El Sindicato de Prensa Rosario y la Asociación de Prensa de Santa Fe expresan su preocupación por el texto de la ley provincial 14.256 que se refiere a la "Gobernanza de Datos" e incluye en un capítulo, de forma escueta, el derecho de Acceso a la Información Pública. Esta norma, que debería ser un pilar para la transparencia de las gestiones de gobierno, no obstante no fue dada a conocer por las autoridades provinciales, tal como hubiese sido necesario y resulta absolutamente desconocida para la sociedad santafesina.
El texto de la ley es limitativo para el ejercicio de este derecho. Cuando el acceso a la información en poder del Estado debe ser irrestricto para cualquier persona que la requiera, la 14.256 exige algo más: la "acreditación de un interés simple", un requisito que no debiera pedirse, ni ningún otro, para que se cumpla con el principio del acceso sin restricción. Nos preguntamos ¿quién evaluará si ese "interés simple" califica para el acceso solicitado?, sin contar con que también se deberá aportar prueba documentada de ese interés.
El texto sancionado tiene, además, ausencias importantes, ya que no define los principios del Derecho a Saber sobre la información que se encuentra en manos de los tres poderes del Estado; no prevé ninguna sanción para el incumplimiento de los actores obligados a brindar información; no define el mecanismo de acceso, los plazos de entrega, ni los recursos que el solicitante pueda transitar en el caso de denegatoria o silencio.
Las excepciones son muy amplias y genéricas, y permiten que el sujeto obligado pueda decidir a su antojo si entrega la información o no: como ejemplo se puede citar que no se entregará cuando la información sea "susceptible de ser aprovechada por el requirente en forma indebida o en desmedro del principio de igualdad o de la libre competencia de otras personas". Es decir que abre una puerta enorme para que una autoridad de aplicación -que el texto legal no menciona- sea todopoderosa y pueda decidir si da o no publicidad a los actos de gobierno.
El acceso a la información pública es un reclamo de nuestras organizaciones sindicales y de otras numerosísimas que integran la sociedad civil, tal como se expresó en actos públicos, reuniones con legisladores y campañas de firmas a lo largo de tantos años. Hace pocos días tomamos conocimiento del texto legal que niega la que debe ser la esencia de este derecho: poder conocer la información pública sin ningún tipo de restricciones o condicionamientos.
Tiempo atrás el Senado hablaba de interés legítimo y dejó que todos los proyectos perdieran estado parlamentario por casi 20 años. Ahora la limitación adquiere otras formas que contrarían los estándares internacionales y se pierde en mecanismos burocráticos.
Desde el SPR y la APSF debemos decir que, una vez más, el deseo y la convicción por impedir aparecen de manera descarnada en el texto de la ley que no está a la altura de las necesidades ni del derecho de lxs santafesinxs.
Estamos a pocos días de elegir a quiénes serán los convencionales constituyentes y tendremos luego una nueva Carta Magna que deberá contener el Derecho a Saber redactado de manera amplia y generosa para quienes son lxs destinatarixs y componen la sociedad santafesina.
Una nueva ley de Acceso a la Información Pública deberá redactarse en consonancia con los mejores estándares y con la letra y el espíritu de las normas que involucran a los poderes del Estado, ya que se trata de una herramienta vital para el fortalecimiento del sistema democrático y la transparencia respecto a la información pública.
Sindicato de Prensa Rosario - Asociación de Prensa de Santa Fe