miércoles, 25 de noviembre de 2009

Uruguay: la televisión abierta deberá producir el 50% producción nacional, según un proyecto oficial

Proyecto. Regulan contenidos de televisión, cables, radios y cines para productos locales
El 50% de la TV privada abierta o de cable será de producción nacional -el 70% en la estatal-; las radios deberán emitir un tercio de música uruguaya, y los cines deberán pasar películas de factura local, si se aprueba un proyecto de ley oficial.
Ayer, tras el Consejo de Ministros del lunes, se materializó el envío al Parlamento de una normativa que regula los contenidos de radios, canales de TV y cines estableciendo porcentajes de programas de realizadores nacionales. La norma, sin embargo, tiene escasas chances de aprobarse antes del fin de esta legislatura y puede quedar para la agenda del Parlamento que asuma en 2010.
El proyecto fue elaborado básicamente en el Ministerio de Educación y Cultura y desarrolla una extensa fundamentación contraria a los monopolios de comunicación internacionales y a favor de la divulgación de valores y producción cultural local.
El proyecto se presenta, justamente como una norma que "garantiza el acceso a la diversidad cultural como un derecho humano esencial y se promocionan los valores múltiples y particulares de la sociedad uruguaya".
Se trata de "instrumentos jurídicos que garanticen a los ciudadanos el acceso a la diversidad cultural como un derecho humano esencial y a la promoción de los valores múltiples y particulares de la sociedad uruguaya en la apertura a un mundo cada vez más interconectado e interactivo, que a su vez genera nuevas dimensiones de integración".

Monopolios. La norma apunta a contrarrestar a los "grandes monopolios transnacionales" que se manejan "con criterios esencialmente mercantiles y comerciales" y "concentran la propiedad de empresas culturales" y "disponen de poderosas redes que orientan y controlan la producción y distribución de contenidos a nivel global".
"Estas corporaciones transnacionales dominan, en los hechos, gran parte del acceso a la diversidad cultural universal, teniendo incluso la capacidad de generar `productos culturales` y `modas` que son transmitidas en forma masiva en todas las culturas del planeta", señala la fundamentación del proyecto. "El mercado por sí solo no garantiza la diversidad cultural, por el contrario, los estudios y las estadísticas demuestran que ocurre todo lo contrario", agrega.
El gobierno considera que "frente a estas poderosas influencias transnacionales, es necesario que las culturas nacionales procuren y reclamen cierta protección, promoción y estímulo para poder seguir desarrollando sus potencialidades espontáneas, que surgen de claves identitarias reales de cada nación", así como "fortalecer la creación cultural nacional en el escenario global dentro de una estrategia de promoción" de los productos uruguayos en el mercado internacional.
"No se trata aquí de escapar del mundo; por el contrario, se trata de integrarnos al mundo fortaleciendo la producción cultural y artística nacional", se indica. "No se trata de crear burbujas artificiales que permitan la permanencia, con respiración asistida, de tradiciones y creaciones culturales que los propios ciudadanos ya no reconocen como suyas, sino de permitir que aquellas manifestaciones que viven y respiran, muchas de ellas con raíces únicas de identidad universal, puedan seguir desarrollándose y existiendo al margen de los embates comerciales de los grandes flujos internacionales", se abunda.
A su vez, esto permite persistir en el empeño del apoyo a la producción cultural nacional que se brinda "en el pleno convencimiento" de que Uruguay "tiene valores únicos e irrepetibles, que forman parte de la diversidad cultural universal, y que merecen ser preservados y divulgados". Asimismo se procura estimular a los profesionales locales en las diferentes ramas de la creación cultural. "Para que exista un premio Nobel, un campeón olímpico, un músico destacado, un actor de primer nivel, un guionista excepcional, es necesario que existan posibilidades de formación y múltiples mecanismos de promoción y estímulo para que de los muchos surja la excelencia", sostiene el gobierno.
Tras reseñar las normas existentes en materia de promoción de la producción cultural nacional que se consideran en su mayor parte de tipo como "meras declaraciones", se sostiene que "no se ha aplicado una política que establezca para los medios (cine, radio y televisión) cumplir con un porcentaje de producción cultural nacional, quedando en manos de los medios y empresas respectivas la más absoluta libertad de elección en lo que hace al contenido de sus emisiones".

Cuotas. Para la TV abierta privada se establece que "el 50 % de la programación total emitida deberá ser de producción o coproducción nacional", donde se incluyen los "noticieros, deportes, revistas, variedades, periodísticos, documentales, concursos, entretenimientos y todo tipo de ficción". De este porcentaje un 20% será "de ficción nacional (largometrajes, cortometrajes, telefilmes, telenovelas y seriales, comedia, drama policial, etc.), o programas de humor, videoclips musicales y difusión de espectáculos nacionales (teatro, ópera, recitales y conciertos, espectáculos de carnaval y otros)".
En el caso de la TV estatal la programación de producción nacional deberá trepar a 70% y 30% de este porcentaje será de ficción nacional.
Además, tanto la TV abierta privada como la pública "deberán emitir 2 (dos) estrenos televisivos al año, de un largometraje y otro indistinto de largometraje o telefilme de producción o coproducción nacional", y "al menos "un unitario, una telenovela y una teleserie al año".
Los programas educativos para niños y adolescentes "se contabilizará uno y medio por cada unidad a los efectos del cálculo del porcentaje" y lo mismo ocurrirá con "los programas nacionales que se emitan en los horarios centrales (entre las 19 y las 22 horas)".
Los canales nacionales para abonados deberán cumplir las mismas pautas que los abiertos.

