lunes, 17 de agosto de 2009

Resolver la tensión en favor de los ciudadanos

Por: Silvana Giudici*
Las querellas por calumnias e injurias contra directivos de La Nación, impulsadas por el director de Operaciones de la Secretaría de Inteligencia (ex SIDE), Antonio Stiusso, por opiniones sobre la investigación del ataque contra la AMIA, volvieron a poner en el tapete la difícil relación que existe entre el poder y la prensa.
La utilización de una figura penal como el delito de calumnias e injurias refleja la tensión permanente entre el derecho de acceso a la información pública y la resistencia de los funcionarios a la difusión de sus actos. Por eso es imprescindible sancionar leyes para la protección de la labor periodística, como la ley de acceso a la información y la despenalización del delito de calumnias e injurias, para que esa tensión quede resuelta en favor de los ciudadanos.
Las demandas presentadas por el funcionario de la SIDE revisten características de alto contenido simbólico. Por un lado, el funcionario se siente afectado por apreciaciones periodísticas sobre el rol de su organismo. Según él, ese cuestionamiento fue lesivo. Para la sociedad, la verdadera lesión fue provocada por la voladura de la AMIA, que se llevó 85 vidas y que aún hoy, luego de quince años, espera por verdad y justicia.
Por otro lado, el querellante utilizó una táctica judicial llamativa, al presentar dos querellas separadas contra los doctores Bartolomé Mitre y Julio Saguier, que fueron radicadas en el juzgado del mismo magistrado que investigó las irregularidades de la causa de la AMIA.
Mientras se siguen presentando estas demandas en la Argentina, hace más de un año la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) reclamó al gobierno argentino la despenalización del delito de calumnias e injurias en el fallo del caso Kimel.
Es interesante relacionar ese fallo con la demanda presentada por Stiusso. En el fallo Kimel, la CIDH señala: "En una sociedad democrática, los funcionarios públicos están más expuestos al escrutinio y la crítica del público [...] Sus actividades salen del dominio de la esfera privada para insertarse en la esfera del debate público [...] como sucede cuando un juez investiga una masacre en el contexto de una dictadura militar".
En su libro La masacre de San Patricio, Kimel investigaba y cuestionaba la investigación judicial. Mitre y Saguier son querellados por cuestionamientos sobre la investigación de la causa AMIA, también de enorme relevancia pública.
El Estado argentino reconoció que la pena impuesta a Kimel representó una violación de su libertad de expresión y que los delitos de calumnias e injurias del Código Penal poseían una amplitud o ambigüedad que se contraponía al principio de legalidad de la Convención Americana.
El 15 de abril de este año, recibimos en la Comisión de Libertad de Expresión de la Cámara de Diputados al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que impulsa, como nosotros, un proyecto para la despenalización. Seis proyectos de diputados y cuatro proyectos de senadores esperan tratamiento parlamentario. Su sanción no admite más demora.
Indudablemente, en un caso de relevancia pública como el de la AMIA, el derecho de todos a la verdad debe considerarse muy superior a los intereses o reputación individuales. Así lo señala la Corte Suprema de Justicia, en el fallo Patito c/ La Nación, al incorporar definitivamente la doctrina de la real malicia: "En el marco del debate público sobre temas de interés general, y en especial sobre el Gobierno, toda expresión que admita ser clasificada como una opinión, por sí sola, no da lugar a responsabilidad civil o penal a favor de las personas que ocupan cargos en el Estado".
Mientras el Estado no dé respuestas contundentes en defensa de las libertades y no aborde el tratamiento de las leyes que componen la agenda ampliada de libertad de expresión, la puja entre la información y el silencio seguirá afectando derechos ciudadanos básicos, como el derecho a saber, a investigar, a decir.
La ley servirá, en este caso, para evitar cualquier diferencia interpretativa, la información pública debe ser de acceso irrestricto, todos tenemos derecho a conocerla, a opinar sobre ella y a divulgarla. Un derecho básico protegido por la Constitución nacional, por el bloque de legalidad interamericana y por los derechos humanos universales.

*La autora es diputada nacional (UCR) y presidenta de la Comisión de Libertad de Expresión
Fuente: Diario La Nación