jueves, 27 de agosto de 2009

La norma abre el juego a las telefónicas y limita la concentración de licencias

El proyecto de Ley de Servicios de Contenidos Audiovisuales clarifica el nuevo régimen para la adjudicación de licencias y autorizaciones para servicios que utilizan el espectro radioeléctrico (radio y TV) y permite a las empresas de servicios públicos operar señales de televisión por cable.
El artículo 38, por ejemplo, apunta a limitar la concentración de licencias de radio y televisión, "a fin de garantizar los principios de diversidad, pluralidad y respeto por lo local".
Entre otros puntos que cambian de raíz la actual legislación en materia de difusión se prevé que el titular de un canal de televisión abierta no podrá ser dueño de una empresa de distribución de TV por cable en la misma localidad y viceversa. También se prohíbe a las empresas de distribución de televisión por cable que sean titulares de señales de cable, con excepción de la señal de generación propia.
Por otra parte, el otorgamiento de licencias de TV y radio estará sujeto a la "verificación" sobre si la empresa solicitante es parte de un grupo económico, cuál es su actividad comercial en general, y si este grupo está dedicado a la "comunicación social", en particular. Otro punto central de los cambios es que se permitirá a las empresas de servicios públicos, entre ellas a las telefónicas, ofrecer servicios de distribución de señales de TV por cable.
El anteproyecto fija en 24 la cantidad máxima de licencias de distribución de TV por cable que puede tener un mismo titular en todo el país. Actualmente, la ley estipula una sola por localidad.
El alcance territorial de cada licencia será definido por la autoridad de aplicación. El proyecto señala además que un mismo titular no podrá cubrir más de 35% de la población del país con sus licencias de TV abierta y radio, ni más de 35% de los abonados con sus licencias de TV por cable.
Además, el mismo artículo 38 indica que se reducen de 24 a 10 la cantidad de licencias de TV abierta y radio que puede acumular un mismo titular a 10 en todo el país, con cómputo de las señales de cable. Si la Ley se aprueba, las licencias de televisión y radio serán por 10 años (hoy, 15 años), mientras que podrán prorrogarse por otros 10 años por única vez.
Los titulares que hayan obtenido renovación o prórroga, no podrán solicitar una nueva extensión de plazo por ningún título. Por último, el Proyecto establece un año de plazo para que las empresas se adecuen a la nueva legislación.

Fuente: DyN