Estuvo circulando un comercial de radio y televisión de la Secretaría del Conocimiento, dependiente del Ministerio de Economía y realizada por tecnología de Inteligencia Artificial (voces e imágenes programadas). El spot está destinado a promocionando la Feria "Econar", con la gravedad que no tenía la participación de un locutor habilitado para tal fin, cómo marca la Ley Audiovisual. Mediante una carta, la CATE llevó su reclamo al ministro Massa
Al Señor
Ministro de Economía de la República Argentina
Sergio Tomás Massa
S/D
De mi mayor consideración:
Quien suscribe, Miguel Ángel Paniagua, en mi carácter de Secretario General de la Confederación Argentina de Trabajadores del Espectáculo Público y Afines de la República Argentina (CATE), me dirijo a Usted con el fin de solicitar su intervención para solucionar un problema de carácter profesional y laboral. La CATE está conformada por 20 organizaciones vinculadas al espectáculo. Uno de sus miembros es el Sindicato Argentino de Locutores y Comunicadores -SALCo-.
Dentro de las principales emisoras de radio y Tv se está emitiendo una campaña de la "Secretaría del Conocimiento - Ministerio de Economía", realizada íntegramente por tecnología de inteligencia Artificial (voces e imágenes programadas), promocionando la Feria "Econar" sin la participación de un locutor habilitado para tal fin. Esa tarea configura una clara transgresión a la profesionalidad del locutor dispuesto en la Resolución 709/ComFeR/03, la CCT 302/75 (arts. 69 y 7%), la CCT 214/75 y la CCT 215/75 (art 5% y la Ley 26522 de Servicios de Comunicación Audiovisual que establece en su Capítulo VII - Publicidad: Artículo 81. — Emisión de publicidad. Los licenciatarios o autorizados de los servicios de comunicación audiovisual podrán emitir publicidad conforme a las siguientes previsiones: Inc. o) La emisión de publicidad deberá respetar las incumbencias profesionales. Las incumbencias profesionales del locutor están reglamentadas a través de la Convención Colectiva de Trabajo (CCT) 302/75 (arts. 6º y 7%, las CCT 214/75 y 215/75 (art 5%, y la Resolución 709/ComFeR/03. En el mismo sentido, la Notificación oficial Nº 2022-94263651/ENaCom con fecha 07/07/22 recuerda la normativa aquí citada y reafirma que los locutores matriculados son los únicos habilitados para ejercer las funciones señaladas, incluida la publicidad no tradicional.
Al mismo tiempo, me parece pertinente comentarle que hace unos días se llevó a cabo una Reunión técnica sobre el futuro del trabajo en el sector de las artes y el entretenimiento en la OIT, en Ginebra, de la cual participé en mi carácter de Presidente de UNI MEI Américas — Panartes. De esta reunión se adoptaron una serie de conclusiones respecto a esta problemática y, puntualmente, uno de los puntos hace referencia a la necesidad del diálogo social para concebir y aplicar medidas sólidas que aseguren la adopción de un enfoque del uso de las nuevas tecnologías centrado en las personas,
Las IA "son tecnologías muy poderosas como para ser liberadas al uso público sin antes pasar un escrutinio riguroso y sin un marco legal que establezca limitaciones y responsabilidades" advirtió Femando Schapachnik director ejecutivo de Fundación Sandosky y uno de los referentes del Encuentro Latinoamericano de Inteligencia Artificial 2023 realizado en Montevideo.
Por lo expuesto anteriormente, le solicito una pronta intervención para poder poner fin a esta situación en procura de la preservación de la profesionalidad del Locutor y evitar el desplazamiento de puestos de trabajo, al mismo tiempo, espero que disponga el levantamiento inmediato del spot publicitario descripto.
Quedo a disposición para cualquier consulta o si necesita que amplíe o detalle la información.
Desde ya, muchisimas gracias Sr. Ministro.
Lo saludo muy atentamente,
Miguel Ángel Paniagua
Secretario General de CATE