miércoles, 14 de noviembre de 2012

Diputados sancionó la reglamentación del per saltum

Tras un arduo debate que involucra la aplicación de la Ley de Medios, el Frente para la Victoria logró convertir en ley, con 135 votos, el recurso extraordinario por salto de instancia. Contó con el apoyo de sus bloques aliados, mientras que 95 legisladores votaron en contra. El debate culminó al cabo de siete horas
En una ardua discusión que puso en el tapete la aplicación de la Ley de Medios y la causa que involucra al Grupo Clarín por el artículo de desinversión, el Frente para la Victoria en la Cámara de Diputados logró convertir en ley la reglamentación del per saltum o recurso extraordinario por salto de instancia.
De acuerdo con la flamante ley, el per saltum sólo podrá ser aplicado en causas de competencia federal que impliquen “notoria gravedad institucional, cuya solución definitiva y expedita sea necesaria”, es decir, cuando peligren intereses colectivos.
El oficialismo reunió 135 votos, gracias al apoyo de sus aliados más fieles: Nuevo Encuentro, PJ La Pampa, Frente Cívico por Santiago y el interbloque Unión Federal de Provincias. Felipe Solá, que acompaña ocasionalmente al kirchnerismo, había anunciado su rechazo a la norma, pero finalmente se ausentó a la hora de votar.
En cambio, 95 diputados se pronunciaron en contra. Fueron todos los bloques opositores –la UCR, el Pro, la CC-ARI, Proyecto Sur, el interbloque FAP y el Frente Peronista-. Pese a las críticas, el riojano Jorge Yoma adhirió a la iniciativa. No hubo abstenciones en la votación.
La sesión especial comenzó a las 12.06 con la única presencia del kirchnerismo y aliados, que lograron reunir los 129 diputados necesarios. Tal como había anticipado, la oposición se negó a dar quórum, pero bajó al recinto una vez iniciado el debate, que se extendió durante siete horas.
El per saltum es un elemento jurídico que se ejecutará “en la dilación de una causa en trámite”, aunque la Corte Suprema podrá rechazarlo “si no se observaren prima facie los requisitos para su procedencia”, y no se aplicará en causas de materia penal.
“El recurso constituye el único remedio eficaz para la protección del derecho federal comprometido, a los fines de evitar perjuicios de imposible o insuficiente reparación ulterior”, justifica el nuevo artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial.
Pese a ello, los bloques opositores insistieron en cuestionar la “utilización” de la ley por parte del Gobierno para resolver a su favor la causa que involucra al Grupo Clarín por el cumplimiento del artículo 161 de la Ley de Medios, suspendido por una medida cautelar que vence, según estableció la Corte, el 7 de diciembre.
“Es una embestida contra el Poder Judicial”, lanzó el radical Mario Negri, mientras que Ricardo Gil Lavedra resumió el pensamiento opositor: “Esta va a ser la ley Clarín”, sentenció.
Por su parte, el juecista Ernesto Martínez cargó contra el “voto cantado” de los ministros de la Corte, quienes tendrán la última palabra en la aplicación de este recurso de cara al “7D”. “Saltear jueces que no le gustan al oficialismo ha pasado a ser moneda corriente”, advirtió Margarita Stolbizer (Gen).
Jorge Yoma coincidió en que “el per saltum ha sido usado para imponer una decisión política”. Del mismo modo, el peronista disidente Gustavo Ferrari se mostró “convencido” de que “hay un conflicto entre el Poder Ejecutivo y el Judicial”.
Diana Conti encabezó la defensa del kirchnerismo al sostener que el recurso busca terminar con “el gobierno de los jueces” que “frenan leyes”, y se sinceró: “No me importa que esta ley tenga nombre y apellido”. Al cierre de la discusión, el jefe de la bancada, Agustín Rossi, sostuvo que el per saltum servirá para “evitar presiones de los poderes económicos” y bregó por el cumplimiento de la Ley de Medios por parte de “todos los grupos económicos”.
En tanto, Liliana Parada (Unidad Popular) pidió sin éxito que el proyecto volviera a la instancia de comisiones: “No hubo discusión ni debate, ni tuvimos la opinión de la Corte. Hay un destrato permanente a la actividad parlamentaria”, criticó.

