lunes, 8 de junio de 2015

Insólito: La justicia de Formosa condena a medios y periodistas a pagar $ 2 millones a Gildo Insfrán

El diario Opinión Ciudadana, Radio Fantasía y varios periodistas de Formosa han sido condenados a pagar dos millones de pesos al gobernador Gildo Insfrán por la llamada de un oyente al programa de Gabriel Hernández. La sentencia es considerada un "atropello brutal a la libertad de prensa"
En el día del Periodista, la jueza civil Giselle Verónica Drovandi, de la domesticada justicia provincial de Formosa, notificó la sentencia que condena a varios medios de comunicación y periodistas a pagar una indemnización millonaria a favor del gobernador de la provincia.

Los condenados son Carlos Julián González, director del Diario Opinión Ciudadana, la propietaria de Radio Fantasía FM 100.3, el Dr. Gabriel Hernández y su esposa Paola Cóspito, el louor Carlos Orué y otros comunicadores, en la causa caratulada "Insfrán Gildo contra Hernández Gabriel y otros s/Juicio de Daños y Perjuicios", Expediente N° 16/2013.

El hecho ocurrió el 21 de enero de 2013, cuando un oyente anónimo llamó al programa de radio "Mano a Mano" de Gabriel Hernández, para criticar al gobernador Gildo Insfrán. Por estas críticas se sintió ofendido el mandatario provincial, por lo que decidió demandar a Hernández, a su esposa y a todos los medios de comunicación que informaron sobre el público episodio.

La sentencia no tiene pies ni cabeza
Lo llamativo del caso, es que dos días antes de la llamada telefónica, el 19 de enero de 2013, el gobernador Insfrán ya había ordenado grabar el programa de Hernández.

Para eso envió a una escribanía al Director de Asuntos Administrativos del Poder Ejecutivo, Walter Cesar Rodas.

"Cabe preguntarse cómo sabía Insfrán que dos días después, el 21 de enero, el oyente anónimo iba a llamar a mi programa para hacer ese comentario", dijo Hernández.

A pesar de que nadie se acordaba de la llamada del oyente, el 25 de enero el Ministro Secretario General del Poder Ejecutivo Antonio "Pomelo" Ferreira y luego varios funcionarios más, hicieron altisonantes declaraciones "en desagravio" del gobernador, y luego Gildo Insfrán inició la demanda contra los periodistas.

"La sentencia no tiene pies ni cabeza, porque la supuesta ofensa la origina una llamada telefónica anónima. Nadie en mi programa la comentó ese día, ni los días siguientes; nadie dijo estar de acuerdo, ni que lo dicho era cierto, pero igualmente la obediente jueza dice que soy responsable, por haber permitido que el oyente hable en el programa", dijo Hernández.

"Lo que sí dije, días después, cuando empezó la polémica, fue que los oyentes tienen derecho a expresarse, y que en mi programa todos pueden llamar y opinar, y que voy a defender ese derecho. Lo dije y lo mantengo", señaló.

Ridícula
La jueza dice en la sentencia que los condenados "no han cumplido con el deber de transmitir información veraz y de manera objetiva" y que "han permitido que se transmita una información que terminó difamando" al gobernador.

Según la jueza Drovandi, la actitud de Hernández de permitir que opine un oyente en contra de Gildo Insfrán es "difamatoria, por acción y por omisión" al no haber cuestionado ni corregido lo dicho por el oyente.

Es decir, que según esta jueza, el periodista siempre debe dejar en claro que no está de acuerdo con lo que dice el oyente o el entrevistado. De lo contrario, se debe considerar que comparte esa opinión o afirmación.

Conforme la jueza Drovandi, el conductor de un programa periodístico no puede permitir que una persona emita su opinión o diga algo, sin "adecuar la información", censurarla o cuestionarla, o "apartarse", o bien dejar en claro que dichos datos no corresponden con la realidad"

Hernández descalificó el criterio de la jueza Drovandi.

Dijo que la sentencia es un "brutal atropello a la libertad de prensa" del gobierno de Gildo Insfrán, proveniente de una jueza "puesta por el gildismo", y que va a apelar "hasta llegar a la Corte Suprema, si es necesario".

Dijo que "diariamente, centenares de personas llaman y mandan mensajes a los programas de radio y televisión; si los conductores de esos programas tienen que sentar posición sobre cada mensaje o llamado, diciendo si están o no de acuerdo con lo que dicen los oyentes, entonces habrá que cerrar el micrófono a la audiencia, porque ningún canal ni emisora puede materialmente cumplir semejante delirante tarea".

"Evidentemente, esta sentencia pretende que los comunicadores, por temor a las demandas, no permitan que los oyentes o los entrevistados opinen en cuestiones que molestan a los gobernantes; no puede aceptarse esta clase de "sentencias mordaza", porque con ellas buscan domesticar y acallar a los medios de prensa independientes", finalizó diciendo Gabriel Hernández.
Fuente: Diario Opinión Ciudadana