El Gobierno permitirá que los medios de comunicación puedan cancelar deudas impositivas, aduaneras y previsionales, contraídas hasta el 31 de mayo, por hasta 100 millones de pesos, a cambio de espacios publicitarios.
Así, lo establece la Resolución General 3681/2014 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Resolución 885/2014 de la Jefatura de Gabinete, publicadas hoy en forma conjunta en el Boletín Oficial, con las firmas de los titulares de ambas reparticiones, Ricardo Echegaray y Jorge Capitanich, respectivamente.
La norma de "regularización fiscal de los titulares de medios de comunicación y/o productoras de contenidos", establece la "cancelación de deudas impositivas, aduaneras y previsionales" al 31 de mayo de este año, incluido intereses, resarcitorios, punitorios y multas, a través de un acuerdo de "dación en pago de espacios publicitarios en la programación de la emisora o en sus publicaciones" con la secretaría de Comunicación Pública, dependiente de la Jefatura de Gabinete.
El límite de ese acuerdo fue establecido en 100 millones de pesos, señala la norma, que indica que, en el acuerdo, "se considerarán incluidas las obligaciones correspondientes a los períodos fiscales mensuales cuyo vencimiento opera hasta el 30 de junio de 2014 y los períodos fiscales anuales cuyo vencimiento opera hasta el 31 de octubre de 2014".
En cuanto a las deudas previsionales, se aclara que "se considerarán comprendidas únicamente" los aportes y contribuciones a "la seguridad social, al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, al Fondo Solidario de Redistribución, y contribuciones a los subsistemas de Asignaciones Familiares, y Fondo Nacional de Empleo".
"Respecto de las multas correspondientes a infracciones relativas a impuestos y a aportes y contribuciones al Régimen de Seguridad Social, estarán comprendidas aquellas que hayan sido notificadas hasta el 31 de mayo de 2014 inclusive", puntualiza la medida.
Los medios podrán solicitar la incorporación al acuerdo hasta el 31 de diciembre de este año y la Afip deberá suspender las acciones administrativas que estén vigentes a la fecha del acuerdo, las que se reactivarán en caso de incumplimiento.
Para adherir al acuerdo los responsables de los medios deberán haber cancelado las deuda no susceptibles al "mecanismo de dación" y el, si lo hubiera, excedente del monto de 100 millones de pesos establecido.
Más data
La AFIP deberá informar a la secretaría de Comunicaciones "las actividades declaradas y registradas por cada solicitante, considerándose susceptibles de adherir al presente régimen a las personas físicas o jurídicas que tengan por actividad declarada y registrada" como "emisión y retransmisión de televisión abierta; operadores de televisión por suscripción; emisión de señales de televisión por suscripción; servicios de televisión n.c.p.; emisión y retransmisión de radio; producción de filmes y videocintas; postproducción de filmes y videocintas; producción de programas de televisión; y edición de periódicos, revistas y publicaciones periódicas; servicios de Comercialización de Tiempo y Espacio Publicitario, y servicios de Publicidad n.c.p.".
"Obtenida la conformidad por parte de la AFIP, el contribuyente deberá manifestar dentro de los 30 días hábiles su voluntad de adhesión ante la Secretaría de Comunicación", que canalizará la publicidad a través de la agencia TelAm.
Cuando se trate de sujetos que "ofrezcan espacios publicitarios en dación de pagos de medios de comunicación y/o productoras de contenidos que no sean de su titularidad, pero respecto de los cuales cuenten con convenios que les permita disponer total o parcialmente de sus espacios publicitarios o de servicios conexos, deberán acompañar los tarifarios de aquellos medios o productoras que sean propiedad de terceros, vigentes al día 31 de mayo de 2014".