miércoles, 5 de enero de 2011

Cablevisión deberá notificar aumentos y restituir el incremento aplicado

El acuerdo fue alcanzado por la Asociación de Defensa de Consumidores y Usuarios de la Provincia de Buenos Aires (ACUBA) y las firmas Multicanal y Cablevisión. La empresa tomó nota y notificó en la actual factura subas en el abono, a partir de febrero, que en Rosario llega al 21,9 %
Anuncio publicado en la boleta de enero de Cablevisión
Las proveedoras de TV por cable deberán comunicar toda suba de tarifas a través de una nota en hoja por separado con una antelación mínima de 30 días a la entrada en vigencia del aumento y asumieron la obligación de restituir el incremento aplicado a usuarios de Olavarría y General Pueyrredón desde marzo de 2008. ACUBA indicó, “es el primer acuerdo colectivo dictado en la Provincia de Buenos Aires, lo que constituye un verdadero hito en la historia del Derecho del Consumo”
La Asociación de Defensa de Consumidores y Usuarios de la Provincia de Buenos Aires, con sede en Mar del Plata, hizo saber que ha alcanzado un acuerdo homologado por la Justicia Provincial en el marco de las acciones judiciales iniciadas contra las firmas Multicanal S.A. y Cablevisión S.A. en representación de los usuarios de Olavarría y General Pueyrredón, durante el año 2008 y 2009. Las acciones fueron llevadas adelante por los abogados Federico M. Alvarez Larrondo, Ariel J. Vieira y Maximiliano Vieira.
En diciembre de 2010 se ha logrado llegar a un acuerdo conciliatorio con la empresa Cablevisión S.A., tal lo solicitado en su momento. La conciliación establece que la empresa proveedora del servicio de televisión por cable deberá comunicar todo incremento de tarifas que pretenda efectuar en los partidos de Olavarría y General Pueyrredón, a través de una nota en hoja por separado del tamaño de la revista que envía a sus clientes, con una antelación mínima de 30 días a la fecha de entrada en vigencia del aumento, “con una explicitación de los motivos que lo llevan a efectuar tal incremento, a fin de que los usuarios puedan decidir en ese plazo su baja del servicio a fin de no pagar el incremento, o en su caso, cuestionar el mismo en sede judicial si entiende que las razones explicitadas no son ciertas o justificadas”, informó ACUBA.
Se agregó que a su vez Cablevisión S.A. asumió la obligación de restituir el monto del incremento que hubiera aplicado a los usuarios de Olavarría y General Pueyrredón que dieron de baja el servicio de televisión por cable dentro de los sesenta (60) días posteriores a cada uno de los aumentos operados en marzo de 2008 (la baja debe haberse producido en los meses de abril o mayo), julio de 2008 (la baja debe haberse producido en los meses de agosto o septiembre) y febrero de 2009 (la baja debe haberse producido en marzo o abril). La conciliación establece la devolución “del monto del incremento que se les hubiere aplicado en cada caso con más sus intereses correspondientes, los que serán equivalentes al interés que cobra la empresa por los retrasos en el pago del abono a sus clientes”.

Las condiciones de restitución del dinero son:
1) Para los usuarios que eventualmente hubiesen restablecido el servicio, la suma resultante se le acreditará en la próxima factura con vencimiento posterior al acuerdo conciliatorio precitado, aclarándose que dicho rubro surge del acuerdo celebrado en los autos “ACUBA c/ Cablevisión/Multicanal”;
2) Aquellos usuarios que no hubieren restablecido el servicio, deberán presentarse en las oficinas comerciales que Cablevisión S.A. posee en los dos partidos bonaerenses y reclamar allí la devolución de las sumas que le corresponda percibir. Deberán presentarse dentro de los ciento ochenta (180) días siguientes contados a partir del último día en que el acuerdo conciliatorio sea publicado en el diario “El Popular” de Olavarría.
Las medidas judiciales de los usuarios implican que la empresa “no podrá modificar nunca más el precio del servicio sin una comunicación previa y fehaciente a sus usuarios a fin de que estos adopten con antelación las medidas que consideren pertinentes”, indicó ACUBA.
Asimismo, la asociación defensora de usuarios destacó: “Este es el primer acuerdo colectivo dictado en la Provincia de Buenos Aires, lo que constituye un verdadero hito en la historia del Derecho del Consumo. Y a su vez, que el logro del mismo evidencia el necesario cambio de postura de empresas masivas como la aquí involucrada, que partiendo de una postura cerrada y lesiva de los derechos del consumidor, han comprendido que es menester ajustar su actuar a la ley y proteger a su bien más preciado y que le da razón de ser: su cliente”.


Fuente: Tres Líneas