Por todo ello FoPeA quiere hacer un profundo llamado a la reflexión a medios y periodistas, tal como lo hizo en ocasiones anteriores como fue en el caso de Candela Rodriguez, en el de la publicación de fotos de la modelo fallecida Jazmín De Grazia, en el asesinato de Nora Dalmasso, en el suicidio televisado del “Malevo” Ferreyra (como en otros suicidios) o en la cobertura irresponsable de hechos de tomas de rehenes.
En todos esos casos, el llamado a la reflexión por parte de FoPeA no fue realizado con ánimo condenatorio sino constructivo, a partir del convencimiento de que la información no debe cumplir la misión de ser una simple mercancía, sino que debe ser entendida como un bien social, siendo tratada en forma respetuosa hacia quienes están involucrados en la misma, como también hacia los ciudadanos que reciben esa información.
En ese sentido, nos basamos en varios artículos contenidos en el Código de Ética de FoPeA, como son:
1. Los periodistas que integran FoPeA se comprometen a buscar la verdad, a resguardar su independencia y a dar un tratamiento honesto a la información.
2. Son objetivos irrenunciables para el periodista el rigor y la precisión en el manejo de datos con el fin de alcanzar una información completa, exacta y diversa. La distorsión deliberada jamás está permitida.
5. El buen gusto es un valor periodístico, por lo que la curiosidad escatológica, la estridencia innecesaria y la morbosidad son actitudes a evitar.
17. Ninguna noticia justifica poner en riesgo una vida. En las coberturas periodísticas de tomas de rehenes, el periodista no obstaculizará la tarea policial y judicial, y dejará que exclusivamente los funcionarios públicos se ocupen de resolver la situación.
31. El periodista debe rectificar la información difundida, en el caso de que así correspondiera.
32. El periodista debe respetar la privacidad de las personas. Sólo cuando se viera afectado un bien o valor público por un aspecto relacionado con la intimidad de una persona, puede prevalecer el derecho a la información de los ciudadanos por sobre la privacidad de un particular.
35. En toda información debe respetarse el principio constitucional de inocencia de cualquier persona mientras una culpabilidad no hubiera sido probada judicialmente. Los pronunciamientos de las fuentes policiales no son suficientes para determinar culpas ni siquiera cuando tienen la forma de comunicados oficiales.
37. En el caso de que víctimas de tragedias o incidentes, o sus familiares y allegados, prefirieran no exponerse a la prensa, debe respetarse su posición y evitar difundir imágenes o sonido del momento en el que rehúsan la requisitoria periodística.
Una vez más, FoPeA insiste que para evitar estas cuestionables prácticas es fundamental que en los medios de comunicación, por el trascendental rol social que cumplen, exista una autorregulación a partir de la creación de sus propios Códigos de Ética (sin injerencia de ningún poder externo), con participación en su elaboración por parte de los propios periodistas que allí desarrollan su tarea y que sea de conocido y accesible para sus audiencias.