miércoles, 23 de octubre de 2024

El ENaCom borra legislación que garantizaba la pluralidad de voces

El gobierno de Javier Milei, mediante la Resolución 1094/2024 del Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom), ha decidido eliminar la obligación que tenían las empresas de televisión por paga de incluir en sus grillas las señales informativas de origen nacional y aquellas cuya propiedad es del Estado Nacional. Esta resolución fue publicada hoy en el Boletín Oficial y representa un cambio significativo en la normativa vigente, derogando regulaciones establecidas durante las administraciones de Mauricio Macri y Alberto Fernández.
La norma eliminó la obligación de incluir "señales de contenido informativo eminentemente federal, en las respectivas grillas de programación de los servicios de televisión por suscripción por vínculo físico y/o radioeléctrico y satelital"
La resolución, firmada por el interventor, Juan Martin Ozores, se basa en varios considerandos que buscan justificar esta acción. En primer lugar, se menciona el contexto de la creación del ENaCom, establecido por el Decreto N° 267 de 2015, que confiere al organismo la responsabilidad de aplicar las leyes de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Con el objetivo de modernizar el marco regulatorio y promover la convergencia de sistemas, se considera que muchas regulaciones anteriores se han vuelto obsoletas y dificultan el avance tecnológico.

Asimismo, el gobierno libertario sostiene que la regulación anterior imponía cargas innecesarias a las empresas, limitando su capacidad para adaptarse a un entorno cambiante y competitivo. Se menciona la necesidad de garantizar la igualdad ante la ley y de evitar que ciertos licenciatarios reciban un tratamiento normativo más favorable en función de la tecnología que utilicen.

El Decreto N° 70/23, declaró la emergencia en varias áreas, dispone la derogación total o parcial de un conjunto de leyes vinculadas con la regulación económica y establece que es fundamental eliminar las barreras estatales que obstaculizan el desarrollo económico. En este sentido, se argumenta que otorgar mayor libertad al sistema de comunicaciones es crucial "con el fin de corregir la crisis terminal que enfrenta la economía argentina...".

La resolución también hace referencia a la Ley N° 27.078, que promueve el desarrollo de las TIC y establece la neutralidad de las redes: "con el objeto de posibilitar el acceso de la totalidad de los habitantes de la República Argentina a los servicios de la información y las comunicaciones en condiciones sociales y geográficas equitativas, con los más altos parámetros de calidad, excluyendo cualquier tipo de regulación de los contenidos, cualquiera fuere su medio de transmisión".

La medida busca simplificar el marco normativo y garantizar que las empresas de televisión por paga puedan operar con mayor flexibilidad. La derogación de varias resoluciones anteriores permite que cada prestador ajuste su oferta de contenido según su estrategia comercial y las demandas del mercado, sostienen en el desarrollo de la Resolución 1094.

El ENaCom, asegura que con esta medida se busca garantizar condiciones equitativas para todos los prestadores de servicios de radiodifusión, eliminando las restricciones sobre la inclusión de señales específicas en sus grillas y busca fomentar un entorno más competitivo y dinámico en el sector de las telecomunicaciones, alineándose con las políticas del actual gobierno para modernizar y desregular la economía.

El anticipo
El vocero presidencial, Manuel Adorni, había anunciado el lunes esta decisión: "siguiendo los lineamientos del decreto 70/2023, que incluye modificaciones a la ley 27.078 Argentina Digital, el Ente Nacional de Comunicaciones va a derogar la resolución 1491/2020, así como también la obligación de incluir señales de carácter informativo en la grilla de programación. Con esto van a quedar corregidas las asimetrías entre los servicios TIC y los servicios audiovisuales".

Copia de la Resolución 1645 dictada durante el gobierno de Macri
Decretos para fortalecer el acceso a la información
El Ente Nacional de Comunicaciones -a lo largo de estos años-, ha emitido distintas resoluciones, que determinaban la obligatoriedad de incluir señales de noticias en las grillas de programación de los servicios de radiodifusión por suscripción en Argentina. Esta medida afectaba a los titulares de Licencia Única Argentina Digital que operan tanto mediante vínculos físicos y/o radioeléctricos como satelitales (DTH).

Las resoluciones se enmarcan dentro del Decreto N° 267 de diciembre de 2015, que estableció el ENaCom como autoridad de aplicación de las leyes de comunicación. En este contexto, se revisaron las obligaciones impuestas a los licenciatarios de televisión por suscripción, quienes debían ajustarse a los requisitos establecidos en los pliegos de bases y condiciones que rigen sus licencias.

El artículo 12 del reglamento de servicios de radiodifusión aprobado en 2016 detallaba que las señales debían garantizarse en las áreas de cobertura, alineándose con el principio de neutralidad de red. Esta normativa buscaba asegurar que los contenidos informativos de interés nacional estén disponibles para todos los usuarios, fortaleciendo el acceso a la información en el país.

Con esa normativa, los proveedores de televisión por suscripción estaban obligados a emitir esas señales en sus grillas, lo que representa un paso hacia la consolidación de la oferta de contenidos informativos, promoviendo una mayor pluralidad en el espectro mediático, decía la normativa ahora derogada y sostenía que esa inclusión era fundamental para garantizar el derecho a la información de la ciudadanía y contribuir al fortalecimiento de la democracia. La medida se justificaba a base de la aceptación previa de los requisitos por parte de los licenciatarios al momento de obtener sus licencias.

Los licenciatarios debían garantizar la emisión sin codificar de las señales de Radio Televisión Argentina Sociedad del Estado; de todas las emisoras y señales públicas del Estado Nacional y de todas aquellas en las que el Estado Nacional tenga participación; la emisión sin codificar de las señales de los Estados Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la Iglesia Católica Argentina y de las Universidades Nacionales, cuya área de cobertura coincida con el Área de cobertura del servicio; la inclusión, sin codificar, de las emisiones de los servicios licenciatarios de televisión abierta de origen, cuya área de cobertura coincida con el Área de cobertura del servicio; la inclusión de aquellas señales cuyo eje temático sea programación informativa eminentemente federal, vinculada a los ámbitos regional, provincial y local, además del contenido informativo internacional y nacional, conforme lo determine el ENaCom.

Entre otras señales estában obligados a emitir: TN, A24, C5N, Crónica TV, CANAL 26, LN+, Ahora Play, El Destape, Perfil Política y Economía, Argentinísima Satelital, Norte Grande Federal, Multivisión Federal. 

Comunicado de la Coordinadora Nacional de Televisoras Alternativas (CoNTA)El gobierno de Milei, a través del ENaCom intervenido, derogó la resolución 1491/20 y ahora las empresas de cable ya no tendrán la obligación de incluir en sus grillas a los canales comunitarios que tienen licencias ganadas por concurso público.

Nuestros canales BarricadaTV, ParesTV y UrbanaTeVe tenían el aval de las normativas para acceder al cable. Sin embargo, las empresas se negaron todos estos años y las distintas gestiones avalaron la censura con su inacción.

La censura de ayer y la de hoy afecta no sólo a nuestra libertad de expresión sino al derecho que tienen las audiencias a poder elegir otros canales para ver en la TV, favoreciendo a la concentración de voces.
Sin medios comunitarios no hay democracia