martes, 21 de agosto de 2018

El 30 de agosto rematan Radio Rivadavia

El juez Francisco Robledo, quien tiene a cargo del proceso de venta de Rivadavia, tasó los bienes, las licencias y las marcas de la sociedad a cargo de la emisora en u$s12 millones que deberán ser pagados al contado. El Grupo América está entre los interesados
Hasta fines del 2017 pero solamente por 14 meses, la emisora había estado en manos del empresario Guillermo Whpei, quien se había hecho cargo de las deudas comerciales y financieras. Sin embargo, tras determinar la quiebra, el juez Robledo lo desplazó y dejó la radio a cargo de un síndico judicial. Whpei le había comprado el paquete mayoritario de Radio Rivadavia a la familia Cetrá, con promesas de grandes inversiones. Por entonces desembarcaron "El Negro" González Oro, Germán Paoloski, Rosario Lufrano y "El Rifle" Varela, entre otros periodistas. Sin embargo, tras decretarse la quiebra, la mayoría de esas figuras dejaron la emisora y la Justicia anuló el contrato de Cetrá con Whpei.

Edicto
Poder Judicial de la Nación Juzgado Comercial 25 - Secretaria Nº 50 35095/2015 Incidente Nº 2 - s/incidente de continuación de la explotación de la empresa El Juzgado Nacional de 1º Inst. en lo Comercial Nº 25 a cargo del Dr. Horacio Francisco Robledo, Secretaria Nº 50 a cargo del suscripto, sito en Av. Callao Nº 635 piso 4º de la C.A.B.A. comunica en autos "Radio Emisora Cultural S.A. S/incidente de continuación de la explotación de la empresa”, Exp.Nº35095/2015/2 que el martillero Ricardo A. Sanchez Te. 54-11-15-53391910 rematara el 30 de agosto de 2018 a las 11.00 hs. en la Dirección de Subastas C.S.J.N. calle Jean Jaures Nº 545 C.A.B.A., ad corpus, al contado y al mejor postor, en el estado en que se encuentra y se exhibe en la forma y condiciones que a continuación se determinan, la empresa encargada de la explotación de "Radio Rivadavia", como una unidad en marcha y en block, CUIT 30- 50014411-0, conformada por los bienes a saber:

a) Inmueble calle Arenales 2467, CABA, Matrícula 19-2770, sobre el mismo se ha promovido un incidente de escrituración por Ernesto Rodrigo Davidsohn Benet (Exp 35095/2015/9), en el cual con fecha 15 de junio de 2018 se declaró la ineficacia de la operatoria, antecedente en resolución que a la fecha no se encuentra firme. De los fondos ingresados por el comprador en subasta se efectuará una reserva del monto equivalente al valor del inmueble tasado portunamente por el martillero en los autos principales (v. fs.1207 vta.) ello a fin de garantizar al eventual comprador respecto de la decisión definitiva que recaiga sobre la ineficacia ut supra referenciada.

b) 2 licencias de radiodifusión, en las frecuencias LS5 Radio Rivadavia AM 630 Khz y Radio Uno FM 103.1 Mhs.

c) Bienes de Uso: equipos, maquinarias, antena transmisora y bienes muebles inventariados a fs. 537/78 y fs.582/640, d) un rodado dominio TBU-022 (año 1994) y un Tractor, los que carecen de todo valor y son inutilizables, en el estado en que se encuentran y que se describe a fs. 3933 vta.

e) Marcas: Al Servicio de la Verdad, El Rotativo del Aire de Radio Rivadavia, Sexta Edición, Radio Emisora Cultural y Radio Rivadavia (fs.950/62, 3880/92 y 3934).

d) Dominios web: ”radiorivadavia.com.ar”, ”Rivadavia.com.ar”, Rivadavia630.com.ar” y “radiouno.com.ar” Fecha de firma: 16/08/2018 Firmado por: Federico H. Campolongo, Secretario #30922871#213749761#20180816134327780 Poder Judicial de la Nación Juzgado Comercial 25 - Secretaria Nº 50 (fs.3959/3973). Plantel Total de empleados: 90 (fs. 980).

