Por: Andrés Sanguinetti
En su embestida casi diaria contra el Grupo Clarín, el Gobierno sumó como aliada a la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, quien ayer opinó en contra de un fallo de la Corte Suprema de Justicia de agosto pasado que había unificado dos causas contra Cablevisión, una radicada en la Justicia Nacional en lo Civil y Comercial Federal y otra en la Justicia Federal de Mendoza. Y también había dispuesto la intervención de la Procuración al plantearse una cuestión de competencia.
En este marco, en un dictamen fechado el 2 de noviembre pasado, Gils Carbó entendió que la causa Supercanal c/ Cablevisión debe volver a la justicia mendocina. Según su opinión, su acumulación con el expediente AMI Cable Holding que tramita la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Federal porteña, resulta improcedente por cuanto existe diversidad de sujetos y de objeto, encontrándose las mismas en diversos estados procesales.
Para Gils Carbó, la acción de amparo promovida por Supercanal en Mendoza tiene por objeto el resarcimiento de los daños sufridos por las conductas anticompetitivas, abusivas e ilícitas que habrían sido realizadas por las demandadas, en los términos del artículo 51 de la ley 25.156 de Defensa de la Competencia. En tanto, considera que la causa AMI es un conflicto entre personas jurídicas que participaron en una operación de concentración económica y el Estado.
La Procuradora busca, de este modo, que sea nuevamente el juez Walter Bento quien maneje la causa. Se trata del mismo magistrado que quiso intervenir Cablevisión en dos ocasiones y remover a su directorio con ayuda de Gendarmería.
En su dictamen, Gils Carbó asegura que, sobre la base que el régimen de Defensa de la Competencia no se encuentra exclusivamente a cargo del Estado Nacional, la acción iniciada por el Grupo Vila Manzano debe continuar en la Justicia Federal de Mendoza.
En tanto, abogados del Grupo Clarín aseguraron que Gils Carbó efectúa una reseña parcial y falsa de los hechos, se aparta del derecho vigente y no considera los argumentos expuestos por Cablevisión ni por la Sala II al disponer la acumulación. Además, aclararon que si bien su opinión es obligatoria, su dictamen no es vinculante ante la Corte Suprema.
Contrariamente a lo sostenido por Gils Carbó, no estamos frente a un reclamo por resarcimiento, sino frente a una acción que tiene por objeto dejar sin efecto la fusión entre Cablevisión y Multicanal que el propio Néstor Kirchner autorizó el 7 de diciembre de 2007.
Los letrados también recuerdan que Çablevisión no opera en Mendoza por lo cual no compite con Supercanal. Por eso acusan a Gils Carbó de evitar expedirse sobre la manifiesta ausencia de competencia territorial de la Justicia Federal de Mendoza, afirmando que dicha cuestión ya fue tratada en Mendoza lo que no es cierto por cuanto, atento que se trata de una acción de amparo, no puede discutirse la competencia.
No es la primera vez que Gils Carbó opina en contra del Grupo Clarín. También lo hizo cuando era fiscal general ante la Cámara de Apelaciones en lo Comercial y criticó la fusión Cablevisión-Multicanal. Habló de posición dominante y casi sin tener el cuenta la capacidad de la sociedad para optar por qué diario leer o canal de noticias mirar, advirtió, casi de manera apocalíptica que el Poder Judicial no puede ser indiferente ante la entronización de un conglomerado monopólico de medios que amenaza la democracia.
Fuente: Diario El Cronista