Rossi aclaró que el 7D “no es una construcción arbitraria del poder político”
El presidente del bloque oficialista se encargó de aclarar que “todos los grupos económicos tienen que presentar el plan de adecuación el 7 de diciembre para cumplir con la Ley de Medios”, aunque el Grupo Clarín es “el único” que dijo que no la va a acatar. Apuntó que el per saltum servirá para “evitar presiones de los poderes económicos”
El titular del bloque del Frente para la Victoria en la Cámara baja, Agustín Rossi, respondió a las críticas opositoras por la reglamentación del per saltum y retrucó que “el mismo Grupo Clarín dice que la ley tiene nombre y apellido desde el mismo momento en que este Congreso debatió la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual”.
“Clarín no esta detrás de la libertad de expresión; lo que defiende es su posición dominante dentro del sistema de medios de comunicación audiovisual en Argentina, que le ha dado un poder que ha utilizado en diferentes momentos de los últimos treinta años para condicionar la democracia”, explicó.
En este sentido, Rossi apuntó que “el 7 de diciembre no es una construcción arbitraria del poder político”, sino que “es una decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
Además, sostuvo que “todos los grupos económicos tienen que presentar el plan de adecuación el 7 de diciembre para cumplir con la Ley de Medios”, en respuesta a los diputados que cuestionaron que “la ley no es pareja para todos”. El santafesino aprovechó para recordar que “el Grupo Telefé, Grupo Prisa, Direct TV, Cadena 3, Telecentro y C5N”, entre otros, “incumplen” la norma en algún aspecto, según el titular del AFSCA, Martín Sabbatella.
Sin embargo, insistió en que “el único grupo que dijo que no va a cumplir con la ley es el Grupo Clarín, que lo viene diciendo desde la sanción, y para eso interpuso una serie de medidas judiciales”. Sin rodeos, Rossi consideró que el multimedios busca “ganar tiempo” para “que pasen los períodos de gobierno” y “que venga otro gobierno que tenga una mirada más condescendiente sobre esta situación”.
“Hace tres años que la causa está en primera instancia y que el juez no determina sobre la cuestión de fondo, y van a tratar por tres años más de segur trabando la aplicación de la ley”, aseguró el kirchnerista.
Sobre el instituto del per saltum, entonces, Rossi indicó que contribuirá a “evitar las presiones de los poderes económicos”, que “siempre se dan sobre los tribunales de menor jerarquía”.

Esta es la ley que reglamenta el per saltum
El Senado y la Cámara de Diputados sancionan
Artículo 1º-. Incorpóranse como artículos 257 bis y 257 ter de la ley 17.454 (Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) los siguientes:

Recurso extraordinario por salto de instancia
Artículo 257 bis.- Procederá el recurso extraordinario ante la Corte Suprema prescindiendo del recaudo del tribunal superior, en aquellas causas de competencia federal en las que se acredite que entrañen cuestiones de notoria gravedad institucional, cuya solución definitiva y expedita sea necesaria, y que el recurso constituye el único remedio eficaz para la protección del derecho federal comprometido, a los fines de evitar perjuicios de imposible o insuficiente reparación ulterior.
Existirá gravedad institucional en aquellas cuestiones sometidas a juicio que excedan el interés de las partes en la causa, proyectándose sobre el general o público, de modo tal que por su trascendencia queden comprometidas las instituciones básicas del sistema republicano de gobierno o los principios y garantías consagrados por la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales por ella incorporados.
La Corte habilitará la instancia con alcances restringidos y de marcada excepcionalidad.
Sólo serán susceptibles del recurso extraordinario por salto de instancia las sentencias definitivas de primera instancia, las resoluciones equiparables a ellas en sus efectos y aquellas dictadas a título de medidas cautelares.
No procederá el recurso en causas de materia penal.’

