miércoles, 6 de mayo de 2015

La AFSCA pide a la Justicia que no permita que se vendan más abonos de Cablevisión

La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) solicitó esta mañana al juez federal Horacio Alfonso que le prohíba al Grupo Clarín suscribir nuevos abonados a Cablevisión, a raíz de que la compañía excede la cuota de mercado permitida por la ley 26.522. La presentación del organismo que preside Martín Sabbatella se realizó en el marco de la causa judicial iniciada por el multimedios, con la que consiguieron mantener en suspenso el procedimiento de adecuación de oficio, a partir de una medida cautelar concedida por el juez Alfonso.

“El hecho de que se encuentre suspendida la adecuación, por una interpretación judicial que no compartimos y que beneficia claramente la posición dominante del multimedios, no implica que Cablevisión pueda aumentar su ilegalidad superando aún más el límite legal del 35% del mercado de televisión por cable”, explicó el presidente de AFSCA minutos después de la presentación en el Juzgado Federal Civil y Comercial de la Ciudad de Buenos Aires. “La Justicia ya reconoció que el Grupo Clarín supera largamente el límite establecido en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Lo que corresponde es que, hasta tanto logremos encuadrar a la empresa en los límites legales, la Justicia le impida que aumente su trasgresión a la ley”, opinó Sabbatella y agregó que “es ridículo que, después del fallo de la Corte, una parte del Poder Judicial le siga permitiendo a Magnetto estar fuera de la ley. Pero es aún peor que, además, no se le ponga ningún límite para que siga profundizando la ilegalidad”.

AFSCA le solicitó hoy al Juez Horacio Alfonso que modifique la medida cautelar mediante la cual dispuso la suspensión del procedimiento de adecuación de oficio del Grupo Clarín a fin de que se introduzca la prohibición de que Cablevisión continúe contratando y/o suscribiendo nuevos abonados a los servicios de televisión por cable o televisión digital, de manera de incrementar aún más su participación en el mercado, que ya excede ampliamente los límites dispuestos en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. El pedido de la Autoridad Federal tiene que ver con que el artículo 45 de la LSCA, declarado constitucional por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, establece como límite la prohibición de brindar servicio a más del 35 por ciento de la totalidad del mercado. Ese límite es superado por Cablevisión, tal como fuera admitido por el propio Grupo Clarín, en su propuesta de adecuación voluntaria presentada ante la AFSCA.

Asimismo, en el fallo de la Corte Suprema a favor de la constitucionalidad del proceso de adecuación del Grupo Clarín, se advirtió que la participación de Cablevisión en el mercado de televisión paga del mayor operador de cable del país, asciende al 45% del total nacional de abonados.

En ese sentido, Sabbatella señaló que “si la propia Corte ha sostenido que los límites establecidos en la ley tienen como finalidad garantizar la libertad de expresión y promover la desconcentración en materia de servicios de comunicación audiovisual, no puede permitirse que Cablevisión continúe acrecentado su cuota en el mercado”. “Quedó claro que el Grupo Clarín viola absolutamente los límites antimonopólicos que establece la ley. Cablevisión supera el 45% del total de los abonados de toda la televisión por suscripción del país, que incluye el servicio por cable y el satelital, y más del 60% si se mide solo en el mercado de la televisión por cable. Por lo tanto, se mida de la forma que se mida, la empresa del Grupo Clarín está ampliamente excedida, lo cual fue reconocido incluso por el mismo multimedios cuando presentó un plan de adecuación para ajustarse a la ley”.

Tanto la Ley que regula las medidas cautelares contra el Estado Nacional como el Código Procesal Civil y Comercial prevén la posibilidad de que quien resulte afectado por una medida cautelar pueda solicitar su modificación por una medida menos gravosa para el interés público que al mismo tiempo no afecte la protección cautelar que se le otorgó al beneficiario de la medida.

La presentación del Estado
En su presentación, AFSCA señala que la medida cautelar dispuesta “sólo impide el inicio del procedimiento de transferencia de oficio del Grupo Clarín S.A., pero no otorga ningún derecho a Cablevisión S.A. para incumplir el límite del 35% de abonados establecido en la Ley Nº 26.522”.

Asimismo, sostiene que “en lo que hace a la cantidad de abonados por televisión por cable y digital, el multimedios continúa infringiendo la Ley Nº 26.522 sin consecuencia jurídica alguna. Cablevisión S.A. –a través de todas las licencias que maneja de hecho- no sólo no cumple con la ley por estar cautelarmente ‘protegida’, sino que cada vez su incumplimiento es mayor, teniendo en cuenta que acrecienta su posición en el mercado de televisión por suscripción”.

“Por esta razón, siendo que una vez levantada la medida cautelar dictada en estos autos, la actora deberá de todas maneras adecuarse a la ley, resulta absurdo e irrazonable que, mientras tanto, se le genere un escenario propicio para aumentar su participación en el mercado de manera inconstitucional e ilegal”, se señala en el escrito presentado hoy en el Juzgado a cargo del Dr. Alfonso.

“En este contexto, resulta evidente que la constante ampliación de abonados de Cablevisión S.A. lesiona el interés público. Este perjuicio concreto se materializa tanto en lo que respecta a la afectación de un debate plural y diverso como correlato necesario del ejercicio de la libertad de expresión, como en el trato igualitario que merecen los competidores de Cablevisión S.A. que en la actualidad se ven afectados por su constante crecimiento y por el incumplimiento al proceso de adecuación previsto en el art. 161 de la Ley Nº 26.522”, continúa.

“¿Cómo podría continuar justificándose que además de no adecuarse a la Ley Nº 26.522 se permitiese al grupo oligopólico seguir acrecentando, aun más allá del 45% que ostenta, su participación sobre el total nacional de abonados del país?”, se pregunta en la presentación de AFSCA.

“Que hoy se limite la posibilidad de que Cablevisión S.A. continúe sumando abonados en virtud de la limitación del 35% -que, recordemos, para el momento del fallo de la Corte Suprema representaba el 45% del total nacional de abonados- intenta minimizar los perjuicios ocasionados por la alteración del equilibrio que importa la suspensión desde hace más de 5 años del procedimiento de adecuación del Grupo Clarín S.A.”, señala el escrito. Lo que sostiene la AFSCA en su presentación es que, de hacerse lugar a su pedido, se resguardaría de igual forma la protección cautelar que le otorgó el juez al Grupo Clarín suspendiendo la adecuación de oficio, al tiempo que se garantizaría el derecho del público general a un mercado con mayor competencia y a un debate plural y abierto de ideas, evitando que quienes poseen el mayor porcentaje de abonados en el país sigan sumando suscriptores por encima de los límites establecidos por la ley y que fueran declarados constitucionales por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Fuente: AFSCA