Por: Marcelo Bermolén*
Qué tienen en común los índices de pobreza, la nómina de sueldos del presidente y sus ministros, el listado de beneficiarios de los planes sociales, el contrato celebrado entre YPF y la empresa Chevron o el manejo de la pauta oficial publicitaria? Todos ellos, fueron pedidos de información pública que el gobierno saliente se negó a responder y que, judicializados –incluso con intervención de la CSJN–, culminaron en fallos ejemplares que reconocieron a su acceso como un derecho humano con protección constitucional. Fue necesaria esa vía para obtener una respuesta estatal ‘completa, adecuada, oportuna y veraz’ y reestablecer el principio de ‘máxima divulgación’.
Un panorama desolador mostró el reciente traspaso de poder, donde las trituradoras y el borrado de discos duros exhibieron sin piedad la desvalorización por la memoria institucional y la escasa conciencia de la clase política por la conservación de información pública esencial. Esa misma orfandad ha llevado a que la Argentina integre el exiguo lote de países del continente sin una ley de acceso a la información pública, pese a la existencia de numerosos proyectos que sólo alcanzaron –a lo largo de más de una década– una pírrica media sanción legislativa.
La declaración de principios en favor de políticas de transparencia ha sido un clásico de las nuevas administraciones, bastando con recordar que el Presidente Kirchner firmó en 2003 el decreto 1172 (vigente) que impuso su aplicación al PEN y cuya profundización se desvaneció con el ejercicio del poder. Una ley en materia de acceso a la información pública es imprescindible y su fijación como política de estado se hace indispensable para marcar un nuevo estándar.
Por eso es bienvenida la iniciativa oficial de renovar su impulso. Permitiría establecer una autoridad de aplicación independiente (evitando las falencias del actual modelo en que el Ejecutivo se controla a si mismo), implantar políticas de transparencia activa, precisar pautas de Gobierno Abierto y regular las bases de datos públicas.
Resulta elemental la fijación de un régimen de sanciones efectivo para el funcionario que vulnere indebidamente su acceso y establecer parámetros de producción de información confiable. El alcance de la ley a los tres poderes resulta de singular importancia, en tanto el acceso a la información sobre el manejo de fondos en los Poderes Judicial y Legislativo exhibe hasta hoy ausencia de regulaciones.
Se precisa, además, de un cambio cultural. En los funcionarios para que ahonden el concepto de República, pero sobre todo en la sociedad que desconoce la existencia de ese derecho. Su práctica en las escuelas resultaría básica para que los jóvenes aprendan a peticionar, controlar y participar en la vida pública con la certeza de que la información es poder.
*Profesor de la Escuela de Política y Gobierno de la Universidad Austral
Fuente: El Cronista