene en la situación golpeando al papá para que no siga pasando lo que estaba pasando.

    Esa es la situación que denuncia la mamá en nombre de los niños. Estos niños en realidad dan cuenta de ese abuso a través de su tratamiento clínico en un espacio de terapia psicológica. El niño mayor tuvo cambios de conducta muy abruptos a partir de esa situación, de ser un niño muy sociable, muy alegre, que iba a clases de arte, que tenía excelente desempeño en la escuela, de pronto comienza a tener actitudes muy agresivas, muy violentas, cambia diametralmente su forma de expresar sus dibujos en la escuela, en el espacio de arte al que iba, eso llama la atención a los maestros. Los maestros testifican en el juicio, porque advierten los dibujos con árboles con características monstruosas. Y también su maestra de grado advierte claramente el cambio de conducta. Lo que pasa que este famoso síndrome de alienación parental, en realidad fue creado por Richard Gardner, un psiquiatra o un falso psiquiatra de Estados Unidos y se descubrió que en realidad no lo era.

    Lo que él Gardner establece en su teoría es que, entre otras cosas, el cambio de comportamiento en un niño no necesariamente se le puede atribuir a un abuso sexual, que puede haber muchas otras causas que lo generen. Cuando hay relaciones de pareja muy conflictivas, uno de los progenitores, que generalmente es la madre, por supuesto, inocula, implanta en el relato del niño las narrativas contra el progenitor masculino, haciéndole inventar de que ha sido sexualmente abusado por su padre, que es un modo en que las mujeres tenemos de obtener beneficio, o de vengarnos, o de impedir el contacto, es como una especie de malicia materna para impedir que los niños, como venganza contra ese padre al cual hay que lastimar de alguna manera.

    Esa es una de las hipótesis que plantea Richard Gardner y que efectivamente fue utilizada en el juicio, eso es lo que más indigna, ¿no? Frecuentemente, lo que ocurre es que la mamá que denuncia, que protege a sus hijos, es la que termina después siendo blanco de las acusaciones, las sospechas. La mamá, Mónica, como es su nombre, llega a la denuncia impulsada por la propia psicóloga de los niños, o sea, la psicóloga les manifiesta que ella comprende que en su espacio clínico hay signos muy claros de abuso sexual y que ella debe denunciar, y que si en caso de que no lo haga la madre deberá hacerla ella misma porque ella por un código de ética profesional no puede quedar silencio cuando advierte que pacientes de ella, niños, puedan estar dando señales de abuso sexual.
    La mamá tiene que hacer su propio proceso, pero finalmente termina denunciando. Para llegar a la denuncia primero se establece toda una situación familiar muy compleja. El niño que fue abusado en realidad niega diciendo yo no hice nada, ahí aparece un signo también muy frecuente que es la culpa del niño abusado. Generalmente, siente que es responsable de eso que se hizo y que no está bien, pero el que insiste con que ha sucedido es el hermanito menor. Llegan las vacaciones de julio, la mamá es de la provincia del Chaco, ella frecuentemente en esas vacaciones viajaba a la casa de los padres y en realidad es en el espacio de esa seguridad que le otorga la casa de los padres en Chaco, la casa de los abuelos y allí fue que el niño finalmente le cuenta a la madre lo que había ocurrido. Así que ya la mamá viene con la decisión de hacer la denuncia.

    Cuando se hace la denuncia comienza todo un proceso también muy doloroso porque ella vive en la ciudad de Avellaneda, una ciudad muy conservadora. El señor Lebuz es ingeniero, es un señor que forma parte de cierta clase social que goza de cierto prestigio. Así que ella comenzó a vivir agresiones en el auto, le decían cosas a los niños y tuvo que trasladarse finalmente a vivir en la provincia del Chaco. Ese sería un poco el relato de vida.
    En decisión unánime, el tribunal de primera instancia constituido por los jueces Martín Gauna Chapero, Norma Senn y Santiago Banegas (presidente), absolvió de culpa y cargo a César Manuel Lebus de los delitos de abuso sexual con acceso carnal, agravado por el vínculo, por causar grave daño en la salud mental, y por la convivencia, en concurso ideal con corrupción de menores, y amenazas; y dispuso el cese de las restricciones a la libertad.
    ¿Cómo fue el fallo del tribunal?, ¿en qué consistió?, ¿el síndrome de alienación parental influyó en la decisión?
    Claro, nosotras sabemos que ellos no lo nombran literalmente, no nombran síndrome de alienación parental. Pero en realidad utilizan todas las características y condiciones que en su momento Richard Gardner utilizó para describir en qué consistiría este síndrome. Nosotros ya sabemos que el síndrome este es inexistente porque un síndrome es una enfermedad. Eso lo tiene que diagnosticar un psiquiatra, un neurólogo, es una enfermedad, un síndrome. Y no existe ningún síndrome de estas características en el ámbito médico, ya desde el nombre sabemos que es inexistente. Por eso no se usa nunca esa terminología.