Radios. Los operadores, proveedores y permisarios de contenidos y servicios de radiodifusión (pública o privada) por cualquier medio "deberán cumplir con un mínimo de emisión de música de origen nacional, que abarcará la tercera parte del total de la música programada y emitida efectivamente", señala la norma.
"En el caso de radios temáticas, de perfil claramente definido, se deberá instrumentar un programa o programas o selecciones musicales diarios, que cubran dos horas de emisión efectiva como mínimo, destinados a la difusión de producciones de músicos nacionales y latinoamericanos que encuadren dentro del perfil establecido por la emisora". Los programas se emitirán entre la hora 9.00 y la hora 18.00.
Se considera música nacional "aquella en la que el compositor, el autor de la letra o su intérprete sean nacionales (naturales o legales) independientemente del lugar en que la misma haya sido grabada o el origen de su producción fonográfica".

Cines. Para los cines las normas serán dictadas por el Instituto del Cine y del Audiovisual del Uruguay que establecerá la emisión de largometrajes y cortometrajes de producción nacional y asegurará los estrenos de películas uruguayas bajo "las mejores condiciones de exhibición". El organismo también certificará la condición de nacional de los films o audiovisuales.
En estas producciones solo podrán trabajar no más de un 20% de extranjeros como actores, músicos, directores, periodistas, artistas, investigadores y técnicos.

Un árbitro entre los agentes
Las diferencias entre los actores involucrados en la ley se dirimirán ante el Instituto de Mediación Cultural que crea la norma del Poder Ejecutivo como "órgano desconcentrado" del Poder Ejecutivo.
"Este instituto se integrará con tres Consejeros cuya designación por la Asamblea General será a propuesta del Poder Ejecutivo y deberá contar con el aval de los 2/3 de dicha Asamblea General", pero si pasados 60 días no se alcanzan estos votos, bastará con la mayoría simple del organismo.
Los consejeros de este instituto durarán cinco años en sus funciones y podrán ser reelectos por única vez.
No podrán ser nombrados en estos cargos quienes detenten cargos políticos o de particular confianza, sean dirigentes partidarios o sindicales o de asociaciones vinculadas a los medios de comunicación. Tampoco podrán ser jueces o fiscales, o tener actividad profesional, liberal, mercantil o laboral vinculada directa o indirectamente con los medios de comunicación cualquiera sea su naturaleza.

Sanciones, multas y cierres
Los incumplimientos de los operadores privados se sancionarán de diversas maneras. Si se trata de multas serán entre 30 y 300 unidades reajustables (hoy entre $ 12. 926,7 y $ 1.292.670) de acuerdo a lo establecido en la ley de radiodifusión de la dictadura aprobada en 1977. Puede, incluso, revocarse el permiso de emisión de un canal o radio, ya que las ondas son propiedad del Estado.
Se establece una graduación de sanciones, desde la observación y el apercibimiento hasta la multa y la suspensión de la actividad del emisor por 90 días, el decomiso de equipos o la revocación del permiso.
Se aplicarán los criterios establecidos en una norma presupuestal del año 2001 donde se establece, entre otros aspectos que "la aplicación de multas estará basada en el perjuicio económico que le ocasiona a los usuarios recibir prestaciones en condiciones no satisfactorias". El proyecto no aclara quién aplicará las sanciones.

Legislación en otros países
La fundamentación del proyecto del Ejecutivo apela a legislación comparada.
En la Unión Europea se prescribe que "los Estados Miembros se aseguran, cada vez que eso es realizable y por medios apropiados, de que los Organismos de radiodifusión televisiva reservan el mayor porcentaje de su tiempo de difusión a obras europeas".
En Francia los canales abiertos y para abonados tienen la obligación de incluir, especialmente en horas de gran audiencia, por lo menos un 60% de obras europeas y un 40% de obras francesas. También se establecen distintas cuotas pantalla que apuntan al público infantil.
En Canadá, la Broadcasting Act, establece que el licenciatario público debe dedicar no menos del 60% de la programación de la última tarde y noche a la emisión canadiense y no menos del 50% a los licenciatarios privados.
En España se establecen los porcentajes mínimos: el 15% de producción propia del titular de la concesión; el 40% de producción originaria en países integrantes de las comunidades europeas y el 55% de programación originaria española.
En Argentina el reciente proyecto de la Ley de Radiodifusión establece que "las radios deberán contar con al menos 70% de producción local en materia de contenidos, mientras que la televisión deberá cumplir con un mínimo de 60%.
También se cita que en el TLC de Chile con EE.UU. se estableció a favor del país latinoamericano una reserva cultural sobre los contenidos de los medios electrónicos. Así los programas de apoyo gubernamental y otros subsidios a las industrias culturales están fuera de las limitaciones y obligaciones del capítulo de servicios del Tratado.

Fuente: El País Digital