lunes, 12 de mayo de 2008

Informe del Observatorio de la Libertad de Expresión de la Universidad de Málaga

Declaración de Málaga 2008
1 La información es un nutriente básico de la opinión pública que contribuye a definir su evolución cultural y su madurez democrática. La información está llamada a reducir la incertidumbre, aumentar el diálogo entre los pueblos y desarrollar el consenso y la cultura de la paz.

2 El respeto al derecho a una información libre y verificable, construida de acuerdo con los intereses plurales de las sociedades democráticas, debe ser un principio básico para quienes, desde la legítima libertad de empresa, son titulares de los medios donde se desarrolla la actividad de los periodistas.

3 La libertad de prensa de las democracias no debería ser comparada sin matices diferenciales, como ocurre en ciertos rankings mundiales, con las prácticas de regímenes autoritarios y dictaduras que ejercen la censura, ya que así se produce la sensación complaciente, no siempre cierta, de que aquella carece de problemas en las naciones democráticas.

4 La visión que concibe los medios informativos exclusivamente como un negocio, la precariedad laboral y la escasa independencia crítica de los periodistas, así como las intrusiones públicas y privadas sobre la agenda de los medios, destinadas al control de la información, son hoy los principales males que afectan a la libertad de prensa en España.

5 La mayor atención a los derechos de las audiencias, cuyo primer atributo democrático es su condición cívica y ciudadana, debe ser garantizado mediante compromisos éticos basados en el respeto constitucional del conjunto de derechos que hacen libre al individuo en el plano social.

6 Los directores de los medios deben esforzarse en su responsabilidad pública de acentuar la calidad de la construcción periodística, distinguiendo claramente entre opinión e información, y evitar que la publicidad, que emplea los soportes mediáticos para dar a conocer sus bienes y servicios, trate de obtener ventajas que afectan directamente a la libertad de prensa.

7 Los responsables de los centros universitarios deben vigilar que las prácticas de sus alumnos en los medios no se conviertan en soluciones alternativas al empleo profesional, en condiciones de precariedad, y sean un impedimento para su formación presencial durante el período lectivo. Asimismo, tratarán de evitar las prácticas gratuitas, negándose a certificar las actividades que no tengan la correspondiente compensación económica.

8 Los responsables de las Administraciones Públicas, como gestores institucionales de la vida democrática, deben vigilar que en las relaciones con los medios no se produzcan nuevas formas de censura que busquen la no publicación, la modificación o la inclusión de determinados contenidos, empleando para ello el poder que les otorga el manejo de la publicidad institucional, pagada con recursos públicos.

9 Los actores públicos no deben marcar de forma impositiva los valores de la agenda periodística o condicionar la noticiabilidad, relegando las demandas informativas del periodista a su capricho, conveniencia política o a estrategias de comunicación interesadas.

10 La libertad de prensa y, por extensión, la libertad de expresión, están íntimamente relacionadas con el derecho a la información, por lo que la defensa de la libertad y la exigencia del derecho requieren de acciones que contribuyan a la alfabetización mediática. La alfabetización mediática está llamada a habilitar al ciudadano en el consumo responsable de los medios y en la defensa de sus derechos relacionados con éstos últimos.

Málaga, 5 de mayo de 2008