Forma, plazo trámite y efectos
Artículo 257 ter.- El recurso extraordinario por salto de instancia deberá interponerse directamente ante la Corte Suprema mediante escrito fundado y autónomo, dentro de los diez (10) días de notificada la resolución impugnada.
La Corte Suprema podrá rechazar el recurso sin más trámite si no se observaren prima facie los requisitos para su procedencia, en cuyo caso proseguirá la causa según su estado y por el procedimiento que corresponda.
El auto por el cual el Alto Tribunal declare la admisibilidad del recuso tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida.
Del escrito presentado se dará traslado a las partes interesadas por el plazo de cinco (5) días notificándolas personalmente o por cédula.
Contestado el traslado o vencido el plazo para hacerlo, la Corte Suprema decidirá sobre la procedencia del recurso.
Si lo estimare necesario para mejor proveer, podrá requerir al Tribunal contra cuya resolución se haya deducido el mismo, la remisión del expediente en forma urgente.’
Art. 2°- La presente ley entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo."

Gil Lavedra: “Esta va a ser la ley Clarín”
El jefe de la bancada radical no dudó en afirmar que se trata de “un intento de tratar de imponer un monopolio gubernamental en materia de comunicación”. Además, arguyó que “es falso que el ‘7D’ sea por la democracia y por la pluralidad de voces”
Al filo del cierre del debate por la reglamentación del per saltum en la Cámara de Diputados, el presidente del bloque de la UCR, Ricardo Gil Lavedra, insistió en que la ley “responde exclusivamente a un contexto político determinado” y sentenció que “ésta va a ser la ley Clarín, la ley del ‘7D’”.
“Regular el salto de instancia dentro de la Justicia Federal no es el tema más urgente en este momento de la sociedad argentina, que está esperando que discutamos otras cuestiones, como la seguridad y el narcotráfico”, sostuvo el diputado.
Como sus pares opositores, Gil Lavedra advirtió que la sanción “se inscribe en esta contienda absurda que ha planteado el Gobierno respecto de un grupo privado que posee una gran cantidad de medios”, y que constituye “un intento de tratar de imponer un monopolio gubernamental en materia de comunicación”.
“Es falso que el ‘7D’ sea por la democracia y por la pluralidad de voces”, sostuvo, y agregó que “el Gobierno ha hecho una aplicación parcial y discriminatoria de la Ley de Medios”, en alusión a que “algunos grupos extranjeros, como el Grupo Prisa, que tienen coronita”.
A pesar de ello, aclaró que “la ley no es inconstitucional”, ya que “el Congreso tiene facultades para regular competencias de la Corte”.

Conti aseguró que el per saltum es un instrumento de “defensa democrática”
La diputada kirchnerista le apuntó al “gobierno de los jueces” que “frenan la voluntad popular”. Admitió que la ley se inscribe en el marco de la aplicación de la Ley de Medios
La presidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Diana Conti, indicó que la reglamentación del per saltum impulsada por el kirchnerismo es un instrumento de “defensa democrática” que apunta a terminar con el “gobierno de los jueces”.
Conti cargó contra los magistrados que “frenan” leyes, la “actividad de órganos constitucionales como el Consejo de la Magistratura, el Congreso” o políticas públicas, inspirados en el “neoliberalismo” que “incentiva el amparo para una cosa muy diferente a los derechos fundamentos”, más bien “para proteger” intereses privados.
“Esta cuestión de la justicia cautelar nos impone un debate sincero y no hipócrita. ¿Cómo es posible que el Poder Legislativo y el Ejecutivo, representantes del poder popular directo, pudieran ser impedidos en nuestra actividad institucional por el otro poder, el Judicial, que tiene solamente un poder popular indirecto y delegado?”, expresó la miembro informante del oficialismo.
“No me importa que esta ley tenga nombre y apellido”, agregó, en clara alusión a la aplicación del artículo 161 de la Ley de Medios referido al tema de la desinversión, que involucra al Grupo Clarín.
En este contexto, Conti aseguró que la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual es “democrática” por su “formalidad, porque emanó del Congreso”, “salió de un consenso muy amplio” cuando “los oficialistas eran minoría”; y porque “fue tomada de una elaboración previa a lo largo y ancho del país, llevada a delante por militantes” que “querían cambiar la ley de la dictadura”.
Además subrayó que el per saltum impulsado por el kirchnerismo “adquiere un fundamento totalmente distinto al que inspiro el debate de 2002 y 2004”. “Distinto al que inspiró a mi compañero juguetón Jorge Yoma”, añadió sobre el riojano que se rebeló contra su bloque en este tema.
Conti señaló que “en aquel momento previo al 2002-2004, la Corte en el caso Dromi relacionado a Aerolíneas Argentinas lo utilizó sin ley alguna”. “Esa Corte que estaba vista como automática del Poder Ejecutivo, al hacer uso del per saltum sin ley, arbitrariamente, se vio claramente desprestigiada así como el per saltum, para adherir a una plan político de turno”, agregó.