    Ahora, no significa eso que no usen en su reemplazo características que describían a este síndrome. Como muestra que le estaba diciendo, relatos inoculados, memoria implantada, su gestión, en fin. Como que los niños narran relatos que no son propios, sino que han sido implantados por el adulto, ¿no? En realidad lo que se cuestiona, por eso nos llama tanto la atención en la sentencia, es que, por un lado, quien hizo la cámara Gesell del niño concluye que efectivamente el niño dio señales de abuso, pero ellos desestiman él, informe de la psicóloga de la cámara Gesell diciendo que carece de las formalidades, que no fue bien llevada a cabo, que las preguntas no fueron correctas, por cuestiones formales desestiman la cámara Gesell de la psicóloga Giordano, una psicóloga que ya lleva 400 realizaciones de cámara Gesell y que por primera vez se le cuestiona la metodología y el modo de su informe.

    Luego desestiman el informe clínico de las dos psicólogas que han atendido a los niños, tanto las que los atendieron en Avellaneda, como quien los está atendiendo ahora en el Chaco. No solo que los desestiman, sino que además las tratan en la sentencia de una manera humillante y muy denigrante. ¿Por qué pasa esto? Porque las psicólogas clínicas han hecho un informe con un lenguaje, con una metodología y con una perspectiva de un psicólogo clínico. La defensa tuvo la buena estrategia de presentar dos peritas psicólogas, una de ellas es Estefanía Berrón y otra es una psicóloga de apellido Colombo que está en la ciudad de Buenos Aires y que lo hizo a través de Zoom. Ellas intentaron desarmar y lo lograron los informes de las dos psicólogas, porque según ellas no respondían a la metodología que debe tener un informe de perito psicólogo, que tienen que ser dadas de determinada manera los dibujos, desestiman la perspectiva de una psicóloga. Si trabaja con ciertas categorías del psicoanálisis para interpretar dibujos, para interpretar relatos, también lo desestiman porque el perito penal, psicólogo, no adhiere a esa teoría psicológica. Entonces todas las narrativas que fueron propuestas por la querella, una a una, fueron desestimadas por el tribunal porque adhirieron plenamente y absolutamente a la perspectiva de la defensa, y la defensa justamente construye gran parte de su relato a partir de este psicólogo, Martínez Soarez Lima (foto), que estuvo en la ciudad de Reconquista.
    Nosotros a partir de la absolución de este hombre iniciamos todo un camino de repudio, un camino de reclamo, hemos ido a los medios, hemos ido a difundir la gravedad de esto, y la mamá por supuesto en un estado de desesperación absoluta, porque tiene terror de que los niños tengan que volver a vincularse con el papá porque los mismos niños le dicen, mamá, al final no hiciste nada. Los niños están pasando un muy mal momento. En todo este proceso de tanta indignación, estamos esperando con mucha confianza y esperanza que en la Cámara pueda cambiarse esta resolución. Ahora aparece esta conferencia de este psicólogo que fue quien justificó su teoría. En sus libros, aparece muchas veces citado dentro de este proceso de defensa. La misma Estefanía Berroni, que estuvo como perito de defensa en el juicio, era quien iba a coordinar esta charla. Fue como que se ataron ahí dos situaciones que realmente provocaron una gran preocupación, porque esta sentencia de algún modo está trazando una línea muy peligrosa al desestimar los informes clínicos. Ahora ningún otro psicólogo que trate a un paciente va a poder ser tenido en cuenta en un juicio, hasta ahora siempre eran valorados positivamente. Se va a obligar a que siempre los informes sean hechos por peritos, y no todo el mundo tiene los recursos para poder pagar peritos para que puedan presentarse en juicio.

    Además, como bien sabemos, la mayoría de estos delitos se producen en un ámbito de privacidad, en un ámbito donde no hay testigos, entonces si el abuso sexual no deja de algún modo rasgos o huellas físicas, es muy difícil, porque eso tiene que ser contrastable, tiene que ser demostrable, pero a veces la única demostración posible que hay es la voz de la víctima.

    Iniciamos también una campaña de denuncia y de repudio que afortunadamente recibió la adhesión de muchísimas organizaciones de toda la provincia, también la adhesión del Colegio de Psicólogos que corresponde al norte de Santa Fe, también la adhesión de medios de comunicación, algunos nos acompañaron, otros no, pero tuvo una repercusión muy positiva, incluso el diputado Palo Oliver va a presentar un proyecto de preocupación (ver abajo) por la intromisión o por el retorno de este tipo de teorías al Poder Judicial. Y la charla se desarrolló en el ámbito de la Universidad Tecnológica Nacional, es lo más indignante es que sea en un espacio de una universidad pública ¿qué tiene que ver la UTN con una temática como esta?

