martes, 22 de mayo de 2018

Periodismo y conflicto en el subte: Comunicar con responsabilidad

La cobertura del conflicto en el subte
Comunicar con responsabilidad
Desde el Sindicato de Prensa de Buenos Aires exhortamos a lxs periodistas que trabajan en medios comerciales y públicos a extremar nuestra conciencia y responsabilidad en la cobertura del conflicto que atraviesan los trabajadores del subte y ante las evidencias de que, como se ha observado en la jornada de hoy, se trata de un tema en que la linea editorial empresaria se expresa agresivamente y esa presión amenaza el ejercicio de nuestro oficio con responsabilidad social.

En nombre del rigor informativo, conviene tener presente algunas certezas legales:

1) La Constitución Nacional (art, 14 bis), la legislación vigente en Argentina, los tratados internacionales de jerarquía superior a las leyes, el Convenio 87 de Libertad Sindical de la organización Internacional del Trabajo (OIT); todos garantizan el derecho a huelga de TODOS los sindicatos, tengan o no personería gremial.

2) Que recientemente la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente "Orellano, Francisco c/ Correo Argentino" ha considerado que los sindicatos con simple inscripción (sin personería gremial) tienen entre sus derechos, en forma indubitable, el ejercicio de medidas de fuerza como parte del derecho a huelga.

3) Que la personería gremial que ostentaba la Asociación Gremial de Trabajadores del Subte y el Premetro, qué la Justicia ordenó revisar, se trata de un trámite inconcluso, aun sin resolución definitiva, pero que en cualquier caso no existe duda sobre la representatividad y el mayor número de afiliados de la Asociación gremial de trabajadores del Subterráneo y Premetro (AGTSyP) dentro de su actividad, hecho reconocido por la autoridad pública.
4) Que ninguna cuestión administrativa o legal le impide al Ministerio de Trabajo de la Ciudad de Buenos Aires convocar a ningún sindicato, con o sin personería gremial, incluso a cualquier grupo de trabajadores aún no organizados sindicalmente, a los fines de la resolución de un conflicto.

5) Que la expresión presuntamente inocua y aséptica de "incidentes" no expresa con precisión la respuesta con que el Estado ha afrontado el día del hoy el conflicto. Un uso riguroso del lenguaje torna evidente que el término "represión" se ajusta más a los hechos, sin que ello importe necesariamente un juicio sobre la legalidad y/o legitimidad de ese acto represivo.

Los trabajadores de prensa tenemos la obligación de informar con responsabilidad social y el deber de darle micrófono (porque voz ya tiene) a cualquier actor social en ejercicio de sus derechos constitucionales, más si se trata de un miembro de la clase trabajadora como nosotros que pelea por el salarlo y sus condiciones de trabajo, como ocurre en cualquier redacción.

La linea editorial en los medios está en manos de los empresarios, pero los trabajadores de prensa conservamos el derecho de no publicar y no participar de informaciones que violentan las más elementales pautas de nuestro oficio. Llamamos a las periodistas y los periodistas a ejercer nuestra tarea sin resignar nuestros derechos.
Sindicato de Prensa de Buenos Aires