domingo, 23 de diciembre de 2018

Prorrogan por un año el análisis para la elaboración de las reformas a la Ley Comunicaciones Convergentes

Según la resolución 131/2018, publicada en el Boletín Oficial, por intermedio de la Resolución 9/2016 del ex ministerio de Comunicaciones, se dispuso la integración, designación y funciones de la Comisión que tuvo a su cargo la elaboración del proyecto de Ley de Reforma, Actualización y Unificación de las Leyes N° 26.522 y N° 27.078, creada por el Decreto N ° 267/2015. Críticas de Damián Loreti redactor de la Ley Audiovisual vigente
Las leyes que vos prometéis...
Otro año de prórroga para los compromisos de convergencia asumidos ante la CIDH
Por: Damian Loreti
La verdad es que a veces parece tan infinita como agotadora la enumeración de violaciones a reglas y promesas de parte de quienes venían a salvar la República. El Cohete ha sido testigo y testimonio en el año que pasó de tantísimas. Y así como el año pasado para el día de los inocentes nos avisaron que solo las olimpíadas juveniles serían eventos de interés relevante  -posición que fue machacada por la justicia-, ese día también le hicieron pito catalán a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a la que le habían prometido poner en marcha un proceso de consulta para luego dictar una normativa que atendiera a la convergencia de servicios de medios y telecomunicaciones.

Más allá de que no estemos de acuerdo con que ello deba ser efectivamente así y sin ningún matiz, el caso es que en el último Boletín Oficial antes del arbolito, (el pasado viernes 21 de diciembre ver abajo) el gobierno de la Nación, por vía del Secretario de Gobierno de Modernización anunció una prórroga de un año para ponerse a debatir. Sí, lo postergaron para 21 de diciembre del año que viene cuando – esperamos- otras firmas sean las responsables de decretos y resoluciones. Parece chiste, pero intentan legislar sus propios plazos para cuando no estén. Claro, si se considera el atroz endeudamiento a cien años esto es una minucia. La única posibilidad de que el plazo sea menor –dice la resolución – es que diputados saque la sanción de la llamada “Ley Corta”, sobre la cual varios hemos dado cuenta.

Convicciones y democracia
Ya ni cabe preguntarse cómo no se ponen colorados. Pero en este contexto un grupo de organizaciones que protagonizaron la lucha por la ley de medios audiovisuales nucleados en la Coalición por una Comunicación Democrática, siguen insistiendo. Son las mismas que allá por abril de 2016 participaron de la audiencia en la CIDH reclamando por las tropelías institucionales del DNU 267/15 que taló la ley audiovisual frente a lo que la CIDH advirtió sobre los incumplimientos a los estándares de libertad de expresión y principios de no regresividad. No es un tema de tozudez, sino de convicciones y de democracia.

Este grupo de organizaciones elevó una solicitud de audiencia a la CIDH (antes del 7 de diciembre, en cumplimiento de los plazos formales) promovida por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), a fin de que la Comisión evalúe el estado de situación, que se ha agravado desde aquella primera audiencia, entre fusiones, reglamentaciones, incumplimientos, y como frutilla de la torta – o mejor dicho otro paquete al arbolito– la derogación de las reglas de declaración de interés público de la producción y distribución de papel para periódicos.

Es de esperar que la Comisión admita la audiencia. Y si, como decía el poeta, las cosas se cuentan solas y solo hay que saber mirar, veremos qué excusa justifica en los más altos estrados internacionales de derechos humanos que el Estado Argentino haya incumplido todos los compromisos asumidos en la cara de los comisionados.

No podría pensar que si el gobierno desoyó las medidas sobre Milagro Sala y tantas otras esto pueda resultar menor. Es cierto, pero también empieza a llegar la hora de hacer las cuentas. El año que viene hay Asamblea de la OEA para designar comisionados y no es lo mismo ser un Estado que cumple que no serlo, además de la calidad de los eventuales candidatos. O debería. Y también para que en el recuento de la pesada herencia quede claro qué hicieron con la res pública.
Fuente: El Cohete a la Luna

Jefatura de Gabinete de Ministros
Secretaría de Gobierno de Modernización
Resolución 131/2018
RESOL-2018-131-APN-SGM#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 20/12/2018

Visto: el EX-2017-35055034-APN-STIYC#MM, las Leyes N° 26.522 y N° 27.078, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 267 del 29 de diciembre de 2015 y N° 513 del 14 de julio de 2017; las Resoluciones N° 9 del 1 de marzo de 2016, N° 1098 del 27 de octubre de 2016 y N° 601 del 28 de marzo de 2017, correspondientes al ex Ministerio de Comunicaciones; N° 694 del 27 de diciembre de 2017 y N° 490 del 10 de agosto de 2018 del ex Ministerio de Modernización; y

Considerando:
Que a través del artículo 28 del Decreto N° 267/2015, se creó “en el ámbito del Ministerio de Comunicaciones, la Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización y Unificación de las Leyes Nros. 26.522 y 27.078”.

