martes, 9 de julio de 2013

Fallo internacional complica al Gobierno en el caso Clarín

Por: Fabián Rodríguez Simón, Abogado
Un reciente fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIHD) que parece confirmar lo resuelto por la Cámara Civil y Comercial Federal en la causa de Clarín por la Ley de Medios, pulverizaría cualquier ilusión del Gobierno Nacional de revertirlo.
Ocurre que el pasado 9 de mayo, en la causa Radio Caracas Televisión RCTV –cuya similitud con el caso Clarín resulta pasmosa–, la CIDH revocó lo dispuesto por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Venezuela y dispuso que se otorgara a RCTV la posibilidad de recuperar su frecuencia de televisión abierta, se repararan los perjuicios causados y se garantizara que el proceso de asignación de licencias de radiodifusión fuera compatible con las leyes internacionales de libertad de expresión.
Así, en la improbable hipótesis de que el Gobierno Nacional –mediante pactos o amenazas, palos o zanahorias, o incluso modificando su composición– lograra que la Corte Suprema revocase la sentencia de dio la razón a Clarín, si éste recurre a la instancia internacional (reserva realizada en sus presentaciones judiciales) la aplicación del referido precedente lo preservaría de perder sus licencias.
Desde 1953 RCTV operaba como canal de aire con cobertura nacional. El 27 de mayo de 1987, su licencia le fue renovada por veinte años con opción a veinte más.
Llegado Chávez al gobierno, en el año 2000 Venezuela sancionó una Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LoTel) que creó una Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CoNaTel) que debía adecuar las licencias otorgadas bajo la anterior legislación al nuevo régimen.
Aunque a partir de 2002, Chávez adelantó que no se renovarían las licencias a los medios “desestabilizadores”, fue a fines de 2006 que su Gobierno inició una intensa campaña pública –mediante spots publicitarios en la TV pública, notas en los diarios oficialistas, pasacalles, pegatina de afiches en las oficinas gubernamentales, etc.– comunicando que el 27 de mayo de 2007, al expirar la licencia original de RCTV, no sería renovada. “Chillen, pataleen, hagan lo que hagan, se acabó la concesión a ese canal fascista de RCTV”, advirtió Chávez.
RCTV, antes que venciera el plazo y cumpliendo todos los requisitos formales solicitó la renovación que le correspondía, señalando que a otros operadores con peores antecedentes pero alineados con el oficialismo se les había anticipado que sus licencias serían renovadas.
El Gobierno rechazó la solicitud argumentando que RCTV no tenía derechos adquiridos y que recuperaría la licencia para “permitir la democratización del uso del medio radioeléctrico y la pluralidad de los mensajes y contenidos”.
El 25 de mayo de ese año, a pedido de “comités populares de usuarios” chavistas, el TSJ ordenó una medida cautelar que transfería, forzosa y gratuitamente, a CoNaTel de la infraestructura y equipos propiedad de RCTV necesarios para la transmisión. Al mismo tiempo rechazó todas las demandas iniciadas en defensa de RCTV, basadas en los derechos a la libertad de pensamiento y expresión, a la garantía de irretroactividad de las leyes, a la igualdad, al debido proceso, a la libertad de comercio y a la propiedad privada.
Así, a las cero horas del 28 de mayo de 2007, el Gobierno interrumpió la señal de RCTV y la sustituyó por la programación de la TV pública. Según la CIDH, en ese momento era el único canal de aire que “mantenía una línea editorial crítica al gobierno venezolano”. Otras cuatro licencias que vencían el mismo día, con líneas editoriales oficialistas, fueron renovadas.
Perpetrado el despojo, RCTV, sus periodistas, directivos y accionistas iniciaron diversas acciones ante la justicia venezolana, las que fueron sistemáticamente rechazadas o archivadas sin resolver.
Ante esta situación, los afectados recurrieron a la CIDH, que aceptó el caso, teniendo en cuenta que el artículo 13.1. de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) prohibe “el abuso de controles oficiales de frecuencias radioeléctricas”, que su artículo 24 establece que todas las personas “tienen derecho sin discriminación a la protección de la ley” y que su artículo 1.1. no permite limitar por motivos políticos los derechos que dicho Tratado garantiza.
Luego de analizarlo y tras un procedimiento del que participó el Gobierno venezolano, la CIDH entendió que éste, en abierta violación a las leyes internacionales, había ejercido una “desviación de poder dirigida a castigar a la estación por su línea editorial crítica del gobierno”.
Entre otras pruebas, la CIDH tuvo en cuenta las reiteradas declaraciones públicas de Chávez (“No se va a tolerar aquí ningún medio que esté al servicio del golpismo, contra el pueblo, contra la nación, contra la independencia nacional, contra la dignidad de la República”) y otros altos funcionarios contra RCTV, así como la renovación de las licencias de las emisoras oficialistas.
La CIHD sostuvo que “La asignación de licencias de radio o televisión es una decisión que tiene un impacto definitivo sobre el derecho a la libertad de expresión” y que “el contexto de inseguridad jurídica” y “la falta total de transparencia” implicaban una flagrante violación a la libertad de prensa.
La CIDH también consideró que si bien “la promoción de diversidad y pluralismo es un interés público legítimo” en este caso fue sólo una excusa para silenciar a RCTV, ya que no era necesario quitarle su frecuencia para habilitar nuevas emisoras.
Calificando la conducta del Estado venezolano de “arbitraria y discriminatoria”, en un extenso y sólido fallo, la CIDH resolvió a favor de RCTV.
Las semejanzas entre las conductas de los gobiernos venezolano y argentino son tan escalofriantes como patéticas.
LoTel y Ley de Medios. CoNaTel y AFSCA. No renovación de licencia en un caso y la caducidad anticipada en el otro. Insólitas y desvergonzadas campañas de hostigamiento en los dos casos. ‘Clarín miente’ y ‘RCTV envenena el alma del pueblo’. ‘Se acabó la concesión a ese canal fascista de RCTV’ y ‘El 7D se acabó la cadena del desánimo’.
El uno y el otro utilizando como pretexto la “diversidad y pluralidad informativa” para imponer el pensamiento oficial mediante la aniquilación de la prensa independiente.
Pero la diferencia sustancial fue, y es todavía, la existencia de un poder judicial independiente.
En tal sentido la CIDH destacó “La falta de independencia y autonomía del poder judicial frente al poder político a como uno de los puntos más débiles de la democracia venezolana”.
En nuestro país, en cambio, hay muchos jueces que, sin afán de protagonismo alguno y pese a esforzarse por evitar conflictos institucionales, llegado el momento actuaron con la responsabilidad y coraje que las circunstancias exigían en defensa de la libertad de expresión, la separación de poderes, el Estado de Derecho y la Democracia.
Fuente: Diario El Cronista