martes, 17 de mayo de 2022

Canal 9: Anulan el procesamiento de Ángel Remigio González y González, El Fantasma

La Sala I de la Cámara Federal con asiento en Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dictó un fallo anulando el procesamiento que había emitido la Jueza Federal en primera instancia María Servini de Cubría sobre el empresario, de origen mexicano, Ángel Remigio González y González por el traspaso accionario de Canal 9 a su abogado Carlos Eduardo Lorefice Lynch.

González y González ahora fortalece su posición que apunta a la recuperación de la emisora, hoy en propiedad del empresario y sindicalista, titular del Grupo Octubre, Víctor Santa María.

En su fallo, los camaristas Pablo Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Mariano Llorens señalaron que el procesamiento dictado por Servini "detenta falencias relevantes de fundamentación" y que hubo "vulneración de las garantías del debido proceso legal y del derecho de defensa por las que debe velar la judicatura".

También quedó sin efecto el embargo de 100 millones de pesos que recaía sobre el mexicano, quien ahora además es ciudadano estadounidense.

De este modo, el Tribunal resolvió "anular la resolución apelada (arts. 123, 166 y 168 del CPPN) y remitir las actuaciones para que se dicte un nuevo pronunciamiento, de conformidad con los lineamientos señalados".

Asimismo, los jueces argumentaron que al Fuero Penal no le compete "decidir acerca de la titularidad del paquete accionario de una sociedad comercial, la cual además tiene su sede social en una jurisdicción extranjera y se encuentra registrada en nuestro país".

De esta forma, se presenta un escenario complicado para Lorefice Lynch, ex presidente de Canal 9, y para el Grupo Octubre, controlado por Víctor Santa María (secretario general del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal -SUTERH-), ya que González tendría el camino allanado para solicitar la nulidad de la transferencia de Canal 9, elNueve, cómo se denomina ahora, según confirmaron allegados del empresario al diario Clarín.

La jueza María Servini de Cubría procesó en noviembre del año pasado a González y González bajo la figura de "estafa en grado de tentativa" por el traspaso de acciones del Canal 9 a su exabogado Carlos Lorefice Lynch.

La compañía es una LLC (Limited Liability Company una Sociedad de Responsabilidad Limitada), que se llama Grupo Belleville Holdings (GBH) y está radicada en Delaware, Estados Unidos, en donde también litigó el empresario ex dueño de Canal 9, llegando igualmente a un fallo que lo beneficia.

El ex abogado de la firma, Carlos Lorefice Lynch, asegura que "mediante sendos contratos suscriptos con González González, él habría adquirido el 65% del paquete accionario".

En cambio, González y González, asevera que "dichos contratos fueron una mera simulación, orquestada por el propio Lorefice como abogado y asesor de González y González, para cumplir con la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual".

Recordaron los jueces que el asunto se debatió en los tribunales de Delaware, en los Estados Unidos y en la justicia comercial. "No es al Fuero Penal al que corresponde decidir acerca de la titularidad del paquete accionario de una sociedad comercial, la cual además tiene su sede social en una jurisdicción extranjera y se encuentra registrada en nuestro país a los efectos de poder integrar alguna sociedad local", indicaron.

Y señalaron que lo que se debe decidir es "si existió o no un posible hecho delictivo en virtud del cual pueda atribuirse responsabilidad al imputado Ángel Remigio González y González".
Tal es así que, analizando su procesamiento, concluyeron que "presenta vicios de fundamentación que ameritan que sea invalidado". Le criticaron que la calificación del delito no tiene suficientes fundamentos, ya que no identifica los elementos "de ardid o engaño, error, disposición patrimonial y perjuicio; que deben estar enlazados causalmente entre sí".

Además, en la indagatoria se acusó a Gonzalez y González de falsificar una certificación y presentarla ante la Secretaría de Estado de Delaware. Pero la jueza "omitió analizar y resolver sobre este aspecto de la imputación -referido a una posible falsedad de documento público-; o al menos, sus conclusiones no quedaron plasmadas".

