Durante años el canal del Grupo Clarín facturó a raíz de la emisión de series enlatadas del pasado televisivo nacional, un fallo reconoció el trabajo de esos actores que participaron en las tiras y la empresa deberá indemnizarlos
La Sala H de la Cámara Civil porteña confirmó un fallo de primera instancia en el que situó a los intérpretes bajo la misma norma de protección que los autores y se reconoció el derecho de los demandantes a cobrar una suma de dinero por las emisiones repetidas entre el 18 de setiembre de 1999 y el 31 de diciembre de 2006 de los programas y películas en las que habían trabajado.
"Si bien el Canal Volver puede utilizar en sus transmisiones el material de archivo gracias a que la ley argentina le asegura una licencia para difundir por televisión interpretaciones de los artistas, no cumple con las obligaciones que derivan de tal aprovechamiento", sostuvo la demanda.
Al no existir una referencia particular para los intérpretes audiovisuales, los actores pidieron que se les aplique el mismo plazo de protección que a los autores, de cincuenta años a partir del fallecimiento del último de los colaboradores.
El fallecido actor Ricardo Bauleo fue quien comenzó la demanda que abarca a reconocer el trabajo de gran parte de los actores y actrices argentinos. Los damnificados en la causa cobrarán 827.475 pesos más actualizaciones.
En la extensa lista de obras repetidas en Volver incluye "Al diablo con este cura", "Así es Buenos Aires", "Autocine mon amour", "Canuto Cañete detective privado", "Canuto y Cañete y los 40 ladrones", "Cautiva de la selva", "Destino para dos", "Don Carmelo Il capo", "El cabo tijereta", "El derecho de gozar", "El novicio rebelde" y "En busca del brillante perdido".
También, "Enfermero de día, camarero de noche", "Gitano", "Hipólito y Evita", "Los superagentes y los paraguas asesinos" y "La Banda del Golden Rocket", entre muchos otros.
Los camaristas Claudio Kiper, Sebastián Picasso y Liliana Abreut de Begher rechazaron la postura de Volver que negó las repeticiones y aceptó las pruebas presentadas por los actores al tiempo que destacaron que el canal del Grupo Clarín "obtenía beneficios económicos al difundir las obras en las que habían participado los actores".
El tribunal también desestimó los planteos de "prescripción" de los reclamos y de inconstitucionalidad de las normas que consagraron los derechos de los actores sobre las repeticiones en las producciones en las que participaron.