viernes, 21 de noviembre de 2014

El tutti frutti de ‘Argentina Digital’

Por: Martín Becerra
Jorge Capitanich, Julio De Vido, Axel Kicillof y Norberto Berner
Con varias modificaciones, algunas importantes, el proyecto de ley de telecomunicaciones ‘Argentina Digital’ tuvo dictamen de comisión en el Senado y la próxima semana será aprobado por esa cámara; luego se tramitará en Diputados. Los cambios introducidos en el dictamen atenúan algunos de los grandes beneficios que prodigaba a los conglomerados telefónicos el proyecto original, aunque las amplias facultades delegadas en la reglamentación posterior, que tendrá a su cargo una autoridad de aplicación cuyos objetivos, composición y funciones el proyecto no define, impiden precisar cómo se lograrán las metas declamadas por la iniciativa.
Los cambios más destacables sobre la versión original del proyecto: prohíbe a las telefónicas brindar servicios de televisión satelital (DTH) pero franquea, con pocas exigencias, su despliegue en televisión por cable (y profana la vigente ley de servicios de comunicación audiovisual); declara que abogará por la protección de pequeños y medianos empresarios y cooperativas del sector TIC, aunque esto lo especificará la Autoridad de Aplicación a la que concede una versátil interpretación de casi todo el articulado; reintroduce la categoría de servicio público para la telefonía fija, omitida en la primera versión del texto; define los servicios TIC como un conjunto polimorfo que abarca compilación, procesamiento, almacenamiento y transporte de información ‘como voz, datos, texto, video e imágenes’ y ‘recursos, herramientas, equipos, programas informáticos, aplicaciones, redes y medios’, lo que comprende a indexadores como Google y a desarrolladores de aplicaciones, que deberán tramitar licencia; y consagra el concepto de neutralidad de la red aunque restringido por razones de ‘seguridad nacional’.
El proyecto es poco innovador en las atribuciones omnímodas para el Poder Ejecutivo (que dentro de un año tendrá otra composición): desde la intervención de la Comisión Nacional de Comunicaciones hace 12 años, tanto éste organismo responsable del control, como la Secretaría de Comunicaciones con mandato de aplicar normativa, tienen potestad en la regulación de un sector que, en ese lapso, incrementó su concentración, empeoró la calidad de los servicios y profundizó su extranjerización. En los últimos dos años la Secretaría de Comunicaciones comenzó a reconocer estos problemas estructurales. El proyecto no prevé autoridad de control alguna, ni tampoco dice cómo se complementará con la autoridad de aplicación colegiada que comparte responsabilidad sobre el radioespectro (Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, AFSCA) para que la convergencia sea realizable en la gestión de gobierno.
La iniciativa insinúa el uso del fondo de servicio universal, constituido por el 1% de la facturación del sector y que supera los $ 2400 millones, como una suerte de subsidio hacia los actores más pequeños (PyMes y cooperativas), pero no aclara el alcance de esta medida ni sus reglas. Tampoco hay información sobre el modelo de gestión de la red de fibra óptica construida por el Estado con el programa ‘Argentina Conectada’.
El proyecto retoma la regulación de la interconexión e interoperabilidad de redes legalmente vigente desde el año 2000 pero nunca concretada. Ahora bien, la obligatoriedad de compartir redes (que no especifica cuándo se trata de ductos, de postes, etc.), a lo que se alude con la fórmula de ‘servicio público esencial en competencia’, no es taxativa en las distintas condiciones que deben cumplir operadores de desigual envergadura. Desagregar la red local es un paso necesario cuando se trata de conglomerados con posiciones dominantes e integración vertical, pero no en el caso de operadores pequeños. Además, como está redactado el dictamen, parte de la infraestructura de otros servicios, como los postes de las redes eléctricas, con este proyecto serán comprendidos como TIC.
Un aspecto crítico refiere a la noción difusa e imprecisa de ‘posición significativa de mercado que, si bien cuenta en el dictamen con orientaciones generales, no dispone parámetros para resguardar zonas de exclusión o lapsos transición que protejan a actores pequeños y medianos tanto en telecomunicaciones como en televisión por cable.
En las audiencias convocadas por el Senado (disponibles en su página web) se expresaron críticas de fondo y de forma a la iniciativa gubernamental. Algunas fueron contempladas para corregirla. No obstante, la autoridad de aplicación podrá rellenar todos los casilleros que el proyecto deja en blanco, como si fueran columnas de tutti frutti. Con esta ley, el Ejecutivo podrá moderar los altos niveles de concentración del estratégico sector de las comunicaciones, o podrá estimularlos; podrá exigir que los servicios mejoren, o continuar desatento a las pésimas prestaciones de los operadores; podrá proyectar un mercado nacional, o continuar su extranjerización; podrá aprovechar la convergencia tecnológica para modernizar infraestructuras y servicios, o podrá ralentizar el desarrollo.
Fuente: Diario El Cronista