Base: U$s12.000.000, Seña: 30%, Comisión: 4%, Arancel C.S.J.N.: 0.25%. Corresponderá al comprador, conocer la normativa y los requisitos legales del ENaCom para la transferencia de las licencias de radiodifusión y selección de licenciatarios ver fs. 896/898 y en la página web www.rematexremate.com.ar.

Los gastos que se devenguen en concepto de honorarios, sellados, impuestos y otros –aunque- los que pudieren estar a cargo de la parte vendedora- relacionados con las transferencias de dominio de los bienes o de las licencias de radiodifusión, inscripción registral del bien, levantamiento de medidas cautelares, etc, por cuanto su costo estarán a cargo del comprador.

Respecto de las deudas por impuestos tasas y contribuciones, las mismas se distribuirán de la siguiente forma: las anteriores al decreto de falencia, deberán ocurrir por la vía y forma prevista por el art. 32 y sgtes. de LC; las posteriores al decreto de quiebra y hasta la fecha de la toma de posesión del comprador se solventarán en los términos del art. 240 LC, previo reconocimiento de las mismas, y las posteriores a la toma de posesión estarán a cargo del adjudicatario.

La venta se realizará fecha de firma: 16/08/2018 sin pasivo. Esto es, el comprador no será responsable por deudas de ningún tipo (impuestos, tasas o contribuciones fiscales, deudas de carácter laboral, cargas sociales, etc.), devengadas con anterioridad a la toma de posesión del bien. Será inoponible cualquier incidente de todo tipo y naturaleza por parte de los eventuales adquirentes sin previo pago del precio total de venta.

El precio de venta será abonado de la siguiente manera:
a) El 30% en concepto de seña, a la firma de los boletos de compraventa en el acto del remate, en efectivo o mediante cheque certificado sobre banco de plaza, a la orden del Bco Ciudad. de Bs As, Suc Tribunales;
b) El saldo de precio consistente en el 70% restante quedará supeditado a la aprobación de la subasta y al cumplimiento por parte del comprador de la normativa legal indicada por el ENaCom en la presentación de fs. 896/898 cuyo plazo vence el día 14.9.18, bajo apercibimiento de declararlo postor remiso, perdiendo la seña abonada.

El saldo señalado deberá ser abonado en la cuenta de autos a los 5 días de aprobado judicialmente el remate, sin interpelación previa del Tribunal, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Suc. Tribunales, ello bajo apercibimiento de declararlo postor remiso, perdiendo la seña abonada. La posesión será otorgada luego de la integración del saldo del precio en la forma precedentemente dispuesta y dentro de los 5 días subsiguientes a ello.

El comprador deberá materializar la transferencia de dominio a su favor en un plazo no mayor a 90 días, bajo apercibimiento de aplicar astreintes que se fijan en el 0,50% diario del valor de compra. Se encuentra terminantemente prohibida la compra "en comisión" y la cesión del boleto de compraventa.

Los interesados a los fines de tomar conocimiento de las condiciones de venta, deberán concurrir por Secretaría a consultar las constancias del expediente.

Exhibicion: 27 y 28 de agosto de 2018 Sede Arenales Arenales Nº 2467 C.A.B.A. en el horario de 10:00hs a 12:00hs, y de 15 a 17 hs. en la planta transmisora sita en Gaspar Campos Nº 24 Bella Vista Pdo. De San Miguel a150 mts bajada Camino del Buen Aire Pcia. de Bs As . Publíquese en Boletín Oficial por tres días sin previo pago. Buenos Aires, 16 de agosto de 2018.

Firmado: DR. Federico H. Campolongo, Secretario. Fecha de firma: 16/08/2018 
Nota: en la fecha se libró un edicto al Boletín Oficial. Buenos Aires, 16 de agosto de 2018.- MB Federico H. Campolongo, Secretario