lunes, 13 de abril de 2009

Defensa de la Competencia rechazó un recurso de apelación de Telecom

Texto del comunicado de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia:
La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) comunica que hoy rechazó un recurso de apelación presentado por Telecom Italia contra la resolución 43/09, dictada el 30 de marzo último, por la que estableció un mecanismo de monitoreo y control sobre las empresas del grupo Telecom Argentina y sus controlantes, y designó dos veedores observadores para controlar el cumplimiento de la resolución n° 4/09, dictada por esta Comisión el 9 de enero de 2009.
La CNDC desestimó la apelación considerando que la resolución 43/09 no causa gravamen irreparable a las empresas obligadas y que se encuentra dentro de sus facultades para mantener el régimen de competencia en los mercados de telecomunicaciones, vista la compleja operación por la cual Telefónica de España tomó control de la compañía Telecom Italia controlante en Argentina de Telecom Argentina y otras empresas del sector.
Asimismo, entre las consideraciones de la resolución de rechazo, la CNDC asegura que existen precedentes en la designación de veedores y que la resolución n° 43/09 es complementaria de la 04/09: “Que esta CNDC tiene a su cargo el resguardo del interés económico general… dictando pronunciamientos frente a circunstancias particulares y debiendo controlar el cumplimiento de la resolución 04/09, máxime considerando que las empresas que se encuentran bajo el control del grupo Telecom no notificaron ni consultaron espontáneamente a esta CNDC los cambios societarios operados en sus relaciones societarias y control”.
En tanto, la CNDC informa que hoy ingresó un recurso de apelación presentado por Telecom Italia contra la resolución n° 44/09, dicta da el pasado 3 de abril, por la que reitera los términos de la resolución n° 4/09, en t anto exige a las empresas mencionadas en la misma que debieron y deberán abstenerse de adoptar decisiones que hayan involucrado o involucren en el futuro, directa o indirectamente, el ejercicio de derechos políticos –exclusivamente-, o decidir, o conferir instrucciones para el ejercicio de los derechos políticos, incluidos los que surjan de acuerdos de accionistas en las empresas que se mencionan.

Buenos Aires, 13 de abril de 2009

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