martes, 28 de octubre de 2008

La Corte ordenó a los tribunales que permitan la difusión mediática de los de los juicios orales

A través de una acordada, el máximo tribunal estableció que se permitirá la difusión de los "actos iniciales" del debate, los alegatos y la lectura de la sentencia. "El principio de publicidad del proceso constituye una de las condiciones fundamentales de la legitimidad de la administración de justicia", argumentaron los ministros.
La Corte Suprema de la Nación resolvió este martes que los tribunales orales deberán permitir la difusión radial y televisiva de determinados actos procesales de los juicios públicos.
En una acordada firmada por el presidente Ricardo Lorenzetti y los ministros Elena Highton, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Raúl Zaffaroni y Juan Carlos Maqueda, la Corte precisó que se permitirá la difusión de los "actos iniciales" del debate, los alegatos y la lectura de la sentencia, con su parte dispositiva y fundamentos.
"La ubicación de las cámaras de televisión y de los reporteros gráficos para realizar la cobertura de las instancias del proceso permitidas, será determinada por el tribunal, que arbitrará, en la medida de sus posibilidades, los medios necesarios para garantizar el mejor registro de imágenes", consignó la acordada.
"El principio de publicidad del proceso constituye una de las condiciones fundamentales de la legitimidad de la administración de justicia", expusieron los magistrados del supremo tribunal.
La Corte destacó que "es preciso garantizar el derecho a la información en los casos judiciales de trascendencia pública que generan gran interés en la ciudadanía".
Los jueces de la Corte expresaron que "como las salas de los tribunales solo pueden albergar a un limitado número de personas, su transmisión por los medios audiovisuales evitaría la exclusión de aquellos que no pueden ingresar en el recinto".
En los hechos los tribunales orales venían aplicando lo que ahora la Corte tornó de cumplimiento obligatorio, salvo casos que impongan "limitaciones" que los jueces de la causa estimen "necesarias" para el desarrollo del juicio.
La Corte agregó algunas condiciones: los medios de comunicación que quieran efectuar la cobertura de un juicio deberán solicitar la acreditación correspondiente ante el tribunal a cargo del proceso", ya que "no se permitirá el acceso al recinto de aquellos que no cumplan" con ese requisito.
El periodista que ingrese en la sala de audiencias "se compromete a asistir en carácter de oyente, a ocupar exclusivamente el sector destinado a la prensa y a no interferir en el desarrollo del juicio oral" y "las consultas, entrevistas o preguntas no podrán realizarse dentro del ámbito del tribunal".
La acordada aclaró que "los medios periodísticos, tanto gráficos como audiovisuales, no podrán tomar registros de audio o de imágenes durante la etapa de prueba, ni de los testimonios, ni de las pericias".