"Esta cuestión resultaba vital por sus efectos sobre el núcleo de la imputación, con respecto al despliegue de un ardid dirigido a lograr la disposición patrimonial que desapoderase al querellante del paquete accionario de GBH. En concreto, no queda claro si la hipótesis delictiva sostenida en la anterior instancia ha descartado o no la falsedad de tal documento", escribieron los jueces.
En su fallo del pasado 13 de mayo, la Cámara sostiene que no fue Ángel Remigio González y González quien acudió a una "jurisdicción extranjera" para resolver el planteo, sino que fue el propio Carlos Eduardo Lorefice Lynch, quien fue a la Corte de Delaware, donde perdió el pleito en junio de 2021. Los camaristas también sostienen que Servini no tuvo en cuenta esa sentencia ni la valoró como prueba documental.
Se observa una contradicción, dicen los camaristas, entre el procesamiento y las constancias de la causa. El proceso ante la justicia del Estado de Delaware, donde tiene su sede social GBH, fue iniciado por la demanda interpuesta por Lorefice Lynch contra González y González, alegando un intento de fraude.

El procesamiento dictado, dijeron los jueces, "no permite advertir cuál habría sido concretamente la conducta defraudatoria desplegada. Fundamentalmente, al no haber individualizado un artificio con entidad suficiente como para constituir el ardid que el delito demanda como uno de sus elementos típicos".

"Tampoco se ha explicado suficientemente de qué modo el error, que aquel ardid habría provocado en la autoridad administrativa -la Inspección General de Justicia-, podría haber generado una disposición patrimonial que resultase en un perjuicio para el querellante", escribieron.

Aseguraron que "si el objeto de la estafa cuya comisión se endilga a González y González era el paquete accionario de la firma GBH y la intención era "desapoderar a Lorefice Lynch" de esos bienes, no queda claro de qué forma podría haberse conseguido tal objetivo a partir de la presentación de un certificado ante la IGJ, a través del cual se pretendía la inscripción de un nuevo representante legal de la sociedad".

"El único escenario posible para un eventual desapoderamiento de las acciones de Lorefice Lynch por parte de González y González (a través de una supuesta maniobra defraudatoria), sería que este último hubiera sido verdaderamente el titular de aquéllas. Y tal premisa, que constituye en definitiva el núcleo central de la controversia, no ha sido suficientemente profundizada por la resolución en crisis", escribieron los jueces.

Por eso mandaron a jueza que haga un "completo análisis" del expediente, entre las cuales se encontraban las decisiones dictadas en el Estado de Delaware, así como las actuaciones en trámite y resoluciones dictadas por la justicia comercial. "La valoración que se ha realizado al respecto se evidencia insuficiente", señalaron.

Así, dispusieron anular la resolución apelada y remitir las actuaciones a la jueza para que se dicte un nuevo fallo.

Fallo en Estados Unidos
En agosto de 2020 la jueza Morgan Zurn, del Estado de Delaware, dictó un fallo en el que ordenó al abogado Lorefice Lynch devolverle las empresas controlantes de Canal 9 a González y González, titular del grupo Albavisión, que posee numerosos canales de TV y radios en América latina.

En ese fallo, la jueza Zurn sostuvo que Lorefice Lynch actuó como "testaferro" del empresario mexicano cuando compró la emisora televisiva en 2006 a Daniel Hadad. Luego "elaboró un esquema de estafa más sofisticado" y se apropió del Canal 9, desapoderando a González y González, sostuvo el fallo de Zurn, que luego fue confirmado por la Corte Suprema de Delaware.

"Actuó de mala fe, con alevosía y ventaja fabricando un entramado (de sociedades) con el objeto de despojar de forma ilegal al Grupo Albavisión de sus activos en Argentina", sostuvo el fallo de Delaware.
Fuentes: Clarín, La Nación, Señales