miércoles, 13 de julio de 2011

Tribunal colombiano falló a favor de la libertad de opinión

Por: Dennis Rodríguez P.
Quien ostenta el mayor capital político en la historia de Colombia, el presidente Uribe, prefiere gastárselo en reinsertar para sus filas a cuanta estrella de la polimafia atraviese su cielo. El nombramiento de (Ernesto) Samper en Francia es apenas otro astro de ese firmamento (...)”.
Claudia López y Ernesto Samper en tribunales. Foto: Juan Manuel Vargas, Casa Editorial El Tiempo
Así se lee en uno de los párrafos del artículo de opinión que Claudia López publicó en El Tiempo, el 11 de julio del 2006. Por esa columna, el ex presidente Samper Pizano (1994-1998) entabló una demanda contra la periodista, por calumnia e injuria, que anteayer el Tribunal Superior de Cundinamarca desestimó en un fallo de segunda instancia.
Consideró que la publicación le ocasionó“un daño personal, moral y familiar”, exigiendo a manera de reparación 50 millones de pesos (USD 27 000) y la debida retractación. López defendió su derecho a la opinión y desestimó una conciliación. Este caso, de alguna manera, establece un paralelo con la querella que el presidente Rafael Correa ha entablado contra diario El Universo, sus directivos y Emilio Palacio, el ex editor de Opinión, a raíz del artículo ‘No a las mentiras’.
La columna de López, que apareció con el título ‘La Reinserción Uribista: del 8 000 al 64 0000’, cuestionaba la designación de Samper como Embajador. La también analista colombiana ha reiterado que lo escrito “era un recordatorio del conocido proceso 8 000”. Es decir, la controversial revelación de que el narcotráfico financió la campaña electoral del entonces candidato liberal.
También dijo, según declaraciones difundidas por El Tiempo, que “escribió una columna contra el ex presidente Samper, ejerciendo sus derechos ciudadanos y periodísticos y cumpliendo un deber de hacer control político”.
En su columna, López escribió: “(Uribe) no ve en él al político capaz de venderse a la mafia para acceder a la Presidencia (algo que todos sabemos, pero que la justicia comprada en el Congreso evitó juzgar), de corromper las instituciones (...), de pedir cacao para que no extraditaran a los Rodríguez Orejuela (...)”.
El Tribunal Superior de Cundinamarca, en su decisión de absolver a la periodista, acogió la decisión en primera instancia que expidió la Jueza 23, quien no la halló responsable de los cargos. El veredicto se dio a pesar de los pronunciamientos de la Fiscalía y de la Procuraduría de Colombia, que solicitaban la condena de López que consistía en 10 años de prisión, conforme el pedido planteado por la parte acusadora. El Tribunal consideró que prima la libertad de expresión y opinión sobre la honra y buen nombre, que en este caso no se vulneraron.
Eduardo A. Bertoni, ex relator para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, señaló al portal La Silla Vacía que una eventual condena “contradice todos los estándares internacionales de libertad de expresión”.
José Gregorio Hernández, ex magistrado y ex Presidente de la Corte Constitucional (CC) de Colombia, dijo a este Diario que “con las dos decisiones judiciales a favor de López hay una victoria de la libertad de opinión”. Consideró que se han defendido “las posibilidades efectivas que tiene cualquier persona de manifestar sus pensamientos y conceptos en los medios de comunicación”.
Pero aclaró que el fallo no debe tomarse como una suerte de vía libre para utilizar la prensa con el propósito de calumniar.
La CC -anotó- siempre ha creído que la protección de la honra de un funcionario público debe ser menor a la de un ciudadano común a fin de salvaguardar el derecho al debate público.
Fuente: Diario El Comercio