    Sumo a tu relato que en los Tribunales de Reconquista es mucho más fácil para ellos terminar acusando a la mamá que escuchar realmente a los niños y saber qué es lo que están viviendo y sufriendo. Leía algunos portales de Reconquista, y vi que en la charla había policías, abogados, psicólogos, psiquiatras, funcionarios del Poder Judicial y público que decidió ir a escucharlo, me preocupan los primeros...
    Nosotros no entramos, estuvimos afuera y molestamos, de hecho fue un momento donde vinieron, unos cinco patrulleros a rodearnos y éramos treinta personas, que lo único que cantábamos era yo si te creo y cosas relativas a los niños. Y molestamos. Ellos habían dicho el día anterior que ya se había cerrado la inscripción porque estaba la sala llena, la sala no estaba llena en absoluto, estaba bastante vacía, con lo cual eso para nosotros fue muy reconfortante.

    Policías había por todos lados, nosotros no sabemos si los policías estaban ahí para escuchar la charla o estaban ahí pensando que nosotros íbamos a ir a interferir adentro, porque ya te digo, había en las puertas de entrada, había en todos lados, pero sí ese es el Poder Judicial. Por otra parte, dicho esto, tenemos que decir que estos son los tribunales con los que lidiamos, nosotros que estamos permanentemente acompañando a víctimas de distintas situaciones de violencia, tanto penales como civiles, como régimen de comunicación, que tienen que ver con cuidados parentales. Es impresionante el nivel de violencia que se ejerce a las mujeres.

    Yo siempre digo, cuando hablamos de patriarcado parece un concepto abstracto, pero luego cuando uno ingresa en los laberintos de los tribunales, ahí se materializa de una forma clarísima y potente, porque vemos cómo permanentemente la voz de los padres tiene mucha más credibilidad y cómo aparecen en los expedientes relatos vinculados a las madres, que uno no puede creer lo que lee, descalificación, desacreditación, incluso cómo las maltratan, cómo las desoyen. Eso nos pasa con la defensora pública, nos pasa con los jueces civiles, y ni hablar con los jueces penales. Realmente, en el norte todavía es muy, muy largo el camino que nos falta andar, sobre todo, porque también -es muy importante decirlo-, el índice de abusos sexuales infantiles es altísimo y atraviesa todas las clases sociales. Uno no está al tanto todos los días, pero sí sabemos que todos los días ingresan denuncias de ese tipo. Entonces, si no son bien trabajadas, la verdad es que es una endemia que se reproduce.
    Más info: Negación Pública, Aplicación Privada: El SAP en las Sombras

    Nota completa de Señales con Andrea Adobato, integrante del Foro Reconquista Alcemos la Voz: 

    Sobre la sentencia absolutoria de César Lébus, el hombre que abusó sexualmente de sus propios hijos, publicó el Foro Reconquista Alcemos la voz:
    Evitamos utilizar la expresión “presunto abusador” porque nosotras sí damos credibilidad a las declaraciones de los niños que fueron claras y contundentes, especialmente el del niño de 9 años que relató con contundencia su abuso en la cámara Gesell.

    Al intentar entender este fallo judicial emitido el 30 de mayo de 2024 y dictado por tres jueces, Santiago Roberto Banegas, Norma Noemí Senn y Martín Gauna Chapero, del Colegio Interdistrital de Jueces Penales de la Cuarta Circunscripción, detectamos a simple vista diversas inconsistencias y errores significativos en una sentencia que libera al abusador y desprotege a los niños.

    Algunas claves de la equivocación judicial en la sentencia
    1.- Se ha ignorado el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes que protegen a las y los niños.
    Los jueces han pasado por alto la aplicación de las leyes pertinentes que protegen a los niños y niñas, tanto a nivel nacional como internacional. Las leyes 27.372 (Nacional) y la 13.923 (Provincia de Santa Fe) tienen como objetivo garantizar la protección de los derechos de las víctimas menores de edad en el proceso penal, asegurando que sus testimonios sean tomados de manera adecuada y respetuosa, evitando su re victimización. ¿Por qué no se tuvieron en cuenta? Estas leyes en concreto considera estas declaraciones como pruebas preconstituidas y actos irrepetibles, lo que subraya la importancia de su validez en el proceso judicial. Además, se ha desestimado el marco internacional proporcionado por la Convención sobre los Derechos del Niño (Ley 23.849), ratificada por la Argentina, y otros instrumentos internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica, Ley 23.054). Estos tratados establecen la obligación de los Estados de garantizar la protección y el bienestar de los menores en todos los ámbitos, incluyendo el judicial.