Que por intermedio de la Resolución N° 9/2016 del ex Ministerio de Comunicaciones, se dispuso la integración, designación y funciones de la Comisión que tuvo a su cargo la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización y Unificación de las Leyes N° 26.522 y N° 27.078, creada por el Decreto N ° 267/2015.

Que en tal sentido, dicha Comisión tuvo a su cargo el estudio de las reformas a ambas leyes, con el propósito de garantizar la más amplia libertad de prensa, el pluralismo y el acceso a la información, fomentar el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y las telecomunicaciones, avanzar hacia la convergencia entre las distintas tecnologías disponibles, garantizar la seguridad jurídica para fomentar las inversiones en las infraestructuras, evitar la arbitrariedad de los funcionarios públicos y garantizar los derechos de los usuarios y consumidores.

Que en pos de hacer efectiva la garantía de transparencia de todas las acciones relacionadas con dicho proceso, fueron publicados en el sitio web oficial del Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom), Organismo actualmente bajo la órbita de la Secretaría de Gobierno de Modernización dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, incluyendo las versiones taquigráficas, los distintos documentos aportados por las organizaciones durante el proceso participativo llevado adelante por la mencionada Comisión, así como los documentos preliminares elaborados por la misma.

Que oportunamente, a través de la Resolución N° 694-E/2017 del Ministerio de Modernización, se dispuso una prórroga adicional por un plazo de ciento ochenta (180) días corridos, en relación al proceso de análisis para la elaboración y la publicación de un anteproyecto definitivo de ley de reforma, actualización y unificación de las Leyes N° 26.522 y 27.078, para ser elevado al Poder Ejecutivo Nacional.

Que por su parte, el Poder Ejecutivo Nacional remitió para consideración del Honorable Senado de la Nación, un proyecto de Ley de Fomento de Despliegue de Infraestructura y la Competencia de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICS), que ha sido tratado por las Comisiones de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión y de Educación y Cultura del Honorable Senado de la Nación.

Que en el ámbito de las reuniones plenarias de las mencionadas Comisiones, se llevaron a cabo numerosas Audiencias Públicas, habiendo sido convocados múltiples actores relacionados con las temáticas que trata dicho proyecto de Ley, entre otros, Cooperativas, Cámaras, Asociaciones, Empresas de diversos rubros, funcionarios públicos, investigadores del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y periodistas.

Que las diversas jornadas interdisciplinarias realizadas en conjunto con los legisladores presentes permitió el desarrollo de un valioso debate, nutrido de los aportes de todos los actores intervinientes.

Que el proyecto de Ley de Fomento de Despliegue de Infraestructura y la Competencia de los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICS), contó con dictamen favorable emitido por la reunión plenaria de las Comisiones de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión y de Educación y Cultura del Honorable Senado de la Nación; y posteriormente, habiendo sido sometido a votación, obtuvo media sanción en el seno de la Cámara Alta y fue girado para su consideración y tratamiento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.

Que las Comisiones de Comunicaciones e Informática y de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados llevan adelante un proceso similar al realizado en el Senado de la Nación.

Que concluido el período de Sesiones Ordinarias, el mencionado proyecto no ha obtenido aún dictamen para su tratamiento en el pleno de cuerpo parlamentario.

Que en virtud de lo expuesto, resulta pertinente analizar el texto final resultante del proyecto citado precedentemente para que, una vez sancionado, se realicen las modificaciones que correspondan sobre el proyecto de Ley de Reforma, Actualización y Unificación de las Leyes N° 26.522 y N° 27.078, previa elevación al Poder Ejecutivo Nacional.

Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio ha tomado oportunamente la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8° de Decreto N° 802/2018 y el artículo N° 28 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 267/2015.

Por ello,
El Secretario de Gobierno de Modernización
Resuelve:
Artículo 1°.- Dispónese la prórroga, por un plazo de un (1) año, contado a partir de la publicación de la presente, o de noventa (90) días hábiles, posteriores a la sanción definitiva del proyecto de Ley de Fomento de Despliegue de Infraestructura y la Competencia de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICS), lo que suceda primero, del proceso de análisis para la elaboración y la publicación de un anteproyecto definitivo de ley de reforma, actualización y unificación de las Leyes N° 26.522 y 27.078, para ser elevado al Poder Ejecutivo Nacional.

Artículo 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Andrés Horacio Ibarra