lunes, 19 de octubre de 2020

Otorgan a la Iglesia Católica de Córdoba una licencia de TV digital

El Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom) resolvió asignar a la Iglesia católica de Córdoba una licencia de televisión digital. La resolución 1108/2020, publicada en el Boletín Oficial este lunes 19 de octubre, detalla las consideraciones que motivaron a la autorización y los parámetros técnicos que tiene esta nueva frecuencia digital

Resolución Sintetizada 1108/2020

RESOL-2020-1108-APN-ENACOM#JGM FECHA 14/10/2020 ACTA 64

EX-2020-34876129-APN-DNSA#ENaCom

El Directorio del Ente Nacional de Comunicaciones ha resuelto: 

1 - Autorizar a la Iglesia Católica Apostólica Romana para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de televisión digital terrestre abierta en la norma ISDB-T, en el canal digital 29.2 de la banda de UHF, con categoría B, formato de transmisión HD 720 (tasa de transmisión de hasta 6,5 Mbit/s), bajo la modalidad de autorizado, para ser prestado en el ámbito del Arzobispado de Córdoba, de la ciudad de Córdoba.

2 -. Dentro de los 180 días corridos de notificado el presente acto, la autorizada deberá cumplimentar los requisitos técnicos con ajuste a la norma técnica aprobada por Resolución N° 7-SC/2013 y a la Norma Nacional de Servicio de Televisión Digital Terrestre Abierta aprobada por Resolución N°  1.047-AFSCA/2014 y su modificatoria Resolución N°  1.329-AFSCA/2014; acompañando la documentación suscripta por un profesional de la Ingeniería, y adjuntar el Certificado de Encomienda Profesional, extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación o por universidades nacionales con convenios de reciprocidad con éste o con el Ente Nacional de Comunicaciones, de la que surja la instalación de la infraestructura y equipamientos propuestos para la generación de contenidos y su transporte y asimismo que la señal es suministrada al encargado de la transmisión y multiplexación con el formato y modalidad requerida para su emisión. 

3 - La autorizada asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC.

4 - Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la autorizada deberá presentar la Declaración Jurada Anual de Servicios de Comunicación Audiovisual-

5 - Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial. 

Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

Ver también: ¡Oh, Dios!: Canal Orbe 21 cesó la transmisión de su señal satelital