    2.- Desestimación de Evidencias Clínicas en la Sentencia Absolutoria
    Nos cuesta entender además que los argumentos centrales de la sentencia absolutoria que dictaron estos jueces estén basados en los aportes de las psicólogas de la defensa. Psicólogas que nunca vieron a los niños, ni los escucharon y que sacaron sus conclusiones por una serie de documentos que leyeron. Psicólogas claramente admiradas por los jueces por unos enfoques teóricos no aceptados por la comunidad científica y por sus currículos que quisieron exponer con detalles en la sentencia. Por el contrario, subestimaron gravemente el testimonio y la experiencia de psicólogas clínicas que trabajaron directamente con los niños, con más de 20 años en experiencia en el tratamiento de menores en víctimas de abuso sexual y que, al detectar señales claras de abuso, procedieron a comunicárselo a su madre. Proporcionaron observaciones detalladas y fundamentadas en sesiones directas que, al ser desestimadas por los jueces pusieron en riesgo la protección de los derechos de los niños.

    3.- La Trampa del SAP: Cómo la Defensa y los Jueces Minaron la Credibilidad de los Niños
    Otro grave error que pudimos apreciar en la lectura atenta de la sentencia, fue la aceptación de la teoría del SAP (Síndrome de Alienación Parental) aportada por la defensa, utilizando autores que adhieren a este enfoque que revictimiza a las y los niños y protege a los abusadores. Según esta teoría, la madre incitó a los niños a mentir, utilizó como táctica la inoculación de esos testimonios a sus hijos. Así que la defensa junto con los tres jueces, consideraron dudar de la veracidad del testimonio del niño, desviando la atención del abuso real y poniendo la atención en justificar “las mentiras” del niño en la cámara Gesell.

    Sin embargo, este supuesto “síndrome” no existe, fue rechazado por la Organización Mundial de la Salud, por la Asociación Americana de Psicología, por la Asociación Americana de Psiquiatría y por la Asociación Médica Americana. Fue declarado ilegal para el ejercicio de la psicología por la Federación de Psicólogos de la República Argentina y por el Consejo Superior del Colegio de Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires. Así que, si no es válido por la comunidad científica ¿por qué sería válido utilizarlo judicialmente?

    4.- Daño psicológico a los niños:
    Los testimonios y evaluaciones clínicas indican que el niño que se animó a testificar en la cámara Gesell, ha sufrido un daño psicológico significativo debido al abuso. Algunos de sus profesores/as dieron testimonio de sus cambios abruptos de comportamiento, como agresividad, tristeza y enuresis nocturna. A esto, los jueces responden que estos cambios pueden ser producidos por muchos otros motivos. Es cierto, puede ser, solo que…¡¡¡El niño les está diciendo que ha sufrido abuso sexual por su propio padre!!! Ha sido muy claro en la cámara Gesell y en sus sesiones psicológicas.
    Simplemente, se han negado en escucharle y se han centrado en proteger al abusador y en desprestigiar a las personas que realmente los están protegiendo: su madre, familiares, sus psicólogas clínicas, sus profesores y profesoras, etc.

    El Foro Reconquista Alcemos la voz sostuvo que la actividad del pasado viernes fue coordinada por Estefanía Berroni, "psicóloga que contribuyó en la defensa de César Lebus", la profesional publicó el siguiente comunicado:
    A la opinión pública - Necesarias aclaraciones ante la difusión de falsa información acerca de mi actuación profesional
    Ante la evidente circulación en redes sociales y medios de comunicación de manifestaciones agraviantes vinculadas a mi intervención profesional en un concreto caso judicial y en la jornada organizada por la UTN en que disertará el Lic. Pablo Martínez Soares de Lima, es necesario poner de manifiesto:

    La suscripta rechaza la utilización del Síndrome de Alienación Parental (SAP), y no lo ha aplicado en ninguna de sus múltiples intervenciones profesionales.  
    He tenido intervención en cientos de casos judiciales vinculados a abuso sexual infantil y nunca consideré aplicable la teoría del SAP. Mi formación profesional específica en materia de psicología jurídica y forense desaconseja terminantemente su utilización. La disertación del Lic. Martínez Soares de Lima ha sido organizada exclusivamente por la UTN, para la cual fui convocada en carácter de coordinadora (moderadora) de la charla. La función comprendía la presentación del disertante, y facilitar el desarrollo de la disertación coordinando el otorgamiento de la palabra a los participantes ordenadamente.

    El evento referido es de carácter estrictamente técnico-científico orientado a estimular el conocimiento sobre una temática de relevancia actual en pos de la defensa de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

    Destaco que toda información en sentido contrario a ello resulta falsa, y su difusión de manera irresponsable y/o malintencionada ocasiona un perjuicio personal y profesional absolutamente injusto.
    Lic. Estefanía Berroni
    Mat. Nro. 865
    DNI 29.853.970
    Ilustración de portada: Romina Ferrer @RoFerrerIlustra
    Fotos: Reconquista Hoy