El radicalismo habla de una “embestida contra el Poder Judicial”
Mario Negri aseguró que el proyecto del per saltum del oficialismo es para resolver un “problema de poder” relacionado a la Ley de Medios. “El Gobierno se equivoca, está transitando peligrosamente el estado de excepción”, expresó
El radical Mario Negri cargó contra el proyecto de per saltum del Frente para la Victoria al considerarlo una “embestida contra el Poder Judicial” para resolver un “problema de poder” relacionado a la Ley de Medios.
El miembro informante de la UCR aseguró que esta “no es una discusión jurídica”, sino que “estamos frente a una debate político y está bien que sea así”. Aún así, opinó que “el Gobierno se equivoca, está transitando peligrosamente el estado de excepción” y “creando la propia transgresión de la Constitución”.
En este marco, Negri cargó contra el kirchnerismo por la aplicación de la Ley de Medios. Reconoció que el artículo 161 está frenado en la Justicia pero enumeró una serie de artículos que el Ejecutivo no ha aplicado, como el otorgamiento de licencias o la reglamentación de cuestiones técnicas. Además le recordó el oficialismo que fue el expresidentes Néstor Kirchner quien autorizó la fusión de Cablevisión y Multicanal.
“Nosotros queremos garantizar la pluralidad de voces, en contra de los monopolios, que se están formando por otro lado”, añadió el cordobés, y afirmó que el Gobierno quiere construir una “voz única” oficialista.
Finalmente, Negri cargó contra el kirchnerismo por su “pelea frenética por el dominio de los medios en la pelea por el poder”. “El Gobierno acertó en muchas cosas pero está perdiendo el rumbo. Denosta a los que piensan distinto, no reconoce el pasado”, concluyó.

Yoma: “El per saltum ha sido usado para imponer una decisión política”
Pese a que el riojano no había firmado el dictamen del oficialismo, terminó votando la ley a favor, aunque aseguró que el per saltum se ha aplicado para “imponer una decisión del Estado por encima de los ciudadanos”
Para despejar dudas, Jorge Yoma votó a favor de la reglamentación del per saltum, pese a que defendió su propio dictamen para “dejar que la Corte (Suprema de Justicia) siga de manera pretoriana determinando cuándo se configura la gravedad institucional” para actuar en consecuencia.
El riojano aseguró que el per saltum “siempre ha sido usado como herramienta de poder para imponer una decisión” política. “Nunca fue una tutela de los derechos ciudadanos. Siempre ha sido para tratar de imponer una decisión del Estado por encima” de estos últimos, indicó. Sin embargo, reconoció que “esta es otra Corte en su calidad moral e intelectual”.
El dictamen alternativo impulsado por Yoma aglutinó a un puñado de peronistas disidentes, entre ellos Natalia Gambaro, Carlos Carranza y Gustavo Ferrari.
Yoma aprovechó la ocasión para quejarse del trámite que tuvo la iniciativa oficial. En esta línea se mostró molesto porque la Cámara de Diputados trata los proyectos venidos del Senado “a libro cerrado”: “Ultimamente lo que viene del Senado tiene muchos defectos”, argumentó.
Fuente: Parlamentario.com
Ver anteriores: Rodríguez Villafañe: “Es de particular importancia que el per saltum se regule por ley”, Proyecto sobre el "per saltum" para habilitar intervención de la Corte, #7D El oficialismo apura el proyecto de "per saltum", #7D El "per saltum" y su gravedad institucional