La nueva ley de acceso a la información pública, Nº 18.381, es una herramienta legal novedosa que regula la potestad que tienen los ciudadanos de acceder a cualquier tipo de información que esté en poder de los organismos públicos, la que a su vez debe ser contestada dentro de plazos perentorios para el organismo obligado a responder
Si bien, esta ley reglamenta un derecho ya establecido en la Constitución de la República, como es el derecho de petición ante cualquier organismo del Estado, la misma, que fue aprobada en el año 2008, aún no es ampliamente conocida, ni siquiera por los funcionarios públicos que son los obligados a entregar la información.
Haciendo uso de esta herramienta, sendas peticiones de información que fueron solicitadas por parte de un periodista de El Pueblo a la Intendencia Municipal de Salto, sobre temas concernientes al ingreso de funcionarios durante el último período de gobierno departamental que encabezó Ramón Fonticiella, e incluso sobre gastos de publicidad de la comuna durante el último año 2009, las mismas no fueron contestadas a tiempo, pese a que el entonces intendente, Carlos Gabrielli, solicitó una prórroga legal prevista en la ley, para poder hacerlo.
Esta razón motivó, que aplicando las potestades que otorga la norma, se iniciara un proceso de amparo informativo ante el juzgado letrado de 6º Turno de Salto, a cargo de la Dra. Raquel Gini, cuya audiencia se celebraría esta tarde. Sin embargo, el día 9 de julio, a la cuatro de la tarde, más de un mes después de haber vencido el plazo legal para la entrega de los datos requeridos, la respuesta de la petición solicitada finalmente fue entregada en forma completa, por lo que el proceso legal se dará por terminado ante el desistimiento del demandante, lo que ocurrirá hoy.
El resultado positivo obtenido tras la aplicación de la norma “es un ejemplo para que la ley de acceso sea aplicada por todos los ciudadanos y colegas periodistas interesados en obtener información sobre la actuación del Estado”, dijo el periodista Hugo Lemos, conforme con los resultados obtenidos.
“Es importante la aplicación de esta herramienta legal, para la transparencia de la gestión pública, toda la población debe tenerlo en cuenta”, dijo a su vez el Dr. Rocco Martín Russo, abogado patrocinante del primer caso de acceso a la información pública presentado en Salto.
La Ley
La ley 18.381 fue sancionada por el parlamento uruguayo en 2008, a instancias de un grupo de organizaciones sociales, entre las que se contaba el sindicato de periodistas de nuestro país, la Asociación de la Prensa Uruguaya (APU). La misma fue fundada en lograr la transparencia de la gestión pública de los organismos del Estado en los gobiernos democráticos.
La norma señala que el objeto de la ley es “promover la transparencia de la función administrativa de todo organismo público, sea o no estatal, y garantizar el derecho fundamental de las personas al acceso a la información pública”.
Establece a su vez que “se considera información pública toda la que emane o esté en posesión de cualquier organismo público, sea o no estatal, salvo las excepciones o secretos establecidos por ley, así como las informaciones reservadas o confidenciales”.
Y estipula que “el acceso a la información pública es un derecho de todas las personas, sin discriminación por razón de nacionalidad o carácter del solicitante, y que se ejerce sin necesidad de justificar las razones por las que se solicita la información”.
El periodista de El Pueblo, Hugo Lemos, gestionó el pasado 7 de abril ante la Intendencia de Salto, dos pedidos de informes. Uno de ellos requería información sobre el ingreso de funcionarios a la Intendencia durante el último período de gobierno, cuántas personas ingresaron a la función municipal en ese tiempo, cuál fue el régimen laboral por el que fueron contratados y cuál fue el proceso de selección de las mismas. Además de querer saber cuánto dinero gastó la Intendencia durante el año 2009 en publicidad, cuál fue el medio de comunicación en el que se invirtió más dinero, quién realizó las campañas publicitarias de la Intendencia y cuánto dinero se pagaba por este concepto.
El plazo establecido por la ley para la entrega de la información al periodista vencía el 7 de mayo, ya que era de 20 días hábiles. Pero ese día el entonces jefe comunal, Carlos Gabrielli, le comunicó por vía de un oficio que por lo extenso de la información no se podía reunir toda la documentación necesaria y que haría uso de la prórroga legal establecida en la ley de marras para poder cumplir de la mejor manera posible.
Por lo expuesto, el plazo para entregar la información sería el 4 de junio. Pero el tiempo pasó y fue así que el 29 de junio, más de tres semanas después de que la misma no fue obtenida, el periodista Lemos y el abogado Rocco Russo, dieron lugar al primer proceso de acceso a la información pública en Salto, entablando una demanda ante el juzgado letrado de 6º Turno.
“Lo que se hace es acudir a la vía judicial para obtener la información y promover un proceso de amparo, en consecuencia se entabla una demanda de acceso a la información amparado en la ley y la sola promoción de la demanda, ya cumplió con la finalidad que se había planteado, porque la Intendencia cumplió con la obligación de informar, entregando toda la información solicitada por el periodista y por lo tanto se tuvo por concluso el término de esta acción judicial con éxito”, expresó el Dr. Rocco Martín Russo.
El abogado patrocinante dijo que si bien existía un principio constitucional que amparaba el derecho informativo de la población “no había una cristalización legislativa. Esta ley consagra el derecho al acceso a la información pública, pero incluso establece todo un procedimiento por el cual los ciudadanos pueden hacer valer ese derecho a que los entes públicos entreguen la información solicitada. Estas son las bases de un sistema republicano democrático de gobierno y de un estado de derecho”, concluyó. Los resultados de la información la daremos a conocer en próximas ediciones.
La respuesta del Municipio: ¿Dónde?, ¿cómo? y ¿Cuánto? gastó en publicidad el gobierno de Fonticiella
Fuente: Diario El Pueblo