sábado, 10 de octubre de 2015

Martín Becerra: "El Estado no ha generado las condiciones para que los medios comunitarios puedan legalizarse”

Derrocando a Roca publicó una nota a Martín Becerra. Allí el docente e investigador del Conicet realiza un balance de las leyes de Servicios de Comunicación Audiovisual y Argentina Digital, la concentración mediática y la lucha de los medios comunitarios para lograr una licencia
Se cumplen 6 años de la sanción de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 26522, ¿qué rescatas de positivo?
Rescato bastantes cosas de esta ley. Por un lado, que hubo una discusión muy amplia. Les diría que por primera vez en la historia argentina, se dio la discusión sobre la función de los medios, la estructura de propiedad y sobre el rol que deben cumplir en la sociedad. Esa discusión social y política, en muchos casos con posiciones que uno podría decir muy simplificadoras, fue inédita y con un saldo muy importante. Se trata ver las formas que tenemos de construir el espacio de lo público, en donde me parece bueno que no haya tabúes. Y el tema de los medios, costaba que se discutiera, que ingresara en la agenda política. Por otro lado, el texto de la ley creo que tiene objetivos muy buenos, tienen que ver con la inclusión, con la reserva de un 33% para organizaciones sin fines de lucro, y plantea cuotas de producción nacional e independiente.

Esta ley plantea una apertura a la pluralidad de voces…
Sí. La ley dice específicamente que tiene que disminuir la concentración de la propiedad de los grandes medios comerciales para estimular la diversidad y el pluralismo. Establece que los medios del Estado tienen que ser plurales y no gubernamentales. No tienen que ser un dispositivo de propaganda oficial sino que deben albergar distintas perspectivas e ideas.

Entonces teniendo en cuesta estos objetivos, ¿Ha habido desde la sanción de la Ley Audiovisual una menor concentración mediática?
No. A casi 6 años de su sanción, uno se puede preguntar ¿qué es lo que se concretó de ese texto? Muy poco. No hay menos concentración mediática que en 2009. La estructura de propiedad del sistema de medios sigue tan concentrada como hace 6 años. Lo que sí cambio es el nombre de algunos de los grupos concentrados. En 2009, era muy fuerte en estructura de propiedad el “Grupo Hadad”, hoy ese grupo pasó a manos de Cristóbal López, que además lo amplió con la compra de productoras como Ideas del Sur o La Corte –que es la que hace los partidos de Fútbol de Primera-, y la productora de Diego Gvirtz (Pensado Para Televisión), -que era de Hadad también-. Asimismo, compró Ámbito Financiero. Por su parte, el “Grupo Clarín”, hoy es más fuerte económicamente que en 2009. Pasa lo mismo con "Direct TV” (extranjero), y con Telefónica –que es Telefe-. Por eso, desde el punto de vista desde la estructura de la propiedad no hubo desconcentración alguna. Acá, el oficialismo podría alegar con razón, que hubo obstáculos claros, como la judicialización.

¿Qué tan cierto es esa frase de que no se pudo avanzar porque “Clarín pone palos en la rueda”? ¿Justifica que no haya habido desconcentración mediática?
Bueno, es verdad que Clarín quiso detener la aplicación de la ley por vía judicial. También es cierto que una vez que la Corte Suprema, después de un tiempo largo, se pronunció a favor de la constitucionalidad de la ley, fue el Gobierno el que boicoteo la adecuación de Clarín a la ley. Esto parece paradójico, pero fue así. Entonces, lo que tenemos como resultado es que la estructura de propiedad está muy concentrada. Igualmente, esto no era todo lo que planteaba la ley. Como les decía antes, también estipulaba la reserva del 33% prometiendo nuevas voces.

El 33% reservado para organizaciones sin fines de lucro…
En ese aspecto, es lo que menos se cumplió de la ley. Es lo más lejos que está de los objetivos. Para tener un 33% de organizaciones sin fines de lucro –como lo llama la ley-, es necesarios saber cuál es el 100%. Hoy, no sabemos cuál es ese total.

Te referís a la falta de un plan técnico, ¿no?
Exactamente. Y no lo tenemos porque el Estado, que según la ley tenía que armar un plan técnico en 180 días –que es un tiempo razonable para organizarlo-, no sólo que no lo hizo en 180 días, sino que pasaron 180 por 12. Es decir, pasaron 6 años y no tenemos plan técnico. No sabemos cuál es el 100%, en consecuencia, no podemos decir cuál es el 33%. Hay una falta de compromiso por parte del gobierno al momento de atender la prioridad que la ley le asignaba al 33% a las organizaciones sin fines de lucro. El Estado no ha generado las condiciones para que los medios comunitarios alternativos, (sobre todo los que operan en grandes ciudades, que es donde hay más problemas por la ocupación del espacio radioeléctrico), puedan legalizarse.

¿Qué vínculo tiene esta situación con el decomiso de equipos que sufrió Antena Negra TV?
El caso de Antena Negra TV es muy lamentable. Es la expresión de que el Estado no abre las posibilidades que la ley previó para que se reconozca legalmente a una parte del sector sin fines de lucro. Además, es el Estado el que reprime a ese sector allanando y decomisando o secuestrando equipos, a través de la justicia y de la Policía Federal, que dependen del Poder Ejecutivo Nacional.

