sábado, 16 de noviembre de 2013

Junín: Otorgan una licencia de radio a la comunidad “Nahuel Payún”

Oscar Farías le dijo al diario  La Verdad que los trámites comenzaron a realizarse hace dos años y que “esta es una manera de propagar nuestra vos”
El jueves pasado fue publicado en el boletín oficial (ver abajo) la resolución de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual que le otorga a la comunidad Mapuche “Nahuel Payún” la licencia de una radio de Frecuencia Modulada.
Oscar Farías mencionó que los trámites comenzaron a realizarse hace dos años y que “esta es una manera de propagar nuestra vos”.
La resolución le otorga a la comunidad la frecuencia 91.9, que ya está ocupada por una FM comercial, y tiene la firma del titular del AFSCA, Martín Sabatella.
“Es un instrumento que nos va a permitir comunicarnos con nuestros hermanos”, afirmó Farías, uno de los promotores de la idea de contar con una radio propia, propiciada por los alcances de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Además señaló que “esta herramienta es fundamental para nosotros; la lengua mapuche no se trasmite de forma escrita, sino de manera oral”.
Para los pueblos originarios, “es muy importante recuperar nuestra lengua, explicarle a la comunidad nuestras enseñanzas ancestrales. Creo que los pueblos originarios, en el tema de comunicaciones, tenemos muchísimo para aportar. Y esta será una herramienta que también será para todos”.
Farías explicó que cuando se envió el pedido y el proyecto al AFSCA, se lo hizo tras un encuentro de la comunidad y escuchando el pedido de todos. “Pude haber usado mis influencias, al ser un hombre de la política (referente del Movimiento Evita y fue convocado por Florencio Randazzzo para incorporarse a la ADIF), pero decidí que este pedido tome su curso natural y esta semana nos enteramos del otorgamiento de la licencia”.
También agradeció el apoyo de APeNoBa, el gremio de prensa del noroeste bonaerense, que se ofreció a ayudar en este nuevo medio. “Estamos muy agradecidos, ya que está cumpliendo una función y está promocionando la legalidad”, dijo.
La radio va a funcionar en las instalaciones del centro cultural “Dante Balestro”, sobre calle General Paz, en el barrio Villa Belgrano.
Fuente: Diario La Verdad

Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual
Resolución Nº 1401/2013

Bs. As., 11/11/2013
Visto el Expediente Nº 1717/12 del registro de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, y
Considerando:
Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por la Comunidad Mapuche Nahuel Payún, pertenecientes al Pueblo Mapuche, radicada en la localidad de Junín,provincia de Buenos Aires, tendiente a obtener autorización para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la localidad de Junín, provincia de Buenos Aires.
Que la Ley Nº 26.522, de Servicios de Comunicación Audiovisual, establece como primordial objetivo la promoción y garantía del libre ejercicio del derecho de toda persona a investigar, buscar, recibir y difundir informaciones, opiniones e ideas, sin censura, en el marco del respeto al Estado de Derecho democrático y los derechos humanos, conforme las obligaciones emergentes de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás tratados incorporados o que sean incorporados en el futuro a la Constitución Nacional, y que es su espíritu administrar el espectro radioeléctrico en base a criterios democráticos y republicanos que garanticen una igualdad de oportunidades para todos los individuos en su acceso por medio de las asignaciones respectivas.
Que su Artículo 3° inciso ñ) establece como objetivo la preservación y promoción de la identidad y los valores culturales de los Pueblos Originarios.
Que el Artículo 151 de la citada ley dispone que los Pueblos Originarios podrán ser autorizados para la instalación, funcionamiento de servicios de comunicación 
Que la Comisión Nacional de Comunicaciones asignó para el presente trámite el canal 220, frecuencia 91.9 MHz., con categoría “F” señal distintiva LRS813, para la localidad de Junín, provincia de Buenos Aires, de acuerdo a lo establecido en la reglamentación técnica vigente.
Que la comunidad solicitante cumple con la presentación de la Propuesta Comunicacional acorde a los objetivos de la Ley Nº 26.522, donde se contemplan, entre otras especificaciones de carácter técnico, el plan de programación y su forma de financiamiento.
Que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas certifica que la Comunidad Mapuche Nahuel Payún, pertenecientes al Pueblo Mapuche, radicada en la localidad de Junín, provincia de Buenos Aires, posee personería jurídica, inscripta en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la provincia de Buenos Aires, mediante Resolución Nº 8308, de fecha 1 de Noviembre de 2012.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención que le compete.
Que el Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 12, inciso 1) y 151 de la Ley Nº 26.522.

Por ello,
El Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual
Resuelve:
Artículo 1° —
Autorízase a la Comunidad Mapuche Nahuel Payún, pertenecientes al Pueblo Mapuche, radicada en la localidad de Junín, provincia de Buenos Aires, a la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la localidad y provincia mencionadas.
Artículo 2° — Asígnase al servicio autorizado en el artículo 1°, el canal 220, frecuencia 91.9 MHz., con categoría “F” señal distintiva LRS813, para la localidad de Junín, provincia de Buenos Aires.
Artículo 3° — Exceptúase a la Comunidad Mapuche Nahuel Payún, pertenecientes al Pueblo Mapuche, radicada en la localidad de Junín, provincia de Buenos Aires, del pago del gravamen establecido por el artículo 94 de la Ley Nº 26.522, con relación a la prestación del servicio autorizado en el artículo 1°.
Artículo 4° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, a la Comisión Nacional de Comunicaciones y al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, notifíquese a la Comunidad Mapuche Nahuel Payún, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial Archívese. —
Martín Sabbatella, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual