Por: Álvaro Herrero*
El Poder Judicial ha quedado en el centro de la escena política. Las controversias por la interpretación de la ley de medios le han dado un protagonismo inusitado, convirtiéndolo en el escenario donde transcurre una batalla legal -y política- entre actores con visiones y argumentos contrapuestos. Las presiones y la intensidad de la disputa son tales que diversos actores se han pronunciado enfáticamente, algunos denunciando presiones del Gobierno a los jueces, otros reclamando mayor independencia del Poder Judicial frente a las corporaciones, y otros manifestando su preocupación por una judicialización de la política.
Frente a este panorama cabe preguntarse si se trata de un fenómeno novedoso o, más bien, un patrón recurrente en nuestro sistema político. La relación entre Justicia y política ha sido objeto de intenso estudio por expertos y académicos. Desde el regreso de la democracia, muchas cuestiones centrales de la agenda pública han transitado por tribunales. Por ejemplo, la Corte Suprema, durante los gobiernos de Alfonsín, Menem, De la Rúa y Kirchner, tuvo que resolver diversos aspectos de las políticas de derechos humanos, incluyendo la constitucionalidad de las leyes de obediencia debida y punto final, y los indultos a los integrantes de las Juntas. Durante dos décadas este tema tan sensible políticamente estuvo presente de manera continua en los estrados judiciales y, así, el máximo tribunal tuvo una incidencia decisiva en el resultado final.
Algo similar ocurrió durante los gobiernos de Alfonsín y de Menem con las políticas de emergencia económica, y durante Duhalde y Kirchner con el corralito y la pesificación. En este caso no sólo se generó un proceso masivo de movilización legal con centenares de miles de ciudadanos reclamando por sus derechos, sino que reposicionó a la Corte como un actor clave en el proceso de formulación de políticas públicas.
Estos ejemplos confirman que durante décadas la Corte ha estado involucrada de manera activa en las más importantes discusiones políticas. Esto lo puede hacer en virtud de las facultades que le otorga la Constitución. La alegada judicialización no debe ser vista como una aberración o, en todo caso, no debe tener una connotación negativa. El control de constitucionalidad es una de las misiones fundamentales de la magistratura y debe ser respetada por los demás poderes y corporaciones. Al mismo tiempo, los jueces deben procurar que su intervención sea oportuna y que no genere demoras injustificadas que deriven en sospechas o acusaciones innecesarias.
La Corte ha mostrado cautela, responsabilidad y mesura y su accionar debe ser ejemplo en nuestras instituciones políticas. Existe una ley del Congreso que debe ser implementada de manera eficaz. Balancear su aplicación diligente con el respeto por la Constitución es un desafío para todos los actores involucrados.
*Director Ejecutivo de la Asociación por los Derechos Civiles
Fuente: Diario La Nación
Notas sobre un proceso
Por: Eleonora Rabinovich
En las últimas semanas se aceleraron las noticias vinculadas a la causa judicial en la que se discute la constitucionalidad de cuatro artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. La profusión de noticias se da en el marco de un proceso complejo que involucra a muchos actores con intereses y prerrogativas diferentes, y en el que se define una parte importante de lo que somos como comunidad política: la forma que debe asumir el ecosistema de medios en donde ocurre el debate público de nuestra democracia.
Es necesario, entonces, salir por un momento de la coyuntura, asumir una perspectiva de mediano y largo plazo y enfocarnos en los actores, los procesos, en los principios que deberían guiarlos y en los desafíos que existen para implementar la norma y mejorar la discusión pública en nuestro país. Asumiendo esa perspectiva, se pueden decir algunas cosas.
En primer lugar, la Afsca, como autoridad de aplicación, tiene la responsabilidad primaria de garantizar la implementación ecuánime de la ley, asegurar la transparencia en la aplicación de los procedimientos y ser equitativa: la ley no se puede aplicar discrecional o selectivamente. Es indispensable que el organismo ofrezca la mayor transparencia posible en la información pública que produce y maneja, algo que no ha sido la regla en estos años. Y es imprescindible que la participación de los representantes de las minorías parlamentarias –recordemos que oposición y oficialismo habían bloqueado, sucesivamente, su integración– permitan un control real sobre su funcionamiento y sirva para los propósitos que inspiraron un diseño institucional plural. Habrá que seguir con atención, también, a la Comisión de Defensa de la Competencia, a cargo de supervisar los procesos de desagregación corporativa. El resultado final de ese proceso de adecuación empresarial y compraventa de licencias, y su efectivo impacto en una mayor pluralidad de voces, podrá evaluarse en el mediano plazo.
El proceso de la aplicación de la ley debería transcurrir en un marco de respeto por las facultades de cada uno de los poderes y cualquier presión del Gobierno es inaceptable. Los jueces, por su parte, tienen la carga de resolver casos que generan mucha controversia social. Deberán hacerlo –es obvio decirlo– aplicando los estándares constitucionales y de derechos humanos. El Poder Judicial ha devenido un actor importante en este proceso –todo indica que continuará siéndolo– y debe proceder de manera diligente y oportuna, para no generar la suspicacia de que está bloqueando la aplicación de una ley votada por el Congreso con su inacción. En ese sentido, tres años sin una decisión de fondo en la causa donde se discute la constitucionalidad de algunos artículos no parece razonable (según la Corte, es “denegación de justicia”).
De la actuación del Poder Judicial depende también la legitimidad de la puesta en marcha de la norma. Pero el desafío no sólo es de la Justicia sino también de otros poderes. Veamos un ejemplo: la judicialización de la Ley de Medios puso de relevancia falencias estructurales en nuestro sistema de designación de jueces, que se materializaron en la existencia de un fuero con alta cantidad de jueces provisorios a cargo de una causa de gran sensibilidad política. La responsabilidad por estas fallas es compartida por el Poder Ejecutivo, el Consejo de la Magistratura y diversos estamentos del Poder Judicial: a todos ellos corresponde solucionarlo.
Es imprescindible que se comience a abordar aspectos de la norma que han quedado relegados, y que significarían una ampliación del derecho a la comunicación: la participación efectiva del sector sin fines de lucro y la puesta en marcha de un sistema de medios públicos no gubernamentales son ejemplos de las promesas que el texto de la ley traía y que todavía esperan.
*Directora del área de Libertad de Expresión de la Asociación por los Derechos Civiles
Fuente: Diario Perfil