La AFSCA (Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual), ¿de qué manera podría haber actuado?
Acá entra a tallar otra cuestión. Además de la Ley Audiovisual, fue sancionada otra en diciembre del año pasado: Ley Argentina Digital. Esta ley creó otro organismo que es la AFTIC (Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones), que asume las funciones de la ex CNC (Comisión Nacional de Comunicaciones). Lo sucedido con Antena Negra TV demuestra que entre las dos leyes hay contradicciones, y entre los dos organismos una desarticulación muy clara ¿Qué podría haber hecho la AFSCA o la AFTIC, y espero que hagan? Por lo pronto, ir a decirle al juez, o sea, reafirmar el decreto de asignación de las bandas de frecuencia para televisión digital, y decir que ese Canal 20 ya está destinado para la televisión digital y que el desalojo del Canal 20 por parte de su ex ocupador legal –que era Prosegur- tiene que realizarse de modo inmediato. Esto debió haber ocurrido entre diciembre de 2014 y marzo de 2015. El Estado –el Gobierno y los organismos de regulación-, debería decirle al Juez de manera categórica que, en todo caso, si lo que quiere hacer es penalizar las intransferencias, tiene que penalizar primero a Prosegur y después hablamos. Sobre todo porque si toda la discusión por la Ley Audiovisual era la democratización de los medios, la batalla cultural, etcétera, termina con procesamientos penales, esto se les escapó de las manos…

Además, están condenando al equivocado, ¿no?
Claro. El hilo se corta desde lo más delgado. Y en todo este marasmo de contradicciones entre dos leyes, organismos de aplicación, falta de políticas y compromiso explícito con el sector de medios comunitarios, finalmente pagan la cuenta los sectores más débiles de la cadena de medios de comunicación.

La Ley Argentina Digital sancionada en diciembre del año pasado, ¿qué plantea? ¿Qué habilita y qué contradicciones tiene con la Ley 26522/09?
Hay muchas contradicciones entre las dos leyes. La Ley Argentina Digital, a modo muy general, podríamos decir que regula a la telefonía fija y móvil, las conexiones a internet y la televisión por cable. O sea, regula todas las redes de transporte, de contenido y de comunicaciones de la Argentina. Permite, y esta es la contradicción más evidente pero no la única, que las telefónicas puedan brindar el servicio de televisión por cable que la Ley 26522/09 prohibía. Además, la Ley Argentina Digital, permite transferencia de licencia, permite que haya operadores extranjeros –como Telefónica, Telecom, Direct TV, Claro-. Mientras que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual no permite operadores extranjeros, por lo menos en el texto de la ley, como tampoco permite la transferencia de licencias. Por otro lado, el plazo de explotación de las licencias de un operador en una misma red física, por ejemplo en la red de televisión por cable, tiene un plazo distinto en la AFTIC. Es decir, tiene un plazo distinto del que otorga la primera ley sancionada.

Si reflexionáramos sobre el Balance de la Ley Audiovisual, tan solo desde la perspectiva del usuario. ¿Ha habido cambios positivos en estos últimos seis años?
No, lo que es novedoso es una serie de servicios que paradójicamente no están regulados. Por ejemplo, Netflix, o aquellos que en la jerga se llaman OTT (Over-The-Top Streaming) [1]; es decir, son servicios que se montan sobre internet y aprovechan esa conexión que efectivamente va creciendo en la Argentina, pero que no tributan en nuestro país. Puede ser que el usuario diga ‘bueno, tengo más opciones ahora que antes’, obviamente pagando. Pero esas opciones no son fruto de una ley. Son fruto de una evolución tecnológica.

Sin embargo, un cambio positivo ha sido la creación de la TDA (Televisión Digital Abierta), que brinda una opción para no tener que pagar el servicio de Televisión por cable. Pensando a futuro, ¿Influirá al cambio de gobierno para que se siga inviertiendo?
La TDA es otra plataforma que no mencioné en la respuesta anterior y es pertinente también citar y, esto es una iniciativa clara de la política gubernamental de estos años. Porque, además, el desarrollo de la Televisión Digital Abierta en la Argentina es muy diferente del resto de América Latina. Dado que en nuestro país, el protagonismo estatal es mayor. En la TDA la mayoría de las señales son del Estado y hay algunos privados que son amigos del gobierno actual. Eso en el resto de la región no pasa. El desarrollo de la televisión digital terrestre gratuita, en general está a cargo de los privados que dominan el mercado televisivo. Por ejemplo, en Brasil está la red Globo. Creo que será difícil que continúe la inversión, la atención y la centralidad que tuvo la política de medios durante los dos gobiernos de Cristina Fernández de Kirchner. No creo que continúe ni con Scioli, Macri o Massa si llegan a gobierno.

[1] Forma de transmitir señales de video y audio a diferentes dispositivos, a través del uso de la internet. OTT no requiere de una red dedicada o infraestructura proporcionada por el proveedor, ya que las señales en OTT son transmitidas en conexiones privadas punto a punto con protocolos de internet en redes públicas.
Ilustración: disculpenla molestia ‏@disculpenlamole
Fuente: derrocandoaroca