martes, 27 de noviembre de 2012

Marcelo Stubrin, solicitó a Sabbatella reúna al Directorio de la AFSCA

El director de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Marcelo Stubrin, solicitó al presidente de la entidad, Martín Sabbatella, que convoque de manera perentoria a una reunión de directorio para establecer el método de trabajo en cumplimiento a las misiones prevista por la ley 26522
A continuación copia de la carta enviada por Stubrin al titular de la AFSCA:
Buenos Aires, 27 de Noviembre de 2012
Señor Presidente de laAutoridad Federal de Servicios de Comunicación AudiovisualMartín SabbatellaS./D.
De mi consideración:
Me dirijo a Ud. en mi condición de Director del AFSCA Decreto 2253/2012, publicado el 23/11/2012, y a efectos de desempeñar el mandato que me fuera conferido por la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, en representación de la segunda minoría parlamentaria.
Con la desafiante misión de representar en este Directorio el punto de vista de quienes discreparon y presentaron proyectos alternativos al momento de la sanción de la Ley 26.522, y con la más amplia disposición a vigilar de manera criteriosa su aplicación, habida cuenta de las circunstancias de conocimiento público que arrastran un polarizado debate nacional.
Asimismo y teniendo en cuenta, la desafortunada circunstancia derivada de que no ha sido integrado al Directorio el representante de la tercera minoría parlamentaria, previsto en el art. 14 de la Ley 26.522; solicito al Sr. Presidente que proceda a convocar de manera perentoria a una reunión de Directorio en la cual se pueda establecer un método de trabajo que permita dar cumplimiento a las misiones previstas por la Ley.
A efectos de no sorprenderlo le adelanto los asuntos que pretendo sean considerados, esperando a la recíproca que las cuestiones a tratar estén precedidas por una ordenada y oportuna circulación de los expedientes a fin de producir decisiones informadas, fundadas y consistentes.
Para seguir una tendencia creciente en los organismos colegiados de la Administración, las reuniones del Directorio del AFSCA deberán ser anunciadas con anticipación suficiente, públicas, con presencia de la prensa y con Orden del Día previamente estipulada. Así se comportan en la actualidad varios entes reguladores, la Auditoría General de la Nación y el Consejo de la Magistratura.
En 2009 el AFSCA decidió llevar a cabo un Censo de Medios de Comunicación cuyo trabajo de campo debió culminar en Marzo del 2011. Resulta inaceptable que dicha información conserve carácter secreto, por lo tanto propongo su inmediata puesta a disposición de este Directorio y de la opinión pública.
Inmediata publicación de los Registros previstos por los arts. 56, 57, 58 y 59 de la Ley 26.522, como así también, del total nacional de abonados a los servicios de televisión por suscripción, ya fuere sobre soporte satelital y/o, por uso del espectro radioeléctrico y/o por vínculo físico registrados al 31 de octubre de 2012. sin su publicación, resulta difícil advertir como se podría dar cumplimiento a los artículos 45 y 161 de la Ley. En particular debe cesar el desconocimiento flagrante del art. 57 in fine, que obliga a establecer un mecanismo de consulta pública vía Internet del Registro Público de Licencias y Autorizaciones, sin contar con la falta de cumplimiento de lo previsto en el art. 12 inc. 9 de la norma referida que establece las misiones y funciones del organismo que preside.
Se informe de manera fehaciente el estado de ejecución de los mandatos establecidos en los arts. 12. inc.4, 88, 89 y 93 de la Ley 26.522, teniendo en cuenta que la morosidad en el dictado de las normativas mencionadas redunda en la imposibilidad de concursar licencias para servicios que utilizan espectro radioeléctrico según el art. 32 de la mencionada Ley. Dicho incumplimiento hace imposible llevar a cabo una de las previsiones más elogiadas de la Ley que obliga a reservar el 33% del espectro para Organizaciones sin fines de lucro prevista en el inc. f del art. 89.
Se exija a los licenciatarios y autorizados que cumplan con las previsiones del art. 72 de la Ley 26.522, particularmente en su apartado e), subapartado (viii), que les obliga a informar la pauta de publicidad oficial que recibieran, provenientes de todas las jurisdicciones nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se proceda a la inmediata implementación del abono social del art.73 de la Ley 26.522, conforme el procedimiento previsto por artículo 73 de la reglamentación aprobada por el Decreto No. 1225/10, para los prestadores de servicios de radiodifusión por suscripción a título oneroso.
Se despache de manera favorable el pedido de acceso a información pública presentado por la Senadora María Eugenia Estenssoro el 14 de noviembre de 2012, respondiendo de manera integral a sus requerimientos, de conformidad con el Decreto 1172/2003.
Se considere el urgente encuadramiento de la Televisión Digital Terrestre en el marco de las previsiones de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, para lo cual resultará indispensable la previa aprobación de las normas técnicas aludidas en el artículo 156, inciso c), de la Ley, que debieron haberse elaborado hace ya más de 2 años.
Se establezca el período máximo previsto para las emisiones experimentales de investigación y desarrollo, así como su naturaleza, a efectos de no generar un sustituto de los concursos abiertos y permanentes como modo de acceso a la titularidad de las licencias, que sólo se pueden obtener dando cumplimiento al art. 32 de la Ley 26.522.
Las cuestiones apuntadas en los 9 puntos desarrollados más arriba, constituyen asuntos liminares para el buen funcionamiento de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, las que, por supuesto no agotan el temario de cuestiones esenciales, pero constituyen un punto de partida para darle a la institución la transparencia y seriedad que reclaman los elevados objetivos que le impone el art. 3° de la Ley que da creación al organismo.
Dejo constancia Sr. Presidente que la presente requisitoria está imbuida de un espíritu constructivo y se basa en cuestiones que fueron debatidas en la Comisión Bicameral al momento de mi designación, el diputado Ricardo Gil Lavedra, la diputada Margarita Stolbizer y la Senadora Norma Morandini, sustentaron algunos de estos planteos. Asimismo, he tenido particularmente en cuenta la versión taquigráfica de la Audiencia Pública convocada por las Senadoras Laura Montero, María Eugenia Estenssoro y Norma Morandini en el Salón Azul del Senado de la Nación el 17/09/2012.
Sin otro particular, saluda al Sr. Presidente.
Marcelo Stubrin
Director AFSCA