martes, 8 de diciembre de 2009

La libertad de las estatuas

Los periodistas son trabajadores que dan voz a los que no la tienen, son transmisores de hechos y, a la vez, opinan sobre lo que está ocurriendo, guste o no guste a los informados y criticados
Por: César Arese, Doctor en Derecho
Hace unos años, un periodista de Córdoba sufrió la persecución de la por entonces secretaria General del Gobierno Provincial por investigar un asunto de claro interés público: el oscuro trámite de gestación de documentos de la deuda estatal.
La querella no sólo pedía cárcel para el periodista sino un resarcimiento que, en caso de prosperar, hubiera obligado al trabajador de prensa a entregarle sus sueldos durante una década completa. Es sólo un ejemplo del peso jurídico que hasta ahora el Código Penal prometía por ejercer la libertad y obligación de informar.
Centenares de periodistas argentinos querellados por injurias y calumnias y sus compañeros de todas las redacciones, de medios grandes y pequeños, públicos o privados, son más libres a partir de la vigencia de la ley 26.551, que modificó de modo sustancial el régimen de imputabilidad por delitos contra el honor.
No sólo porque se suprimió la arcaica pena de prisión para estos “crímenes”, sino porque en ningún caso procede la acusación por calumnias o injurias por expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas.
Es cierto que mucha información periodística no merece la verificación de fuentes, pulveriza la intimidad de los ciudadanos y significa estropear proyectos de vida personal amparándose en la vorágine y la ligereza periodística.
Pero el interés de los ciudadanos por recibir y emitir información en una sociedad abierta, democrática y participativa, antídoto de las autocracias dictatoriales, es un valor y derecho social fundamental, que no admite recortes ni persecuciones.
En todo caso, los intereses privados afectados tienen preservada la reparación civil, nunca la persecución carcelaria; es decir, del orden público represor de conductas antisociales.
Hasta ahora, se podía llegar a perseguir a un periodista que encontró fuentes, reunió documentación e información y se jugó informando en forma abierta sobre un tema que interesa a toda la población, de igual forma que a un simple fabulador de feria o un delincuente común.
En todo caso habrá que probarse la existencia de la intención de dañar de manera maliciosa sin mediar el propósito esencial de poner a disposición de los ciudadanos la noticia como cuestión alimentaria de la formación de opiniones y la toma de decisiones públicas y democráticas.
El caso “Kimel”. Ciertamente, esta modificación no fue espontánea, sino el producto de un largo batallar de periodistas y medios para lograrlo.
El caso “Kimel”, de 2008, significó una dura condena hacia la Argentina por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), por perseguir y condenar a un periodista que criticó al juez que investigó la muerte de cinco religiosos durante la última dictadura militar.
Remarcó el máximo tribunal americano, con total responsabilidad: “Existe un deber del periodista de constatar en forma razonable, aunque no necesariamente exhaustiva, los hechos en que fundamenta sus opiniones, siendo válido reclamar equidad y diligencia en la confrontación de las fuentes y en la búsqueda de información, lo cual implica el derecho de las personas a no recibir una versión manipulada de los hechos”.
Pero, por sobre todo, la CIDH remarcó que “la tipificación amplia de delitos de calumnia e injurias puede resultar contraria al principio de intervención mínima y de “ultima ratio” del derecho penal, pues en una sociedad democrática el poder punitivo sólo se ejerce en la medida estrictamente necesaria para proteger los bienes jurídicos fundamentales de los ataques más graves que los dañen o pongan en peligro, ya que lo contrario conduciría al ejercicio abusivo del poder punitivo del Estado”.

Ataques a periodistas. Córdoba tiene al menos dos deudas con la libertad de expresión. Hace más de dos décadas, se puso en vigencia un importante sistema de garantías para la libertad de expresión, mediante el artículo 51° de la Constitución Provincial, una norma de vanguardia puesta en dirección con la Convención Americana de Derechos Humanos.
Sin embargo, desde 2004 la Unicameral de Córdoba ha cubierto de polvo varios proyectos de ley impulsados por los trabajadores de prensa, que tienden a modificar el Código Procesal Penal para preservar el secreto profesional periodístico. Nada más, pero nada menos, que haciendo operativa una parte de aquella regla fundamental.
Si bien esa ignorancia de la necesidad de profundizar las garantías para el trabajo de los periodistas es ya crónica, también lo es la persecución de los trabajadores de prensa en la actividad informativa callejera, en especial en manifestaciones y episodios gremiales, políticos, deportivos, policiales y delictivos. En los últimos tiempos, han sido –literalmente– bombardeados tanto en Córdoba como en La Carlota, se los ha baleado, se los ha agredido al punto de peligrar su vida o provocarles lesiones permanentes, se los ha amenazado y se los persigue de tal modo que los movileros viven su trabajo como corresponsales de guerra, sin bando enemigo aparente o declarado.
No parece advertirse que, en primer lugar, son trabajadores que dan voz a los que no tienen voz, que son transmisores de hechos y, a la vez, opinan sobre lo que está ocurriendo, guste o no guste a los informados o criticados.
No hay duda de que la responsabilidad primordial sobre estos episodios es de quienes deben preservar la integridad de las personas, los poderes públicos y los encargados de garantizar condiciones de trabajo seguras.
Pero también de quienes imaginan que callar o, peor, suprimir al periodista significa transformar o crear otra realidad distinta de la que se anoticia a la sociedad.
Matando o asustando al mensajero que transmite y opina sobre las noticias, piensan, se aseguran construir una información y pareceres propios, a su medida y, en lo posible, con elogios. Nada más erróneo, violento y autoritario.
En todo caso, que utilicen otras armas, las de la libertad de expresión. Informen, manifiesten y convenzan.
Los perseguidores judiciales y los agresores de periodistas parecen interesados en que se conviertan en “pasquines”, es decir, en estatuas como las que se erigieron en lugares públicos de Roma. Sepan, por las dudas, que toda Statua di Pasquino recibe a sus pies, desde hace siglos, misteriosamente, cada día y cada noche, las críticas a los poderosos y los anhelos escritos por gente anónima.
Los periodistas, los que ejercen la profesión más bella y apasionante si pueden pensar y escribir lo que quieren, no se callarán ni aun convertidos en estatuas.

Fuente: La Voz del Interior