Los representantes legislativos del Frente para la Victoria impulsarán este martes a Cynthia Ottaviano como Defensora del Público, en el marco de la reunión constitutiva de la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual.
En esa función, tendrá el rol de recibir y canalizar las consultas, reclamos y denuncias del público de la radio y la televisión.
Como anticipo de la propuesta que se formalizará este lunes, el titular de la AFSCA, Martín Sabbatella y el presidente del bloque de diputados del FPV, Agustín Rossi, se reunieron con Ottaviano.
Según lo establece la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, la titular de la Defensoría del Público deberá ser designada por resolución de ambas Cámaras, a propuesta de la Comisión Bicameral.
La figura de la Defensoría del Público, sus misiones y funciones, están detalladas en el artículo 19 de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Quien desempeñe ese rol será responsable de recibir y canalizar las consultas, reclamos y denuncias del público de la radio, la televisión y demás servicios regulados por la ley.
Ottaviano nació en Buenos Aires en 1973 y es egresada de la Maestría en Periodismo de Investigación de la Universidad del Salvador y Licenciada en Comunicación Social y Periodismo por la misma universidad, con Diploma de Honor.
Actualmente es Jefa del Equipo de Investigación del diario Tiempo Argentino y co-conductora del programa "Mañana Más", en Radio Nacional.
Sus trabajos de investigación fueron laureados con el Premio UBA a la mejor investigación radial (2011), Premio Internacional de Periodismo Rey de España al mejor documental de TV (2004) y premio COMUNA a la mejor investigación periodística en gráfica (2010), diploma al Mérito Investigativo de Transparency International y el Instituto Prensa y Sociedad (2003).
Además, Ottaviano obtuvo el Primer Premio a la Mejor Investigación Histórica, otorgado por Félix Luna y la revista Todo es Historia (2005); el premio Argentores, al Mejor Guión Documental de Televisión (2006) y el premio UAI a la mejor investigación por Papel Prensa (2010). Publicó dos libros: Secretos de alcobas presidenciales (editorial Norma) y Crímenes en familia (editorial Edhasa).
Se formación como profesional comenzó en la sección Policiales de los diarios La Prensa y Perfil, y luego continuó su carrera en las revistas Pistas y Noticias; e integró el equipo de Telenoche Investiga y Telenoche Especial.
Fue conductora de "Tinta Roja"; columnista de Una vuelta Nacional, con Héctor Larrea; de "Carbono 14" con Eduardo Anguita y Miriam Lewin en de Radio Nacional, y del noticiero del mediodía de CN23, conducido por Juan Miceli.
Es docente de posgrado en la USAL y de grado en UADE; y recientemente realizó seminarios de política, historia y filosofía en la universidad francesa La Sorbonne.
Fuente: Agencia TelAm
Qué dice la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual sobre el Titular de la Defensoría del Público:
Artículo 20. — Titular de la Defensoría del Público. Requisitos. El titular de la Defensoría del Público será designado por resolución conjunta de ambas Cámaras, a propuesta de la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, debiendo reunir los mismos requisitos que los exigidos para integrar el directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Previo a la designación, el Congreso de la Nación deberá publicar el nombre y los antecedentes curriculares de la persona propuesta para la Defensoría del Público y garantizar los mecanismos suficientes para que los ciudadanos en general, las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales, las entidades académicas y de derechos humanos, puedan presentar las posturas, observaciones y circunstancias que consideren de interés expresar respecto del candidato.
Su mandato será de cuatro (4) años, pudiendo ser renovado por única vez.
El Defensor del Público no podrá tener intereses o vínculos con los asuntos bajo su órbita en las condiciones de la ley 25.188.
Podrá ser removido por incumplimiento o mal desempeño de su cargo por el Congreso de la Nación, previo dictamen de la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, en un procedimiento en el que se haya garantizado en forma amplia el derecho de defensa, debiendo la resolución que se adopta al respecto estar debidamente fundada.
Su ámbito de actuación y dependencia orgánica será la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, debiendo aplicar en su actuación el procedimiento reglado por la ley 24.284 en lo pertinente.